Rioseco & Veas Abogados SpA
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
El objeto de la sociedad será efectuar por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, la prestación de servicios, asesorías y consultorías en cuestiones legales, judiciales y legislativas, incluyéndose todas las labores o funciones propias de los abogados, a personas naturales y jurídicas, comunidades, asociaciones y cualquier tipo de entidades, públicas o privadas. Así, por ejemplo, sea directamente o a través de otros profesionales que determine, podrá: a) absolver consultas y asumir representación y defensa en juicios en todas las materias del orden civil, criminal, tributario, comercial, laboral, administrativo y de cualquier otro orden que se le encomienden; b) asumir representación y defensa en todo tipo de gestiones administrativas y extrajudiciales ante organismos públicos y privados, nacionales e internacionales; c) preparar informes sobre cuestiones legales y estudios de Derecho Comparado; d) realizar gestiones de cobranzas; e) practicar mediaciones, peritajes y arbitrajes; f) realizar actividades docentes, realización de charlas, conferencias, clases y seminarios, relativos a temas de derecho ya al público general como especializado, o en la formación superior en el área del derecho y actividades de capacitación y formación continua, cursos y congresos en chile y/o en el extranjero; g) inscribirse en los registros de cualquier entidad pública o privada y participar en todo tipo de licitaciones y concursos relacionados a su objeto; y, h) La realización de cualquier otro negocio directa o indirectamente relacionado con los objetos antes señalados y que los socios de común acuerdo determinen.
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital pagado
$2.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 16.xxx.xxx-6 | 16.xxx.xxx-6 | 100% | $2.000.000 |
Administradores (2)
Texto oficial del extracto
COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada 341, cuarto piso, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 16 de Noviembre de 2016, Repertorio N° 22.019/2016, ante mí, MARIBEL LOURDES VEAS ALFARO, cédula de identidad número dieciséis millones cincuenta y cuatro mil trescientos cincuenta y seis guión seis, domiciliada en Vasco de Gama número cuatro siete siete cuatro, departamento ochenta y tres, comuna de Las Condes, constituyó sociedad por acciones. Razón social: La razón social de la sociedad será “RIOSECO & VEAS ABOGADOS SpA”.- Objeto: El objeto de la sociedad será efectuar por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, la prestación de servicios, asesorías y consultorías en cuestiones legales, judiciales y legislativas, incluyéndose todas las labores o funciones propias de los abogados, a personas naturales y jurídicas, comunidades, asociaciones y cualquier tipo de entidades, públicas o privadas. Así, por ejemplo, sea directamente o a través de otros profesionales que determine, podrá: a) absolver consultas y asumir representación y defensa en juicios en todas las materias del orden civil, criminal, tributario, comercial, laboral, administrativo y de cualquier otro orden que se le encomienden; b) asumir representación y defensa en todo tipo de gestiones administrativas y extrajudiciales ante organismos públicos y privados, nacionales e internacionales; c) preparar informes sobre cuestiones legales y estudios de Derecho Comparado; d) realizar gestiones de cobranzas; e) practicar mediaciones, peritajes y arbitrajes; f) realizar actividades docentes, realización de charlas, conferencias, clases y seminarios, relativos a temas de derecho ya al público general como especializado, o en la formación superior en el área del derecho y actividades de capacitación y formación continua, cursos y congresos en chile y/o en el extranjero; g) inscribirse en los registros de cualquier entidad pública o privada y participar en todo tipo de licitaciones y concursos relacionados a su objeto; y, h) La realización de cualquier otro negocio directa o indirectamente relacionado con los objetos antes señalados y que los socios de común acuerdo determinen.- Capital: El capital social establecido en el artículo quinto de los estatutos, ascendiente a dos millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, se suscribe y paga de la siguiente forma: Doña Maribel Lourdes Veas Alfaro suscribe por este instrumento mil acciones, por un valor de dos millones de pesos, los cuales paga en este acto y en dinero efectivo. De este modo se da por íntegramente pagado el capital social de la compañía.- Administración: La compareciente, en su calidad de única accionista, designa como administradores de la sociedad a don Felipe Andrés Rioseco Yáñez, cédula nacional de identidad número dieciocho millones novecientos doce mil ciento noventa y cuatro guión seis, y a doña Maribel Lourdes Veas Alfaro, ya individualizada, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, uno cualquiera de ellos, con todas las facultades establecidas en la cláusula décimo tercera de este mismo instrumento. Domicilio: El domicilio social será la ciudad de La Serena, sin perjuicio de las agencias, representaciones y sucursales que la administración acuerde establecer en otras ciudades del país.- Duración: indefinida.- Demás estipulaciones en escritura extractada. cbc.-
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
RIOSECO & VEAS ABOGADOS SpA
CVE 1150638
