Société à responsabilité limitée

Ried Fabres Compliance Limitada

CONSTITUCIÓN — 26 sept. 2024

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2024-09-26Voir le PDF (CVE 2549700)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: cinco años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de dos años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período
Administration: La administración y representación de la Sociedad corresponderán a don Cristián Andrés Fabres Ruiz, a don José Miguel Ried Undurraga, a don Ricardo José Abogabir Correa, a don Jaime Eduardo Hirschberg Feldman y a don Salvador Barros Guzmán, quienes actuando individualmente uno cualquiera de ellos, representarán judicial y extrajudicialmente a la Sociedad y, para el cumplimiento del objeto social, estarán investidos de las más amplias facultades de administración y disposición.

Objet social

La prestación de servicios legales y de asesoría, representación, gestión y políticas de cumplimiento de toda clase de negocios y sociedades, y la asistencia técnica en general para garantizar el cumplimiento íntegro de todas las leyes, regulaciones y normativas aplicables según corresponda, así como promover la ética y la integridad en todas las actividades y decisiones de una organización. Para la consecución de sus fines, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades y personas jurídicas de cualquier clase. Asimismo, la Sociedad podrá ocasionalmente invertir en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo adquirirlos, explotarlos, administrarlos y percibir sus frutos; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Associés (5)

NomParticipation

Cristián Andrés Fabres Ruiz

Socio

20%

José Miguel Ried Undurraga

Socio

20%

Ricardo José Abogabir Correa

Socio

20%

Jaime Eduardo Hirschberg Feldman

Socio

20%

Salvador Barros Guzmán

Socio

20%

Texte officiel de l’extrait

PABLO JOSÉ HALES BESELER, Notario Público Titular de la Décimo Tercera Notaria de Santiago, con oficio en Avenida Padre Hurtado Sur número 875 local 1.054, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha 12 de septiembre de 2024, bajo repertorio N°1536-2024, ante mí, comparecen don CRISTIÁN ANDRÉS FABRES RUIZ, don JOSÉ MIGUEL RIED UNDURRAGA, don RICARDO JOSÉ ABOGABIR CORREA, don JAIME EDUARDO HIRSCHBERG FELDMAN y don SALVADOR BARROS GUZMÁN, todos los anteriores domiciliados en Avenida El Bosque Norte 500, piso 14, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su carácter de únicos socios, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: Nombre: El nombre o razón social es Ried Fabres Compliance Limitada. Objeto: El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios legales y de asesoría, representación, gestión y políticas de cumplimiento de toda clase de negocios y sociedades, y la asistencia técnica en general para garantizar el cumplimiento íntegro de todas las leyes, regulaciones y normativas aplicables según corresponda, así como promover la ética y la integridad en todas las actividades y decisiones de una organización. Para la consecución de sus fines, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades y personas jurídicas de cualquier clase. Asimismo, la Sociedad podrá ocasionalmente invertir en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo adquirirlos, explotarlos, administrarlos y percibir sus frutos; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La duración de la Sociedad será de cinco años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de dos años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período. Administración: La administración y representación de la Sociedad corresponderán a don Cristián Andrés Fabres Ruiz, a don José Miguel Ried Undurraga, a don Ricardo José Abogabir Correa, a don Jaime Eduardo Hirschberg Feldman y a don Salvador Barros Guzmán, en adelante también los “Administradores”, quienes actuando individualmente uno cualquiera de ellos, representarán judicial y extrajudicialmente a la Sociedad y, para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estarán investidos de las más amplias facultades de administración y disposición, encontrándose facultados para representar a la Sociedad en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos o contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social o que sean necesarios, conducentes o útiles a sus fines. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, cantidad que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: a) Cristián Andrés Fabres Ruiz aporta la suma de doscientos mil pesos, equivalentes a un veinte por ciento del capital social, el cual paga en este acto en dinero efectivo; b) José Miguel Ried Undurraga aporta la suma de doscientos mil pesos, equivalentes a un veinte por ciento del capital social, el cual paga en este acto en dinero efectivo; c) Ricardo José Abogabir Correa aporta la suma de doscientos mil pesos, equivalentes a un veinte por ciento del capital social, el cual paga en este acto en dinero efectivo; d) Jaime Eduardo Hirschberg Feldman aporta la suma de doscientos mil pesos, equivalentes a un veinte por ciento del capital social, el cual paga en este acto en dinero efectivo; y, e) Salvador Barros Guzmán aporta la suma de doscientos mil pesos, equivalentes a un veinte por ciento del capital social, el cual paga en este acto en dinero efectivo. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada, Santiago, 17 de septiembre de 2024.

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