Société à responsabilité limitée

Revo Inversiones Limitada

CONSTITUCIÓN — 6 mai 2024

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2024-05-06Voir le PDF (CVE 2489078)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: indefinido
Administration: La administración de la sociedad, el uso de la razón social, del nombre de fantasía y la representación judicial y extrajudicial corresponderá a ARIEL ANTONIO JERIA CANOVAS y YERKO ENRIQUE HALAT PARDO, quienes actuando individualmente e indistintamente y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con amplias facultades.

Objet social

La inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles y participación en todo tipo de sociedades, inversiones en divisas, bolsa de valores, renta fija y renta variable, instrumentos financieros, fondos de inversión privados, entre otros de similar naturaleza.

Capital

Capital total

$40.000.000

Capital libéré

$40.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

ARIEL ANTONIO JERIA CANOVAS

Socio

50%

YERKO ENRIQUE HALAT PARDO

Socio

50%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número cuatro mil novecientos noventa, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública, con fecha 26 de abril de 2024, ante mí, YERKO ENRIQUE HALAT PARDO y don ARIEL ANTONIO JERIA CANOVAS, ambos domiciliados para estos efectos en Coronel Pereira 72, oficina 601, comuna de Las Condes, Santiago, y exponen que vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada conforme a las siguientes disposiciones: La razón social será “REVO INVERSIONES LIMITADA” pudiendo usar para fines bancarios, comerciales y publicitarios el nombre de fantasía “REVO INVERSIONES LTDA”.- El objeto de la sociedad será: La inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles y participación en todo tipo de sociedades, inversiones en divisas, bolsa de valores, renta fija y renta variable, instrumentos financieros, fondos de inversión privados, entre otros de similar naturaleza.- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o del extranjero.- La vigencia de la sociedad será de carácter indefinido.- El capital de la sociedad es la suma de cuarenta millones de pesos, que los socios pagan de la siguiente manera: a) ARIEL ANTONIO JERIA CANOVAS, ha aportado y pagado la suma de veinte millones de pesos, equivalentes a un cincuenta por ciento de participación en el capital social, que aporta en este acto, al contado y con dinero en efectivo e ingresado a la caja social; b) YERKO ENRIQUE HALAT PARDO, ha aportado y pagado la suma de veinte millones de pesos, equivalentes a un cincuenta por ciento de participación en el capital social, que aporta en este acto, al contado y con dinero en efectivo e ingresado a la caja social.- La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de su respectivo aporte.- La administración de la sociedad, el uso de la razón social, del nombre de fantasía y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá a don ARIEL ANTONIO JERIA CANOVAS y don YERKO ENRIQUE HALAT PARDO, quienes actuando individualmente e indistintamente y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades ante cualquier persona, autoridad o institución civil, pública, municipal, privada, bancaria, de fomento, de crédito o financiera, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de abril de 2024.

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