Société à responsabilité limitée

Rentas Inverdec Limitada

CONSTITUCIÓN — 12 févr. 2026

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2026-02-12Voir le PDF (CVE 2768987)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Hasta el 31 de diciembre del año 2060, renovable sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a don Alejandro Decombe Errázuriz.

Objet social

La adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades.

Capital

Capital total

$511.193.055

Capital libéré

$511.193.055

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Alejandro Decombe Errázuriz

Socio

99.998045789147%

Agrícola Decoplant Limitada

Socio

0.001954210853%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior PAULA ANDREA LUNA SAEZ, Notario Suplente de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, titular de la 18° Notaría de Santiago, domiciliada en Avenida Apoquindo N°3.039, piso 5, comuna de Las Condes, certifico que, por escritura pública otorgada ante la notario titular, con fecha 30 de diciembre de 2025, bajo Repertorio N°18.277/2025, don Alejandro Decombe Errázuriz y Agrícola Decoplant Limitada, ambos con domicilio en Santiago, calle El Tranque 12.674, departamento 103A, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituyeron la sociedad denominada RENTAS INVERDEC LIMITADA, que tiene su domicilio en Santiago, sin perjuicio de los establecimientos, agencias y sucursales que pueda constituir en otros lugares, dentro del país o en el exterior. El objeto de la sociedad será la adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a don Alejandro Decombe Errázuriz. Esta designación no entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales en favor de uno o más de los socios o terceros. El capital de la sociedad es la suma de $511.193.055, totalmente enterado en dinero en efectivo y mediante el aporte de derechos sociales y que corresponde a los socios como sigue: a) a don Alejandro Decombe Errázuriz, la suma de $511.183.055, totalmente enterados mediante aporte de la totalidad de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad denominada Sociedad de Rentas Los Portones Limitada ; y, b) a Agrícola Decoplant Limitada, la suma de $10.000, enterados en este mismo acto en dinero efectivo. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el 31 de diciembre del año 2060, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. No se disolverá la sociedad por el fallecimiento, expiración, insolvencia, quiebra, interdicción o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los socios, o disolución de alguna persona jurídica. En caso de fallecer alguno de los socios personas naturales, la sociedad continuará con sus herederos, los que no tendrán por ese título ninguna injerencia en la administración de la sociedad ni en el uso de la razón social, y deberán actuar ante la sociedad en forma conjunta y mediante mandatario común, el que deberá ser persona natural. Si es del caso y en la medida que resulte aplicable, lo antes indicado con respecto a los herederos se entenderá dicho igualmente con respecto a los legatarios de derechos sociales. Santiago, 03 de febrero de 2026.

Actes récents

  1. CONSTITUCIÓN

    RENTAS INVERDEC LIMITADA

    CVE 2768987

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