有限責任公司

Rentas FIM Heavy Logistics Limitada

CONSTITUCIÓN — 2026年7月17日

Diario Oficial

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 20 años renovables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, salvo que una de las socias manifieste su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, con al menos 6 meses de anticipación al término del plazo original o de la renovación respectiva
管理方式: El uso de la razón social y la administración corresponderá, separada e indistintamente, a una cualquiera de doña Millaray José Molina Ulloa o doña Isidora Anaí Molina Ulloa, con amplias facultades de administración y representación judicial y extrajudicial

公司目的

Desarrollar, ya sea por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, actividades de compra, venta, adquisición, enajenación, arriendo, transporte de carga y de personal, leasing, rent a car, compra, venta, arriendo, fabricación, distribución, importación y exportación de productos, servicios e insumos mineros, industriales y agrícolas; representación, distribución, comisión, agencia, factor u otros similares; asesoría y consultoría de ingeniería, proyectos civiles, mineros y montaje industrial y minero; ejecución de trabajos, obras o servicios vinculados a construcción, movimiento de tierras y obras de ingeniería y arquitectura; importación, exportación, representación y comercialización de productos, bienes o servicios relacionados con construcción, obras de ingeniería, arquitectura, montaje y minería; ejecución de mejoras, remodelaciones, decoraciones, edificaciones y transformaciones en bienes raíces; construcción, subdivisión, urbanización, loteo y venta de inmuebles; compra y venta de bienes muebles e inmuebles; inversión de capitales en bienes, acciones, bonos, debentures, cuotas, derechos o retiros en sociedades y títulos o valores inmobiliarios; ventas directas o por intermediarios a comisión; promoción y venta de productos; prestación de servicios de asesorías, gestión de negocios, estudios, asesorías y consultorías; y cualquier otra actividad relacionada o afín acordada por los socios

資本

總資本

$7.208.990

實繳資本

$7.208.990

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

Millaray José Molina Ulloa

Socio

50%

Isidora Anaí Molina Ulloa

Socio

50%

管理人(2)

摘要官方正文

Ministerio del Interior Juan Ignacio San Martín Schröder, abogado, Notario Público Titular de la 45ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores N° 222, piso 11, comuna y ciudad de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 24 de junio de 2026, repertorio N°15.670, ante mí, Millaray José Molina Ulloa, domiciliada en Coimbra número ciento veinte, departamento trescientos dos, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; e Isidora Anaí Molina Ulloa, domiciliada en Camino La Loica número cinco mil veintitrés, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social: “Rentas FIM Heavy Logistics Limitada”. Domicilio: Su domicilio es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o en el extranjero. Objeto: La sociedad tiene por objeto desarrollar, ya sea por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: (uno) comprar, vender, adquirir, enajenar, dar y tomar en arrendamiento todo tipo de maquinarias, equipos, insumos y vehículos; (dos) transporte de carga, con vehículos propios o ajenos; (tres) leasing, arrendamiento y rent a car de todo tipo de vehículos, maquinarias y equipos; (cuatro) transporte de personal con vehículos propios o ajenos; (cinco) compra, venta, arriendo, fabricación, distribución, importación y exportación de productos, servicios e insumos mineros, industriales y agrícolas; (seis) representación, distribución, comisión, agencia, factor u otros similares de productos y servicios mineros, industriales y agrícolas nacionales o extranjeros; (siete) asesoría y consultoría de ingeniería, proyectos civiles, mineros y montaje industrial y minero; (ocho) la ejecución de trabajos, obras o servicios vinculados, directa o indirectamente, a la construcción, movimiento de tierras y a cualquier clase de obras de Ingeniería y Arquitectura, por cuenta propia o ajena, como contratista o subcontratista; (nueve) la importación, exportación, representación y comercialización de cualquier clase de productos, bienes o servicios relacionados con la actividad de la construcción y obras de ingeniería, arquitectura, montaje y del área de la minería; (diez) ejecutar, en bienes raíces, por cuenta propia o de terceros, toda clase de mejoras, remodelaciones, decoraciones, edificaciones y transformaciones; construir en ellos, subdividirlos, urbanizarlos, lotearlos y venderlos; (once) compra y venta de toda clase de bienes muebles e inmuebles, por cuenta propia o de terceros, que hayan sido construidos o no por los socios, arriendo de maquinarias, y la prestación de servicios de transporte de toda índole; (doce) inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas, derechos o retiros en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores inmobiliarios, y la inversión del producto de la compraventa de acciones y derechos en todo tipo de sociedades; (trece) ventas directas o por intermediarios a comisión, y la promoción y venta de productos de cualquier índole a comisión, por cuenta propia o de terceros; (catorce) prestación de servicios de asesorías en las más diversas materias y de todos tipo de servicios profesionales, además de la gestión de negocios propios o de terceros; (quince) realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías; (dieciséis) comprar, vender, permutar, adquirir, enajenar, ceder y aceptar bienes muebles, inmuebles, corporales o incorporales; dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes en particular, como, asimismo, su comercialización a título gratuito u oneroso; y (diecisiete) cualquier otra actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro con todo lo dicho y cualquier otro acto afín que acordaren los socios. Administración: El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá, separada e indistintamente, a una cualquiera de doña Millaray José Molina Ulloa o doña Isidora Anaí Molina Ulloa, quienes contarán con las más amplias facultades de administración, así como la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones y, en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $7.208.990, que las socias enteraron, en especie y en dinero, en la siguiente forma y proporciones: (i) doña Millaray José Molina Ulloa aporta -en especie- en dominio la totalidad de sus derechos sobre el vehículo Tractocamion marca Volvo Modelo FH del año dos mil veintidós, Color Amarillo, Número de Motor D uno tres ocho cero seis dos dos tres dos C dos E, Número de Chasis nueve BVRG cuatro cero DXNE nueve cero seis cinco cuatro cinco, inscripción RKLH.cincuenta y dos guión cuatro en el Registro de Vehículos Motorizados, valorizado por las socias de común acuerdo en $3.604.495, equivalentes al 50% de los derechos sociales; y (ii) doña Isidora Anaí Molina Ulloa aporta la suma de $3.604.495, equivalentes al 50% de los derechos sociales. La responsabilidad de las socias queda limitada a sus aportes. Duración: La duración de la sociedad será de 20 años renovables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, salvo que una de las socias manifieste su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, con al menos 6 meses de anticipación al término del plazo original o de la renovación respectiva. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de julio de 2026.

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