Sociedad por Acciones

Rentas Bahía Rincones SpA

CONSTITUCIÓN — 29 dic 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-12-29Ver PDF (CVE 1328341)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo 20 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. A modo de ejemplo, la sociedad podrá obtener rentas de bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras, que no desarrollen actividades en el país; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La sociedad no podrá realizar, bajo ninguna circunstancia, ningún otro tipo de actividades.

Capital

Capital total

$30.000.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$29.999.000.000

Acciones

30.000

Socios (1)

NombreParticipación

Inversiones Bahía Rincones Internacional S.A.

Accionista

100%

Texto oficial del extracto

Andrés Felipe Rieutord Alvarado, Notario Público de la 36° Notaría de Santiago, Ahumada N° 312, oficina 236, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de noviembre de 2017, Repertorio N° 26.324, ante mí, la sociedad Inversiones Bahía Rincones Internacional S.A., domiciliada en Avenida Carlos Ossandón N° 224, comuna de Zapallar, Región de Valparaíso, y de paso en esta ciudad, constituyó sociedad por acciones de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “Rentas Bahía Rincones SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo 20 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. A modo de ejemplo, la sociedad podrá obtener rentas de bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras, que no desarrollen actividades en el país; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. La sociedad no podrá realizar, bajo ninguna circunstancia, ningún otro tipo de actividades. Capital: El capital social asciende a la suma de $30.000.000.000.-, dividido en 30.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, íntegramente suscritas y que se pagarán de la siguiente manera: a) La suma de $1.000.000, se paga en este acto y en dinero en efectivo; y, b) El saldo de $29.999.000.000, se pagarán en el plazo de 5 años a contar de la fecha del presente instrumento. Duración: Indefinida. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de lo cual la Sociedad podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en otros lugares del país como en el extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 15 de diciembre de 2017.

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