Sociedad por Acciones

Rcandia Propiedades SpA

CONSTITUCIÓN — 8 mar 2019

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2019-03-08Ver PDF (CVE 1558041)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: indefinida
Administración: La administración y uso de la razón social será ejercida por el Gerente General don RICARDO ELEUTERIO CANDIA CALDERÓN, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, está investido de todas y las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, de acuerdo a lo estipulado en la escritura extractada.

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) Adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, por cuenta propia o ajena; b) Arrendamiento, subarrendamiento y administración de bienes inmuebles sin amoblar y amoblados con instalaciones; c) Aseo, limpieza, Mantención, renovación y decoración de bienes inmuebles; d) Prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte; e) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y proyectos de construcción, por cuenta propia o ajena; f) la ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquiera otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, o su refacción y/o ampliación o demolición; g) el desarrollo de proyectos inmobiliarios; h) la construcción, promoción y venta de locales, oficinas, edificios y viviendas acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; i) la gestión de corretaje de propiedades; j) Transporte de Personas; k) el transporte de mercaderías y de toda clase de bienes muebles y de personas, en vehículos propios o tomados en arrendamiento y todo lo relacionado con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje; y en general realizar toda clase de negocios o actos de comercio relacionadas directa o indirectamente con el objeto social y que sean conducentes, útiles o necesarias a los intereses de la sociedad.

Capital

Capital total

$500.000

Capital pagado

$500.000

Capital pendiente

$0

Acciones

50

Socios (1)

NombreParticipación

RICARDO ELEUTERIO CANDIA CALDERÓN

Accionista

100%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número trescientos cincuenta y nueve, Providencia, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 27 de febrero de 2019, ante mí, Repertorio N° 3.753-2019, don RICARDO ELEUTERIO CANDIA CALDERÓN, con domicilio en calle San Ignacio N° 874 dpto. 513 comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: La sociedad se denomina “RCANDIA PROPIEDADES SpA”. Domicilio: La sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago de Chile, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Objeto Social: El objeto de la Sociedad será: a) Adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, por cuenta propia o ajena; b) Arrendamiento, subarrendamiento y administración de bienes inmuebles sin amoblar y amoblados con instalaciones; c) Aseo, limpieza, Mantención, renovación y decoración de bienes inmuebles; d) Prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte; e) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y proyectos de construcción, por cuenta propia o ajena; f) la ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquiera otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, o su refacción y/o ampliación o demolición; g) el desarrollo de proyectos inmobiliarios; h) la construcción, promoción y venta de locales, oficinas, edificios y viviendas acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; i) la gestión de corretaje de propiedades; j) Transporte de Personas; k) el transporte de mercaderías y de toda clase de bienes muebles y de personas, en vehículos propios o tomados en arrendamiento y todo lo relacionado con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje; y en general realizar toda clase de negocios o actos de comercio relacionadas directa o indirectamente con el objeto social y que sean conducentes, útiles o necesarias a los intereses de la sociedad.; Duración: La Sociedad tendrá una duración indefinida. Capital: El capital de la Sociedad asciende a $500.000.- (quinientos mil de pesos), dividido en 50 acciones, acciones nominativas, todas de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, todas las cuales son suscritas por RICARDO ELEUTERIO CANDIA CALDERÓN, a razón de $50.000.- ( cincuenta mil pesos) por cada acción, lo que en total asciende a la suma de $500.000.- (quinientos mil pesos) que el suscriptor paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social. Administración: La administración y uso de la razón social será ejercida por el Gerente General don RICARDO ELEUTERIO CANDIA CALDERÓN, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, está investido de todas y las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, de acuerdo a lo estipulado en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 01 de marzo de 2019.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.-

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