Limited liability company

Ramón Ibarra Whitwell Limitada

CONSTITUCIÓN — Jan 11, 2025

Diario Oficial

IncorporationDiario Oficial · 2025-01-11View PDF (CVE 2595930)

Corporate information

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duration: diez años a contar de la fecha de la presente escritura, renovable tácita y automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno
Administration: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don RAMÓN SYDNEY IBARRA WHITWELL, a don RAMÓN IBARRA PALOMINO, a doña JAVIERA IBARRA PALOMINO, y a don CRISTÓBAL IBARRA PALOMINO, quienes actuando dos cualquiera de ellos conjuntamente, por la Sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, tendrán las facultades señaladas en escritura extractada.

Corporate purpose

La explotación, compra, venta, arrendamiento, ya sea por cuenta propia o ajena, de bienes raíces, y, efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, fondos mutuos, depósitos a plazo y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; la sociedad podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la empresa y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios y permita un mejor aprovechamiento de la organización social. Para el cumplimiento de este objeto, la empresa podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.

Capital

Total capital

$936.000.000

Shareholders (4)

NameParticipation

RAMÓN SYDNEY IBARRA WHITWELL

Socio

5.xxx.xxx-4

97%

RAMÓN IBARRA PALOMINO

Socio

9.xxx.xxx-5

1%

CRISTÓBAL IBARRA PALOMINO

Socio

13.xxx.xxx-7

1%

JAVIERA IBARRA PALOMINO

Socio

9.xxx.xxx-2

1%

Administrators (4)

RAMÓN SYDNEY IBARRA WHITWELL

5.xxx.xxx-4Administrador

RAMÓN IBARRA PALOMINO

9.xxx.xxx-5Administrador

JAVIERA IBARRA PALOMINO

9.xxx.xxx-2Administrador

CRISTÓBAL IBARRA PALOMINO

13.xxx.xxx-7Administrador

Official extract text

RODRIGO PINARES ALVARADO, Abogado, Notario Público Suplente de don Francisco Javier Leiva Carvajal, de la 2ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara Nº 107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago certifico: Que por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2024, Repertorio N°82.975-2024, ante mí, Don RAMÓN IBARRA PALOMINO, cédula de identidad número 9.907.403-5 domiciliado en Avenida Los Ríos número 11.300, casa 518, comuna de Colina, Región Metropolitana; doña JAVIERA IBARRA PALOMINO, cédula de identidad número 9.907.427-2, domiciliada en Avenida José Rabat número 10.670, casa 28, comuna de Colina, Región Metropolitana; ambos por sí y en representación de don RAMÓN SYDNEY IBARRA WHITWELL, en su calidad de Empresario Individual de Primera Categoría, cédula de identidad número 5.037.828-4, domiciliado para estos efectos en Valenzuela Puelma número 9500, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; y don CRISTÓBAL IBARRA PALOMINO, cédula de identidad número 13.883.018-7, domiciliado en Camino Los Trapenses número 2140, oficina 301, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada que se llama “RAMÓN IBARRA WHITWELL LIMITADA”. Razón Social: “RAMÓN IBARRA WHITWELL LIMITADA”. - Duración: La Sociedad tendrá una duración de diez años a contar de la fecha de la presente escritura, y se entenderá renovada tácita y automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública subinscrita al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo, lo que deberá hacer, en todo caso, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del plazo de la sociedad o de sus respectivas prórrogas, según proceda.- Objeto: La Sociedad tiene por objeto: Uno) La explotación, compra, venta, arrendamiento, ya sea por cuenta propia o ajena, de bienes raíces, y, efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, fondos mutuos, depósitos a plazo y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; Dos) La sociedad podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la empresa y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios y permita un mejor aprovechamiento de la organización social. Para el cumplimiento de este objeto, la empresa podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.- Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $936.000.000.- aportado por los socios en la siguiente forma y proporción: a) don RAMÓN SYDNEY IBARRA WHITWELL, aporta, cede y transfiere la suma de $909.000.000.-, correspondiente al 97% del capital y de los derechos, los cuales son enterados a las arcas sociales y pagados según lo establecido en la escritura extractada; b) don RAMÓN IBARRA PALOMINO, aportó la suma de $9.000.000.- correspondientes al 1% del capital y de los derechos, los cuales se enteran según lo establecido en la escritura extractada; c) don CRISTÓBAL IBARRA PALOMINO, aportó la suma de $9.000.000.- correspondientes al 1% del capital y de los derechos, los cuales se enteran según lo establecido en la escritura extractada; d) doña JAVIERA IBARRA PALOMINO, aportó la suma de $9.000.000.- correspondientes al 1% del capital y de los derechos, los cuales se enteran según lo establecido en la escritura extractada.- Administración: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don RAMÓN SYDNEY IBARRA WHITWELL, a don RAMÓN IBARRA PALOMINO, a doña JAVIERA IBARRA PALOMINO, y a don CRISTÓBAL IBARRA PALOMINO, quienes actuando dos cualquiera de ellos conjuntamente, por la Sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, tendrán las facultades señaladas en escritura extractada. Demás cláusulas escritura extractada. Santiago, 30 de diciembre de 2024. R. PINARES. A. N.S.

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  1. CONSTITUCIÓN

    RAMÓN IBARRA WHITWELL LIMITADA

    CVE 2595930

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