Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Ramón Eduardo Correa Tobar Servicios Médicos E.I.R.L..

CONSTITUCIÓN — 7 jul 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-07-07Ver PDF (CVE 1237463)

Información societaria

E.I.R.L.
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 5 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno si el constituyente no manifiesta su voluntad en contrario
Administración: El constituyente administra la empresa; la responsabilidad queda limitada al monto de su aporte.

Objeto social

La prestación de Servicios Médicos, que comprende la prestación de servicios profesionales relacionados con todas las áreas de la salud y la medicina, otorgar tratamientos médicos generales o especiales; proporcionar atención médica, realizar exámenes y atender consultas propias o ajenas, todo ello de manera ambulatoria o a pacientes hospitalizados respecto de toda persona que en forma directa o a través de convenios con cualquiera persona jurídica de derecho público o privado, nacional o extranjera, acuda en demanda de sus servicios. La empresa podrá en general realizar cualquier actividad que esté relacionada con su objeto y que la constituyente decida.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (1)

NombreParticipación

RAMÓN EDUARDO CORREA TOBAR

Titular

11.xxx.xxx-4

100%

Texto oficial del extracto

JUAN CARLOS ALVAREZ DOMINGUEZ, abogado, Notario Público Reemplazante de la primera Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos mil ciento sesenta, oficina ciento uno y ciento dos, comuna de Santiago, certifico: que con fecha 08/06/2017, ante el Titular, don RAMÓN EDUARDO CORREA TOBAR, chileno, casado y separado de bienes, de 46 años, Rut: 11.693.801-4, con domicilio en Avda. Echeñique, Nº 3747, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituye una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada en conformidad a la ley 19.857. El nombre de la empresa será “RAMÓN EDUARDO CORREA TOBAR SERVICIOS MÉDICOS E.I.R.L.” y tendrá como objeto la prestación de Servicios Médicos, que comprende la prestación de servicios profesionales relacionados con todas las áreas de la salud y la medicina, otorgar tratamientos médicos generales o especiales; proporcionar atención médica, realizar exámenes y atender consultas propias o ajenas, todo ello de manera ambulatoria o a pacientes hospitalizados respecto de toda persona que en forma directa o a través de convenios con cualquiera persona jurídica de derecho público o privado, nacional o extranjera, acuda en demanda de sus servicios. La empresa podrá en general realizar cualquier actividad que esté relacionada con su objeto y que la constituyente decida. El capital de la empresa es la suma de $1.000.000.- el que se pagó en dinero efectivo, en el acto de constitución por el constituyente. La responsabilidad del constituyente queda limitada al monto de su aporte. El domicilio de la empresa es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca dentro o fuera del país. La duración será de 5 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, y se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si el constituyente no manifiesta su voluntad en contrario. Demás estipulaciones según escritura extractada. Santiago a 29 de Junio de 2017. J.C. ALVAREZ D.

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