Ramírez, Gómez & Madariaga Abogados Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) la prestación de toda clase de servicios profesionales y asesorías legales, financieras, de administración, de materias económicas, de educación y de estudios; b) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones o negocios, por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiéndose especialmente la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse y, en general, cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; c) desarrollar todas las actividades o negocios que los socios decidan de común acuerdo y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad o el desarrollo de su giro.
资本
总资本
$90.000
实缴资本
$90.000
待缴资本
$0
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 33.33% | $30.000 |
Socio | - | 33.33% | $30.000 |
Francisco Andrés Madariaga Arqueros Socio | - | 33.33% | $30.000 |
管理人(3)
摘要官方正文
RAIMUNDO ESPINOZA WOOD, Abogado, Notario Público Suplente de doña Myriam Amigo Arancibia, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, domiciliada en calle Huérfanos 578, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 06.07.2022, Repertorio N° 6.142/2022, ante la notario titular, comparecen don ALONZO RAMÍREZ GUERRA, domiciliado en Las Malvas 286, depto. A 11, comuna de Las Condes; don CAMILO VALENTÍN GÓMEZ ALISTE, domiciliado en Montecarmelo 661, comuna de San Miguel; y, don FRANCISCO ANDRÉS MADARIAGA ARQUEROS, domiciliado en Román Díaz 175, depto. 404, comuna de Providencia; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “RAMÍREZ, GÓMEZ & MADARIAGA ABOGADOS LIMITADA”, y nombre de fantasía “RGM Abogados Ltda.”. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Alonzo Ramírez Guerra, a don Camilo Valentín Gómez Aliste y a don Francisco Andrés Madariaga Arqueros, quienes podrán actuar conjunta, separada e indistintamente, anteponiendo a su firma la razón social o nombre de fantasía. Capital: $90.000 el cual se encuentra pagado y aportado de la siguiente manera: a) don ALONZO RAMÍRZ GUERRA aporta la cantidad de $30.000, equivalentes al 33,33% del capital social; b) don CAMILO VALENTÍN GÓMEZ ALISTE aporta la cantidad de $30.000, equivalentes al 33,33% del capital social; y, c) don FRANCISCO ANDRÉS MADARIAGA ARQUEROS aporta la cantidad de $30.000, equivalentes al 33,33% del capital social. Objeto: Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) la prestación de toda clase de servicios profesionales y asesorías legales, financieras, de administración, de materias económicas, de educación y de estudios; b) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones o negocios, por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiéndose especialmente la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse y, en general, cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; c) desarrollar todas las actividades o negocios que los socios decidan de común acuerdo y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad o el desarrollo de su giro. Duración: La duración de la sociedad será de 15 años contados desde fecha de escritura extractada, prorrogable por períodos iguales y sucesivos de 15 años cada uno, salvo acuerdo en contrario de todos los socios. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 11 de julio de 2022.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
RAMÍREZ, GÓMEZ & MADARIAGA ABOGADOS LIMITADA
CVE 2156407
