Sociedad por Acciones

PyG Services SpA

CONSTITUCIÓN — 20 feb 2019

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2019-02-20Ver PDF (CVE 1549626)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administración: La administración de la Sociedad corresponderá a doña Paola Gabriela Avalos Gutiérrez, quien anteponiendo a su firma la razón social obligará y representará a la sociedad. Además, podrán designarse apoderados para asuntos y negocios particulares y, en cuanto sea necesario y conveniente, un gerente general.

Objeto social

uno) Prestación de servicios a terceros en materia de servicios y asesoría de actividades de programación informática; dos) Servicios y Consultoría de informática y de Gestión de Instalaciones informáticas; tres) Servicios, consultoría y asesoría en actividades de tecnología en general y servicios informáticos; cuatro) Servicios de Procesamiento de Datos, Hospedaje y actividades conexas; cinco) Servicios de creación, administración, suministro de Portales Web; seis) Servicios de Consultoría de Gestión de procesamiento de datos e informática. Y en general la realización de toda clase de actos o negocios que se relacionen directa o indirectamente con el objeto de la empresa. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital pagado

$2.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

100

Socios (1)

NombreParticipación

Paola Gabriela Avalos Gutiérrez

Accionista

24.xxx.xxx-1

100%

Administradores (1)

Paola Gabriela Avalos Gutiérrez

24.xxx.xxx-1Administrador

Texto oficial del extracto

KARINA FLORES MUÑOZ, Notario Suplente del Titular de la 36 Notaria de Santiago, ANDRES RIEUTORD ALVARADO, oficio La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que, por escritura pública Repertorio N° 4.171-2019, ante mí, de esta fecha, doña PAOLA GABRIELA AVALOS GUTIERREZ, Rut 24.663.094-1, domiciliada Av. El Tranque número 12674 departamento 402A, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituye una sociedad por acciones. RAZON SOCIAL: “PyG SERVICES SpA” y cuyo nombre de fantasía es “PyG SERVICES”, los que se podrán usar indistintamente. DOMICILIO: Comuna y ciudad de Santiago. OBJETO: uno) Prestación de servicios a terceros en materia de servicios y asesoría de actividades de programación informática; dos) Servicios y Consultoría de informática y de Gestión de Instalaciones informáticas; tres) Servicios, consultoría y asesoría en actividades de tecnología en general y servicios informáticos; cuatro) Servicios de Procesamiento de Datos, Hospedaje y actividades conexas; cinco) Servicios de creación, administración, suministro de Portales Web; seis) Servicios de Consultoría de Gestión de procesamiento de datos e informática. Y en general la realización de toda clase de actos o negocios que se relacionen directa o indirectamente con el objeto de la empresa. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad se sujetará a las siguientes reglas: Uno) La administración de la Sociedad corresponderá a doña Paola Gabriela Avalos Gutiérrez. Dos) La administradora, anteponiendo, a su firma, la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial, en la celebración de los actos o contratos señalados enunciativamente en la siguiente cláusula, no siendo necesario acreditar, frente a terceros, si ellos corresponden o no al giro social. Tres) Nada obstará que sean designadas para asuntos y negocios particulares una o más personas en calidad de apoderados de la Sociedad, los que tendrán las facultades que expresamente se le confieran; Cuatro) En cuanto sea necesario y conveniente, podrán los socios designar un gerente general de la Sociedad quien estará investido de las facultades que expresamente se le confieran y, a falta de mención, de las que se señalan seguidamente en el artículo undécimo siguiente. La designación respectiva se hará por escritura pública; Cinco) El cargo de administrador de la Sociedad y/o de gerente general podrán ser remunerados en la forma y cuantía que determinen los socios; Seis) La designación de apoderados para fines especiales sólo podrá hacerla directamente quien ejerza la administración. CAPITAL: El capital asciende a la suma de $2.000.000.-, que se aportar, entera y paga en la forma indicada en la respectiva escritura de constitución. El capital social estará dividido en cien acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de Febrero de 2019.

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