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Sociedade por Ações

Purificadora De Aguas Perchilusa SpA

CONSTITUCIÓN — 16 de mai. de 2024

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-05-16Ver PDF (CVE 2493327)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administração: Administración corresponderá a JULIO CÉSAR DE LA TORRE AYALA, en calidad de Administrador, quien la podrá ejercer personalmente o mediante uno o más mandatarios especialmente designados al efecto por escritura pública, en los términos previstos en los estatutos de la sociedad; y a JOSÉ ANTONIO CANESSA CÁCERES, en calidad de Administrador Delegado, quien la podrá ejercer personalmente en los términos previstos en los estatutos de la Sociedad y con las mismas facultades del Administrador.

Objeto social

a) Explotación comercial del rubro de aguas purificadas, para ello se realizarán todas las gestiones tendientes y necesarias para que de agua potable se obtenga agua purificada, esto mediante el proceso de osmosis inversa; b) La comercialización, distribución, logística, compra, venta directa o cualquier modo de venta al por mayor y detalle, de bidones de agua purificada y de productos complementarios como dispensadores de agua, máquinas dispensadoras de agua al público, ya sea básico o eléctrico, manillas, bombas de agua, envases, entre otros relacionados con el rubro; c) La importación, exportación, comercialización, distribución, logística, compra, venta directa o cualquier modo de venta al por mayor y detalle de maquinaria, repuestos y accesorios que se utilizan dentro del rubro una planta purificadora de agua; d) La fabricación, comercialización, distribución, logística, compra, venta directa o cualquier modo de venta al por mayor y detalle, de aguas de fantasía, aguas con gas y/o gaseosas, y de productos complementarios como expendedoras o dispensadores de aguas de fantasía, envases, entre otros relacionados con el rubro; e) La fabricación, comercialización, distribución, logística, compra, venta directa o cualquier modo de venta al por mayor y detalle, de hielo, y de productos complementarios como expendedoras o dispensadores de hielo, ya sea básico o eléctrico, envases, entre otros relacionados con el rubro; f) Otros servicios de almacenamiento y depósito N.C.P., dentro de los cuales se destaca el almacenaje de objetos relacionados con el servicio de la planta de agua purificada y servicio de bodegaje y/o almacenamiento de todo tipo de bienes muebles y otros; y, g) Asimismo, la Sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad mercantil que los socios acuerden y que esté vinculada directa o indirectamente con los giros señalados precedentemente, y en general, podrá realizar la celebración y ejecución de toda clase de actos jurídicos, convenios o contratos de cualquier naturaleza y títulos ya sean civiles o mercantiles que sean necesarios para la realización del objeto social y que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto social, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la Sociedad; sin perjuicio de las demás actividades que dentro del giro acuerden los accionistas.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Ações

100

Sócios (1)

NomeParticipação

JULIO CÉSAR DE LA TORRE AYALA

Accionista

100%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 10 de mayo de 2024, bajo el Repertorio N° 7876-2024, ante mí, JULIO CÉSAR DE LA TORRE AYALA constituyó sociedad por acciones. Nombre: “PURIFICADORA DE AGUAS PERCHILUSA SpA” pudiendo utilizar el nombre de fantasía “MI AGUA SpA”. Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer oficinas, agencias o sucursales en otros lugares dentro y/o fuera del país. Objeto: a) Explotación comercial del rubro de aguas purificadas, para ello se realizarán todas las gestiones tendientes y necesarias para que de agua potable se obtenga agua purificada, esto mediante el proceso de osmosis inversa; b) La comercialización, distribución, logística, compra, venta directa o cualquier modo de venta al por mayor y detalle, de bidones de agua purificada y de productos complementarios como dispensadores de agua, máquinas dispensadoras de agua al público, ya sea básico o eléctrico, manillas, bombas de agua, envases, entre otros relacionados con el rubro; c) La importación, exportación, comercialización, distribución, logística, compra, venta directa o cualquier modo de venta al por mayor y detalle de maquinaria, repuestos y accesorios que se utilizan dentro del rubro una planta purificadora de agua; d) La fabricación, comercialización, distribución, logística, compra, venta directa o cualquier modo de venta al por mayor y detalle, de aguas de fantasía, aguas con gas y/o gaseosas, y de productos complementarios como expendedoras o dispensadores de aguas de fantasía, envases, entre otros relacionados con el rubro; e) La fabricación, comercialización, distribución, logística, compra, venta directa o cualquier modo de venta al por mayor y detalle, de hielo, y de productos complementarios como expendedoras o dispensadores de hielo, ya sea básico o eléctrico, envases, entre otros relacionados con el rubro; f) Otros servicios de almacenamiento y depósito N.C.P., dentro de los cuales se destaca el almacenaje de objetos relacionados con el servicio de la planta de agua purificada y servicio de bodegaje y/o almacenamiento de todo tipo de bienes muebles y otros; y, g) Asimismo, la Sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad mercantil que los socios acuerden y que esté vinculada directa o indirectamente con los giros señalados precedentemente, y en general, podrá realizar la celebración y ejecución de toda clase de actos jurídicos, convenios o contratos de cualquier naturaleza y títulos ya sean civiles o mercantiles que sean necesarios para la realización del objeto social y que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto social, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la Sociedad; sin perjuicio de las demás actividades que dentro del giro acuerden los accionistas. Capital: $1.000.000.- pesos dividido en 100 acciones todas nominativas, ordinarias, de única serie, igual valor cada una y sin valor nominal, totalmente suscritas y pagadas por JULIO CÉSAR DE LA TORRE AYALA en el mismo acto, al contado y en dinero efectivo. Administración: corresponderá a JULIO CÉSAR DE LA TORRE AYALA, en calidad de Administrador, quien la podrá ejercer personalmente o mediante uno o más mandatarios especialmente designados al efecto por escritura pública, en los términos previstos en los estatutos de la sociedad; y a don JOSÉ ANTONIO CANESSA CÁCERES, en calidad de Administrador Delegado, quien la podrá ejercer personalmente en los términos previstos en los estatutos de la Sociedad y con las mismas facultades del Administrador. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de Mayo de 2024.

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