Sociedad por Acciones

Protokol Grupo De Informatica, Telecomunicaciones Y Automatizacion SpA

CONSTITUCIÓN — 10 jun 2019

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2019-06-10Ver PDF (CVE 1603734)

Información societaria

SpA
Branganza número ocho mil trescientos, oficina quinientos dieciocho B
Duración: Indefinida
Administración: Conjuntamente por Paul Ricardo Feo Delgado y Eduardo Escobar Santis

Objeto social

El objeto de la sociedad es: a) El desarrollo, elaboración, ejecución, mantención, compra y venta y, en general, la comercialización de todo tipo de proyectos o soluciones tecnológicas con sus componentes de software y/o hardware, y todos sus elementos y/o productos complementarios o auxiliares y la prestación de toda clase de servicios, asesorías y asistencia técnica relacionadas; b) La representación de marcas, productos, personas y empresas nacionales o extranjeras; c) La prestación de toda clase de servicios, asesorías y asistencia técnica en el área de automatización informática y telecomunicaciones, así como la adopción y explotación de nuevos servicios determinados por los avances en los procesos e innovaciones tecnológicas de esa área. El desarrollo, producción, exportación, importación, compra, venta, reventa, suministro, distribución, alquiler, instalación, administración, entrenamiento, servicios de programas, soporte de sistemas y equipos de automatización, computación y telecomunicaciones de toda índole; d) La representación y suscripción de acuerdos o convenios con administraciones, empresas nacionales o extranjeras en todo en cuanto concierne a las actividades de la compañía, la promoción y creación de empresas para el ejercicio de actividades afines y conexas con las que constituyen el objeto social; e) La realización de toda clase de inversiones incluida la compra, venta, arrendamiento, permuta, explotación, administración y leasing de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, de acciones, bonos, debentures, pagares y demás valores mobiliarios y de derechos sociales, pudiendo para tal efecto, participar en la constitución o incorporarse a toda clase de sociedades. Así como cualquier actividad relacionada o no con las anteriores y que los socios acuerden eventualmente, cualquiera que sea su naturaleza.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$4.000.000

Capital pendiente

$7.000.000

Acciones

1000

Socios (1)

NombreParticipación

PROTOKOL TECHNOLOGY & PROFESSIONAL SERVICES, SOCIEDAD LIMITADA

Accionista

100%

Administradores (2)

Eduardo Escobar Santis

Administrador

Representación legal (1)

Ernesto Fidel Belisario Pereira

Texto oficial del extracto

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público Titular de la 4° Notaría de Santiago, con Oficio en Paseo Ahumada N° 341, 4° piso, certifico: Que por escritura pública de fecha 03 de junio de 2019, Repertorio N° 8.205.-/2019, otorgada ante mí, Ernesto Fidel Belisario Pereira en representación de la sociedad PROTOKOL TECHNOLOGY & PROFESSIONAL SERVICES, SOCIEDAD LIMITADA, ambos domiciliados en calle Branganza número ocho mil trescientos, oficina quinientos dieciocho B, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyó Sociedad por Acciones: Razón Social: "PROTOKOL GRUPO DE INFORMATICA, TELECOMUNICACIONES y AUTOMATIZACION SpA". Nombre de fantasía “PROTOKOL GITA SpA”.- Objeto: El objeto de la sociedad es: a) El desarrollo, elaboración, ejecución, mantención, compra y venta y, en general, la comercialización de todo tipo de proyectos o soluciones tecnológicas con sus componentes de software y/o hardware, y todos sus elementos y/o productos complementarios o auxiliares y la prestación de toda clase de servicios, asesorías y asistencia técnica relacionadas; b) La representación de marcas, productos, personas y empresas nacionales o extranjeras; c) La prestación de toda clase de servicios, asesorías y asistencia técnica en el área de automatización informática y telecomunicaciones, así como la adopción y explotación de nuevos servicios determinados por los avances en los procesos e innovaciones tecnológicas de esa área. El desarrollo, producción, exportación, importación, compra, venta, reventa, suministro, distribución, alquiler, instalación, administración, entrenamiento, servicios de programas, soporte de sistemas y equipos de automatización, computación y telecomunicaciones de toda índole; d) La representación y suscripción de acuerdos o convenios con administraciones, empresas nacionales o extranjeras en todo en cuanto concierne a las actividades de la compañía, la promoción y creación de empresas para el ejercicio de actividades afines y conexas con las que constituyen el objeto social; e) La realización de toda clase de inversiones incluida la compra, venta, arrendamiento, permuta, explotación, administración y leasing de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, de acciones, bonos, debentures, pagares y demás valores mobiliarios y de derechos sociales, pudiendo para tal efecto, participar en la constitución o incorporarse a toda clase de sociedades. Así como cualquier actividad relacionada o no con las anteriores y que los socios acuerden eventualmente, cualquiera que sea su naturaleza. Duración: Indefinida. Capital: El capital social corresponde a $10.000.000.-, dividido en 1000 acciones nominativas, sin valor nominal, y de una única serie, que es suscrito íntegramente por PROTOKOL TECHNOLOGY & PROFESSIONAL SERVICES, SOCIEDAD LIMITADA, quien suscribe y paga, en dinero en efectivo, la cantidad mil acciones nominativas, sin valor nominal, y de una única serie, lo que hace un valor de diez millones de pesos, y que se pagará de la siguiente manera: a) en este acto, la cantidad de cuatro millones de pesos, y que ingresan en este acto a la caja social; b) el monto restante por completar, equivalente a siete millones de pesos, podrá ser pagado dentro del plazo de dos años contados desde la fecha de otorgamiento de la presente escritura.- Administración y uso Razón Social: Corresponderá conjuntamente a don Paul Ricardo Feo Delgado y a don Eduardo Escobar Santis, de acuerdo a las facultades indicadas escritura extractada. El accionista limita su responsabilidad al monto de su respectivo aporte. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. AVB.

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