Sociedade de Responsabilidade Limitada

Productora De Eventos Y Publicidad Vargas Y Silhi Limitada

CONSTITUCIÓN — 14 de out. de 2019

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2019-10-14Ver PDF (CVE 1667212)

Informações societárias

Ltda
Temuco, Araucanía
Duração: cinco años, contados desde fecha escritura extractada, prorrogable automáticamente por periodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno
Administração: Administración, Representación y Uso Razón Social a cargo de PATRICIA ANDREA VARGAS SPALEK, con amplias facultades; para vender e hipotecar bienes raíces, avalar y constituir a la sociedad en fiadora y codeudora solidaria deben concurrir todos los socios conjuntamente

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto: A) establecer, operar y explotar los negocios de radiodifusión, televisión, radiocomunicaciones, cine, agencias u órganos informativos, de prensa, propaganda y publicidad; realizar y desarrollar actividades relacionadas con la información, cultura, periodismo y otras materias afines; producir programas de radio, cine y televisión y comercializarlos; efectuar grabaciones de sonidos e imágenes en disco, cintas magnéticas y otros dispositivos y comercializarlos; actuar como agente, representante o distribuidor de empresas vinculadas al ramo de radiodifusión, cine, televisión, radiocomunicaciones, grabaciones, informaciones, prensa, publicidad y propaganda; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. B) La compraventa, al por mayor y al detalle, importación, exportación, distribución, comercialización, consignación, intermediación, y fabricación incluyendo instalación, reparación, mantención, manufactura y transformación, de cámaras fotográficas y de vídeo, rollos de película, casetes de audio y vídeo, teléfonos, baterías, pilas, discos de sonido y de vídeo, radioreceptores, tocacasetes y tocadiscos, aparatos de vídeo y audio, en general; de línea blanca y electrodomésticos; servicio de revelado, copiado, ampliación y demás procesos para rollos de fotografías y otras cintas y mecanismos de reproducción de imágenes y sonido; fotocopias; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. C) El estudio, creación, organización, administración, difusión, realización, producción y venta, por cuenta propia o ajena, de actividades culturales, literarias, sociales, deportivas, turísticas, científicas, artísticas, y de toda clase de eventos en general; la representación de otras empresas nacionales o extranjeras del área; la contratación de toda clase de artistas, deportistas y otros personajes; la contratación de locales, teatros, restaurantes, hoteles, reservas de espectáculos y todo lo que, a las empresas, profesionales y otros interese, en materia de cursos, simposios, congresos, paseos, reuniones y otros en los que se haga comunicación entre los interesados o para el público; prestar asesorías de toda índole; actuar como agencia de prensa, publicitaria y de difusión; todo lo que, en la actualidad o, de cualquier forma, en el futuro, diga relación con esas labores de difusión, comunicación, arte, descanso, trabajo, intercambio, hotelería y demás; y cualquier otro negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. D) La organización de toda clase de espectáculos públicos, semipúblicos o privados, de teatro, cine, televisión, circo, musicales, de vídeo y de cintas magnetofónicas y las grabaciones y edición de éstas; la filmación de recepciones, fiestas, cumpleaños; la edición, producción, copia y distribución de películas y material de vídeo; formación de cooperativas de socios de videocintas; comprar, vender, tomar y dar en arrendamiento, salas de espectáculos u otros locales al efecto; importar y exportar películas, cintas y videocintas y todo lo que esté, en cualquiera forma, relacionado con actuaciones de personas y/o espectáculos ahora o que lo esté en el futuro; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. E) La realización de actividades deportivas y recreativas, para lo cual podrá comprar, dar y tomar en arrendamiento, administrar, establecer y construir campos deportivos, piscinas, gimnasios, campings y demás edificios, instalaciones y anexos necesarios o conducentes a tales fines; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (3)

NomeParticipação

PATRICIA ANDREA VARGAS SPALEK

Socio

8.xxx.xxx-3

80%

FARES GABRIEL SILHI VARGAS

Socio

18.xxx.xxx-3

10%

SAMY ANDRÉS SILHI VARGAS

Socio

18.xxx.xxx-9

10%

Administradores (1)

PATRICIA ANDREA VARGAS SPALEK

8.xxx.xxx-3Administrador

Texto oficial do extrato

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifica: por escritura fecha 30 de Septiembre de 2019, ante mí, PATRICIA ANDREA VARGAS SPALEK, chilena, vendedora, casada y separada de bienes, cedula nacional de identidad número ocho millones ochocientos dieciséis mil trescientos cincuenta y ocho guión tres, con domicilio en calle Manantial numero mil seiscientos ochenta y cinco comuna de Temuco; FARES GABRIEL SILHI VARGAS, chileno, Profesor en Pedagogía en Educación Física, soltero, cedula nacional de identidad número dieciocho millones setecientos veintiún mil doscientos siete guión tres, con domicilio en calle Manantial numero mil seiscientos ochenta y cinco, comuna de Temuco, y; SAMY ANDRÉS SILHI VARGAS, chileno, egresado en Derecho, soltero, cedula nacional de identidad número dieciocho millones ciento cuarenta y ocho mil ciento ochenta y ocho guión nueve, con domicilio en calle Manantial numero mil seiscientos ochenta y cinco, comuna de Temuco, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “PRODUCTORA DE EVENTOS Y PUBLICIDAD VARGAS Y SILHI LIMITADA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: A) El objeto de la sociedad es establecer, operar y explotar los negocios de radiodifusión, televisión, radiocomunicaciones, cine, agencias u órganos informativos, de prensa, propaganda y publicidad, pudiendo al efecto solicitar, adquirir, arrendar u obtener en cualquier otra forma, las concesiones, autorizaciones, permisos o derechos que fueren necesarios; realizar y desarrollar actividades relacionadas con la información, cultura, periodismo y otras materias afines; producir programas de radio, cine y televisión y comercializarlos; efectuar grabaciones de sonidos e imágenes en disco, cintas magnéticas y otros dispositivos y comercializarlos; actuar como agente, representante o distribuidor de empresas vinculadas al ramo de radiodifusión, cine, televisión, radiocomunicaciones, grabaciones, informaciones, prensa, publicidad y propaganda; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. B) La compraventa, al por mayor y al detalle, importación, exportación, distribución, comercialización, consignación, intermediación, y fabricación incluyendo instalación, reparación, mantención, manufactura y transformación, de cámaras fotográficas y de vídeo, rollos de película, casetes de audio y vídeo, teléfonos, baterías, pilas, discos de sonido y de vídeo, radioreceptores, tocacasetes y tocadiscos, aparatos de vídeo y audio, en general; de línea blanca y electrodomésticos; servicio de revelado, copiado, ampliación y demás procesos para rollos de fotografías y otras cintas y mecanismos de reproducción de imágenes y sonido; fotocopias; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. C) El estudio, creación, organización, administración, difusión, realización, producción y venta -por cuenta propia o ajena- de actividades culturales, literarias, sociales, deportivas, turísticas, científicas, artísticas, y de toda clase de eventos en general, entre los que se cuentan: banquetes, fiestas, manifestaciones; la representación de otras empresas nacionales o extranjeras del área; la contratación de toda clase de artistas, deportistas y otros personajes; la contratación de locales, teatros, restaurantes, hoteles, reservas de espectáculos y todo lo que, a las empresas, profesionales y otros interese, en materia de cursos, simposios, congresos, paseos, reuniones y otros en los que se haga comunicación entre los interesados o para el público; prestar asesorías de toda índole; actuar como agencia de prensa, publicitaria y de difusión; todo lo que, en la actualidad o, de cualquier forma, en el futuro, diga relación con esas labores de difusión, comunicación, arte, descanso, trabajo, intercambio, hotelería y demás; y cualquier otro negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. D) La organización de toda clase de espectáculos públicos, semipúblicos o privados, de teatro, cine, televisión, circo, musicales, de vídeo y de cintas magnetofónicas y las grabaciones y edición de éstas; la filmación de recepciones, fiestas, cumpleaños; la edición, producción, copia y distribución de películas y material de vídeo, formación de cooperativas de socios de videocintas. Comprar, vender, tomar y dar en arrendamiento, salas de espectáculos u otros locales al efecto; importar y exportar películas, cintas y videocintas y todo lo que esté, en cualquiera forma, relacionado con actuaciones de personas y/o espectáculos ahora o que lo esté en el futuro; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. E) La realización de actividades deportivas y recreativas, para lo cual podrá comprar, dar y tomar en arrendamiento, administrar, establecer y construir campos deportivos, piscinas, gimnasios, campings y demás edificios, instalaciones y anexos necesarios o conducentes a tales fines; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Administración, Representación y Uso Razón Social: corresponderá a doña PATRICIA ANDREA VARGAS SPALEK, quien obrando de esta manera y anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos o contratos, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden a no al giro social, podrá actuar y ejecutar todos los actos y contratos inherentes al giro de la sociedad, salvo vender e hipotecar bienes raíces, avalar y constituir a la sociedad en fiadora y codeudora solidaria, para lo cual deberán concurrir todos los socios a la firma en forma conjunta, demás facultades en escritura extractada.- Capital: UN MILLON DE PESOS, aportados de la siguiente forma: a) La suma de ochocientos mil pesos, aportados por doña PATRICIA ANDREA VARGAS SPALEK, que entera de la siguiente manera: Uno) La suma de ochocientos mil pesos en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social.- b) La suma de cien mil pesos, aportados por don Fares Gabriel Silhi Vargas, que entera de la siguiente manera: Uno) La suma de cien mil pesos en dinero efectivo, ya ingresado a caja social.- c) La suma de cien mil pesos, aportados por don Samy Andrés Silhi Vargas, que entera de la siguiente manera: Uno) La suma de cien mil pesos en dinero efectivo, ya ingresado a caja social.- La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Duración: El plazo de duración de la sociedad será de cinco años, contados desde fecha escritura extractada.- Se entenderá prorrogado automáticamente por periodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, forma estipulada en escritura extractada. Domicilio: Temuco, sin perjuicio de que puedan establecerse agencias o sucursales en otras ciudades y comunas del país.- Demás estipulaciones escritura extractada. Temuco, 09 de Octubre de 2019.

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