有限責任公司77.988.754-5

Productora De Contenido Audiovisual Y Digital 724 Limitada

CONSTITUCIÓN — 2024年10月16日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2024-10-16查看 PDF(CVE 2557732)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 5 años fecha escritura
管理方式: Corresponderá a dos o tres cualquiera de los socios actuando conjuntamente a través de sus representantes y/o apoderados debidamente facultados; quienes actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social la representarán, según corresponda, con las facultades indicadas en el artículo séptimo del estatuto social.

公司目的

A) El desarrollo por cuenta propia o de terceros de toda o cualquier actividad de producción y/o postproducción de películas cinematográficas, videos, programas de televisión, servicios de comunicación, publicidad y marketing; y toda otra actividad relacionada con las anteriores. B) El desarrollo por cuenta propia o de terceros de toda o cualquier actividad de grabación de sonido, edición de música y fotografía; y toda otra actividad relacionada con las anteriores. C) La prestación de servicios generales de audio, fotografía, videos, cine, televisión, computación gráfica, grabación, así como también la compra, venta, producción, postproducción, edición, duplicación, fabricación, importación y exportación, comercialización, arrendamiento, distribución de toda clase de material fílmico, video, audio, televisión, cine, radio, fotografía u otros medios de comunicación. D) La prestación de servicios, estudios, proyectos y asesorías en dichas actividades, gráfica publicitaria y comercial; y en general la producción, comercialización, asesoría y servicios relacionados con la imprenta y la industria gráfica y publicitaria.

資本

總資本

$20.000.000

實繳資本

$400.000

待繳資本

$19.600.000

股東(4)

姓名持股比例

INVERSIONES SANTA JOSEFINA S.A.

Socio

25%

EMMA SpA

Socio

25%

VON DEM BLOCK SpA

Socio

25%

LOS CHUNGOS LIMITADA

Socio

25%

摘要官方正文

SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Notario Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte Nº 555, oficina 201, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 17 de septiembre de 2024, ante mí, INVERSIONES SANTA JOSEFINA S.A., domiciliada en Avenida del Valle Número novecientos cuarenta y cinco, oficina Número cinco mil seiscientos trece, Comuna de Huechuraba, Región Metropolitana; EMMA SpA., domiciliada en Román Díaz N° 68, comuna de Providencia, Región Metropolitana; VON DEM BLOCK SpA., domiciliada en Román Diaz N° 68, comuna de Providencia, Región Metropolitana; y LOS CHUNGOS LIMITADA, domiciliada en Vevey N° 346, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto: 1) Razón social y nombre de fantasía: “PRODUCTORA DE CONTENIDO AUDIOVISUAL Y DIGITAL 724 LIMITADA”, pudiendo actuar para todos los efectos e incluso ante bancos, bajo el nombre de fantasía “724 LTDA.” o “724”. 2) Uso razón social y administración: Corresponderá a dos o tres cualquiera de los socios actuando conjuntamente a través de sus representantes y/o apoderados debidamente facultados; quienes actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social la representarán, según corresponda, con las facultades indicadas en el artículo séptimo del estatuto social. 3) Objeto: A) El desarrollo por cuenta propia o de terceros de toda o cualquier actividad de producción y/o postproducción de películas cinematográficas, videos, programas de televisión, servicios de comunicación, publicidad y marketing; y toda otra actividad relacionada con las anteriores. B) El desarrollo por cuenta propia o de terceros de toda o cualquier actividad de grabación de sonido, edición de música y fotografía; y toda otra actividad relacionada con las anteriores. C) La prestación de servicios generales de audio, fotografía, videos, cine, televisión, computación gráfica, grabación, así como también la compra, venta, producción, postproducción, edición, duplicación, fabricación, importación y exportación, comercialización, arrendamiento, distribución de toda clase de material fílmico, video, audio, televisión, cine, radio, fotografía u otros medios de comunicación. D) La prestación de servicios, estudios, proyectos y asesorías en dichas actividades, gráfica publicitaria y comercial; y en general la producción, comercialización, asesoría y servicios relacionados con la imprenta y la industria gráfica y publicitaria. 4) Domicilio: Santiago, Región Metropolitana sin perjuicio de agencias o sucursales, tanto en territorio nacional, como en el extranjero. 5) Capital: $20.000.000, que los socios aportan y aportarán de la siguiente manera: a) La sociedad INVERSIONES SANTA JOSEFINA S.A., con la suma de $5.000.000, equivalentes al 25% de los derechos sociales, que entera y aporta: i) Con la suma de $100.000 que aporta en este acto, al contado, y que ingresan a la caja social; y ii) Con la suma de $4.900.000 que se obliga a aportar y enterar al contado, dentro de un plazo máximo de 1 año, contado desde esta fecha, en un solo acto o mediante abonos parciales; b) La sociedad EMMA SpA, con la suma de $5.000.000, equivalentes al 25% de los derechos sociales, que entera y aporta: i) Con la suma de $100.000 que aporta en este acto, al contado, y que ingresan a la caja social; y ii) Con la suma de $4.900.000 que se obliga a aportar y enterar al contado, dentro de un plazo máximo de 1 año, contado desde esta fecha, en un solo acto o mediante abonos parciales; c) La sociedad VON DEM BLOCK SpA, con la suma de $5.000.000, equivalentes al 25% de los derechos sociales, que entera y aporta: i) Con la suma de $100.000 que aporta en este acto, al contado, y que ingresan a la caja social; y ii) Con la suma de $4.900.000 que se obliga a aportar y enterar al contado, dentro de un plazo máximo de 1 año, contado desde esta fecha, en un solo acto o mediante abonos parciales; y d) La sociedad LOS CHUNGOS LIMITADA, con la suma de $5.000.000, equivalentes al 25% de los derechos sociales, que entera y aporta: i) Con la suma de $100.000 que aporta en este acto, al contado, y que ingresan a la caja social; y ii) Con la suma de $4.900.000 que se obliga a aportar y enterar al contado, dentro de un plazo máximo de 1 año, contado desde esta fecha, en un solo acto o mediante abonos parciales. 6) Responsabilidad: limitada monto aportes. 7) Duración: La duración de la sociedad será de 5 años fecha escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción primitiva de la sociedad, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 10 de octubre de 2024.

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