Sociedad por Acciones

Priority SpA

CONSTITUCIÓN — 2 ago 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-08-02Ver PDF (CVE 1250662)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Indefinida
Administración: La administración de la sociedad se ejercerá por doña CLAUDIA VANESSA MENDOZA PARDO, y por doña DAMARIS ILDEGARDIS ULLOA MUÑOZ, quienes actuaran indistinta o conjuntamente y además tendrán la totalidad de las facultades de administración y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, y quien anteponiendo su firma a la razón social obligará válidamente a la sociedad, pudiendo realizar y celebrar todo tipo de actos y contratos, en especial la enumeradas en la constitución que por esta vía se extracta.

Objeto social

a) la adquisición, enajenación, importación, exportación y comercialización, en toda forma, de bienes muebles e inmuebles, derechos, privilegios, patentes de invención y/o marcas registradas; b) La representación y agencia, por cuenta propia o ajena, de empresas extranjeras fabricantes, vendedores o comercializadores de cualquier producto que determine la sociedad; c) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean estas comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros; formar parte de otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de las mismas, además, la sociedad podrá realizar la actividades del giro bajo el régimen general o bajo regímenes especiales de comercio, tales como zona franca, depósitos francos, o cualquier otro que la Ley Nacional permita usar, especialmente ante las zonas franca de Iquique y Punta Arenas y cualquier otra que se cree en el país, pudiendo adquirir la calidad de usuario de tales sistemas, según fuere pertinente, y cualquier otro negocio que los socios quieran hacer en el futuro.

Capital

Capital total

$4.000.000

Capital pagado

$4.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

1000

Socios (2)

NombreParticipación

CLAUDIA VANESSA MENDOZA PARDO

Accionista

13.xxx.xxx-6

50%

DAMARIS ILDEGARDIS ULLOA MUÑOZ

Accionista

13.xxx.xxx-2

50%

Administradores (2)

CLAUDIA VANESSA MENDOZA PARDO

13.xxx.xxx-6Administrador

DAMARIS ILDEGARDIS ULLOA MUÑOZ

13.xxx.xxx-2Administrador

Texto oficial del extracto

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Titular 43a Notaría, Santiago, Huérfanos 835, Piso 18, certifica: por escritura de fecha 24 /07/2017, ante mí, Srtas.: CLAUDIA VANESSA MENDOZA PARDO, chilena, casada, empresaria, CI 13.732.219-6, y DAMARIS ILDEGARDIS ULLOA MUÑOZ, chilena, Divorciada, empresaria, CI 13.730.389-2, ambas Hendaya Nº344, Las Condes, constituyeron sociedad por acciones al tenor de lo prescrito por la Ley N°20.192 y los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, en los siguientes términos: NOMBRE: El nombre de la sociedad será “PRIORITY SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y/o sucursales en el país o extranjero.- DURACIÓN: Indefinida. OBJETO: a) la adquisición, enajenación, importación, exportación y comercialización, en toda forma, de bienes muebles e inmuebles, derechos, privilegios, patentes de invención y/o marcas registradas; b) La representación y agencia, por cuenta propia o ajena, de empresas extranjeras fabricantes, vendedores o comercializadores de cualquier producto que determine la sociedad; c) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean estas comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros; formar parte de otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de las mismas, además, la sociedad podrá realizar la actividades del giro bajo el régimen general o bajo regímenes especiales de comercio, tales como zona franca, depósitos francos, o cualquier otro que la Ley Nacional permita usar, especialmente ante las zonas franca de Iquique y Punta Arenas y cualquier otra que se cree en el país, pudiendo adquirir la calidad de usuario de tales sistemas, según fuere pertinente, y cualquier otro negocio que los socios quieran hacer en el futuro. CAPITAL: $4.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado, siguiente forma: CLAUDIA VANESSA MENDOZA PARDO, con 500 acciones pagadas íntegremente, en este acto; y DAMARIS ILDEGARDIS ULLOA MUÑOZ, con 500 acciones pagadas íntegremente, en este acto;. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad se ejercerá por doña CLAUDIA VANESSA MENDOZA PARDO, y por doña DAMARIS ILDEGARDIS ULLOA MUÑOZ, quienes actuaran indistinta o conjuntamente y además tendrán la totalidad de las facultades de administración y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, y quien anteponiendo su firma a la razón social obligará válidamente a la sociedad, pudiendo realizar y celebrar todo tipo de actos y contratos, en especial la enumeradas en la constitución que por esta vía se extracta. Santiago 28 julio 2017.

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