Sociedad por Acciones

Planta Solar Santo Tomas SpA

CONSTITUCIÓN — 24 mar 2021

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2021-03-24Ver PDF (CVE 1915282)

Información societaria

SpA
Concepción, Biobío

Capital

Capital total

$500.000

Capital pendiente

$500.000

Acciones

500

Socios (1)

NombreParticipación

Grupo Energy Lancuyen SpA

Accionista

77.128.285-7

500 acc.

Representación legal (2)

Lorenzo Alejandro Torres Suazo

7.xxx.xxx-6En representación de Grupo Energy Lancuyen SpA77.128.285-7

Carlos Adrián Grandon Garrido

13.xxx.xxx-4En representación de Grupo Energy Lancuyen SpA77.128.285-7

Texto oficial del extracto

OLAYA FERRADA GARRIDO Notario Concepción, suplente del titular Ramón García Carrasco Oficio Rengo 444, por escritura pública 11 de marzo de 2021, repertorio N°2378-2021, ante Notario suplente JOSE AGUSTIN DONOSO MUSIATE don Lorenzo Alejandro Torres Suazo, cédula de identidad número siete millones setecientos treinta mil cuatrocientos sesenta guion seis y don Carlos Adrián Grandon Garrido, cédula de identidad número trece millones trescientos ochenta y tres mil doscientos cincuenta y seis guion cuatro, ambos en representación de Grupo Energy Lancuyen SpA, RUT 77.128.285-7, exponen que: Por escritura pública de fecha diez de febrero de dos mil veintiuno otorgada ante el Notario Público don Juan Eduardo Avello San Martín, titular de la Décimo Segunda Notaría de Concepción, se rectificó el extracto de escritura de constitución de la sociedad PLANTA SOLAR SANTO TOMAS SpA, en cuanto este debía señalar que el accionista es Grupo Energy Lancuyén SpA y que el capital asciende a $500.000, dividido en 500 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie, que se suscriben y será pagado en el plazo de 1 año contado desde la fecha de constitución de la sociedad. La escritura pública de rectificación del extracto fue publicada en el Diario Oficial con fecha 13 de febrero de 2021, pero no fue inscrita en el Registro de Comercio en el plazo que dispone el artículo 426 del Código de Comercio. Por el presente instrumento, la compareciente viene en sanear el vicio formal de que adolece la sociedad, conforme a la normativa establecida en el artículo 428 del Código de Comercio, en relación a la Ley 19.499. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, marzo 18 de 2021.

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