Sociedad de Responsabilidad Limitada

Parrillada Entre Amigos Delgado Y Llanquinao Limitada

CONSTITUCIÓN — 4 oct 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-10-04Ver PDF (CVE 1473110)

Información societaria

Ltda
Temuco, Araucanía
Duración: cinco años, contados desde fecha escritura que extracto
Administración: indistintamente, al socio don VICENTE RICARDO LLANQUINAO VIDAL y al socio don SEBASTIAN GABRIEL DELGADO DELGADO; no obstante, cuando se contraigan obligaciones que alcancen o recaigan sobre el cincuenta por ciento o más de los activos de la sociedad, los socios deberán actuar conjuntamente

Objeto social

Para el cumplimiento de los objetos que se indican, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada, o en co-participación con terceros. El objeto o fines que la sociedad se propone, corresponderá sin ser taxativo: A) La explotación, administración y representación de restaurantes, bares, pubs y cualquier otro establecimiento relacionado con la hostelería y/o gastronomía; B) La explotación, administración y representación de establecimientos que ofrezcan, produzcan, vendan, organicen y/o administren actividades relacionadas a espectáculos artísticos, culturales, turísticos, de animación social o todo tipo de eventos en general, ya sean públicos o privados; C) Capacitación y/o instrucción educacional, empresarial y de cualquier otra índole a toda persona, sea natural o jurídica; D) La compra, venta, importación, exportación, arrendamiento y comercialización de todo tipo de bienes, especies y productos nacionales y extranjeros; y demás actos de comercio o actividades conexas relacionadas con las anteriores que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital pagado

$2.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

VICENTE RICARDO LLANQUINAO VIDAL

Socio

50%

SEBASTIAN GABRIEL DELGADO DELGADO

Socio

50%

Texto oficial del extracto

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 27 de septiembre de 2018, otorgada ante mí, don VICENTE RICARDO LLANQUINAO VIDAL, con domicilio calle Coya número cero dos mil cuarenta y cinco, villa Apoquindo de la ciudad y comuna de Temuco, y don SEBASTIAN GABRIEL DELGADO DELGADO, domiciliado en calle los Notros sin número, villa Altos del Sol kilómetro quince de la ciudad y comuna de Temuco, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: será “PARRILLADA ENTRE AMIGOS DELGADO Y LLANQUINAO LIMITADA” pudiendo usar nombre de fantasía “PARRILLADA ENTRE AMIGOS LTDA”.- Domicilio: comuna de Temuco, sin perjuicio de que puedan establecerse agencias o sucursales en otras ciudades y comunas del país.- Objeto: Para el cumplimiento de los objetos que se indican, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada, o en co-participación con terceros. El objeto o fines que la sociedad se propone, corresponderá sin ser taxativo: A) La explotación, administración y representación de restaurantes, bares, pubs y cualquier otro establecimiento relacionado con la hostelería y/o gastronomía; B) La explotación, administración y representación de establecimientos que ofrezcan, produzcan, vendan, organicen y/o administren actividades relacionadas a espectáculos artísticos, culturales, turísticos, de animación social o todo tipo de eventos en general, ya sean públicos o privados; C) Capacitación y/o instrucción educacional, empresarial y de cualquier otra índole a toda persona, sea natural o jurídica; D) La compra, venta, importación, exportación, arrendamiento y comercialización de todo tipo de bienes, especies y productos nacionales y extranjeros; y demás actos de comercio o actividades conexas relacionadas con las anteriores que acuerden los socios.- Administración y el uso de la razón social corresponderá a indistintamente, al socio don VICENTE RICARDO LLANQUINAO VIDAL y al socio don SEBASTIAN GABRIEL DELGADO DELGADO; no obstante, cuando se contraigan obligaciones que alcancen o recaigan sobre el cincuenta por ciento o más de los activos de la sociedad, los socios deberán actuar conjuntamente. Facultades en escritura.- Capital: $2.000.000.- aportado siguiente forma: a) La suma de un millón de pesos aportados por el socio don VICENTE RICARDO LLANQUINAO VIDAL equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales. b) La suma de un millón de pesos, aportados por el socio don SEBASTIAN GABRIEL DELGADO DELGADO, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales.- Los socios se obligan a pagar sus respectivos aportes en dinero efectivo, mediante su entero pago a la caja social, a medida que lo requieran las necesidades sociales, pero en todo caso, antes del plazo de dos años, contados desde la suscripción de esta escritura.- Duración: El plazo de la sociedad será de cinco años, contados desde fecha escritura que extracto.- Se entenderá prorrogado automáticamente por periodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, en forma que indica pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 02 de octubre de 2018.-

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Relaciones societarias

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