Société à responsabilité limitée

Orellana & Mercado Sociedad Limitada

CONSTITUCIÓN — 4 août 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-08-04Voir le PDF (CVE 2166821)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 10 años desde hoy, renovable según estatutos
Administration: Uso razón social y administración corresponden a NELSON ENRIQUE ORELLANA SARMIENTO con amplias facultades.

Objet social

a) gestión de negocios comerciales; b) compraventa de toda clase de bienes muebles e inmuebles; c) prestación de toda clase de servicios profesionales, técnicos u otros; y d) celebración de cualesquiera actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los fines sociales descritos.

Capital

Capital total

$129.000.000

Associés (2)

NomParticipation

NANCY DEL CARMEN MERCADO MELLA

Socio

-

NELSON ENRIQUE ORELLANA SARMIENTO

Socio

-

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, titular 43ª Notaria, Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica: Por escritura de fecha 22.07.2022, ante mí: don NELSON ENRIQUE ORELLANA SARMIENTO, domiciliado en esta ciudad en Pasaje Las Margaritas número cero trescientos veintitrés, comuna de Quilicura, Región Metropolitana; y doña NANCY DEL CARMEN MERCADO MELLA, domiciliada en esta ciudad en Pasaje Las Palmeras número mil doscientos tres guion C, comuna de Quilicura, Región Metropolitana; constituyeron "ORELLANA & MERCADO SOCIEDAD LIMITADA", nombre fantasía “O & M LTDA." Uso razón social y administración corresponden a NELSON ENRIQUE ORELLANA SARMIENTO con amplias facultades. Objeto: a) gestión de negocios comerciales; b) compraventa de toda clase de bienes muebles e inmuebles; c) prestación de toda clase de servicios profesionales, técnicos u otros; y d) celebración de cualesquiera actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los fines sociales descritos. Domicilio: Santiago sin perjuicio agencias. Capital: $129.000.000, cantidad que socios aportan y enteran siguiente forma: A) doña NANCY DEL CARMEN MERCADO MELLA, antes individualizada, aporta $1.000.000, que se entera, y paga, siguiente manera: UNO: En este acto aporta al contado, y en dinero en efectivo la suma de $500.000, enterándolo con esta fecha a la caja social, y DOS: El saldo, esto es, $500.000 que se enterará, y pagará, en dinero en efectivo, en plazo de un año, contado desde fecha de constitución de la sociedad. Esto es, doña NANCY DEL CARMEN MERCADO MELLA, antes individualizada, deberá enterar, y pagar, el saldo, de su aporte, a la sociedad, plazo vencerá 22.07.2023. En éste acto se entera aporta y paga, el aporte de doña NANCY DEL CARMEN MERCADO MELLA, antes individualizada, quedando recibido dicho aporte por la sociedad, a su entera satisfacción y la de los socios; y B) don NELSON ENRIQUE ORELLANA SARMIENTO, antes individualizado, aporta la suma de $128.000.000, que se pagan, aportando en este instrumento, a la sociedad que se constituye en éste acto, todos los derechos, de carácter inmueble, de los cuales es dueño, que se pasan a singularizar, y avaluar por los socios, al siguiente tenor: UNO) NELSON ENRIQUE ORELLANA SARMIENTO, antes individualizado, aporta en este acto, todos los derechos hereditarios que le corresponden o le podrían corresponder por cualquier motivo o título, en la herencia quedada al fallecimiento de don JOSÉ ARTEMIDORO ORELLANA, especialmente se aporta a la sociedad, derechos reales inmuebles de carácter hereditario. El socio don NELSON ENRIQUE ORELLANA SARMIENTO, antes individualizado, se hace responsable de su calidad de heredero, conforme artículo 1.909 del Código Civil.-, y DOS) Don NELSON ENRIQUE ORELLANA SARMIENTO, aporta a la sociedad que se constituye, en este acto, derechos inmuebles adquirió, por cesión de derechos.- Los socios avalúan de consuno los derechos, de carácter inmueble, aportados, en la presente cláusula, antes singularizados, en la suma de $128.000.000, aportando los derechos inmuebles, que se ejercen sobre el bien raíz, antes referido, el socio don NELSON ENRIQUE ORELLANA SARMIENTO, antes individualizado, en su calidad de propietario de dichos derechos inmuebles, según ya se ha referido, que se enteran, aportan y pagan en este acto, a la sociedad que se constituye en este instrumento, quedando de esta manera recibido dicho aporte por la sociedad, a su entera satisfacción y la de los socios. Duración: 10 años desde hoy, renovable según estatutos.- SANTIAGO, 01 de Agosto de 2022.-

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