Nanam Oil Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
Llevar a cabo negocios de cualquier naturaleza, dentro o fuera de Chile; comprar, vender, permutar, arrendar, administrar, comerciar, e invertir en bienes muebles e inmuebles de cualquier índole, así como en mercancías, bienes fungibles, efectos personales, productos y demás bienes de cualquier naturaleza o descripción; realizar todo tipo de operaciones comerciales y financieras así como vender servicios y prestarlos, y para tal propósito emplear el personal que sea necesario; participar en la forma que sea en otras sociedades y/o compañías, sean chilenas o extranjeras; comprar, vender y en general hacer negocios con acciones, bonos, valores y efectos personales de cualquier naturaleza o descripción; actuar como fidecomitente o fidecomisario o beneficiario de fideicomisos dentro o fuera de Chile; recibir y/o pagar comisiones y demás tipos de préstamos, hipotecas, cesiones y contratos o convenios de cualquier índole, incluyendo los de fianza a favor de terceras personas y/o garantías por obligaciones de terceras personas; abrir cuentas bancarias de cualquier clase y disponer de éstas, en cualquier banco o entidad financiera en cualquier parte del mundo; además de los fines descritos, la sociedad podrá llevar cualquiera otro que acordaren los socios para actividades tanto en Chile como en el extranjero, sin que para ello sea necesario reformar o modificar los presentes estatutos
Capital
Capital total
$4.000.000
Capital libéré
$4.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $2.000.000 |
Socio | - | 50% | $2.000.000 |
Administrateurs (2)
Texte officiel de l’extrait
Raúl Farren Paredes, Notario Público, Villanelo 66, Viña del Mar, certifica: Por escritura pública hoy ante mí:- don MOISÉS LUIS HERVÍAS BUSTOS, y don JUAN ADOLFO EGAÑA CARVALLO, ambos con domicilio en calle Arlegui 440 Of. 805, Viña del Mar, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada siguiente: El objeto principal de la sociedad será llevar a cabo negocios de cualquier naturaleza, dentro o fuera de Chile; comprar, vender, permutar, arrendar, administrar, comerciar, e invertir en bienes muebles e inmuebles de cualquier índole, así como en mercancías, bienes fungibles, efectos personales, productos y demás bienes de cualquier naturaleza o descripción; realizar todo tipo de operaciones comerciales y financieras así como vender servicios y prestarlos, y para tal propósito emplear el personal que sea necesario; participar en la forma que sea en otras sociedades y/o compañías, sean chilenas o extranjeras; comprar, vender y en general hacer negocios con acciones, bonos, valores y efectos personales de cualquier naturaleza o descripción; actuar como fidecomitente o fidecomisario o beneficiario de fidecomisos dentro o fuera de Chile; recibir y/o pagar comisiones y demás tipos de préstamos, hipotecas, cesiones y contratos o convenios de cualquier índole, incluyendo los de fianza a favor de terceras personas y/o garantías por obligaciones de terceras personas; abrir cuentas bancarias de cualquier clase y disponer de éstas, en cualquier banco o entidad financiera en cualquier parte del mundo; además de los fines descritos, la sociedad podrá llevar cualquiera otro que acordaren los socios para actividades tanto en Chile como en el extranjero, sin que para ello sea necesario reformar o modificar los presentes estatutos. Razón social NANAM OIL LIMITADA. Administración y el uso de la razón social: le corresponderá a los socios JUAN ADOLFO EGAÑA CARVALLO Y MOISÉS LUIS HERVIAS BUSTOS conjunta o separadamente, quienes anteponiendo su firma a la razón social representarán a la sociedad con las más amplias facultades. Capital la suma de cuatro millones de pesos que enteran, los socios, de la siguiente forma: dos millones de pesos cada uno de los socios, en este acto en dinero en efectivo. Los socios limitan su responsabilidad a la concurrencia de sus aportes. Domicilio La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de VIÑA DEL MAR para todos los efectos legales, sin perjuicio de las oficinas, sucursales, agencias o establecimientos que pudieren establecer en el resto del país. Duración: de cinco años, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término vencido el plazo de vigencia. Viña del Mar, 22 de Mayo de 2019.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
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CVE 1600238
