Sociedad por Acciones

Multi Style SpA

CONSTITUCIÓN — 23 ago 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-08-23Ver PDF (CVE 1451203)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: comenzará a regir desde esta fecha y tendrá una duración de tres años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo período
Administración: La administración corresponderá al constituyente don Yulian Cristopher Jorquera Castillo, quien anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla a toda clase de actos, sin que la enumeración sea taxativa.

Objeto social

El objeto de la sociedad será el 1) de comercializar y distribuir bienes muebles e inmuebles, artículos de vestuario, productos textiles, calzados, accesorios de vestuario y calzado, así como la importación y exportación de otros bienes. 2) La representación y distribución, tanto en Chile como en el extranjero, de toda clase de bienes y servicios. 3) La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales; raíces o muebles, pudiendo asimismo comprar o vender acciones, bonos, debentures, títulos de créditos, planes y depósitos de ahorro, cuotas, acciones y derechos en todo tipo de sociedades, sean civiles, comerciales o mineras, la adquisición de efectos de comercio y/o cualquier otro título representativo de inversiones. 4) La adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obteniendo las rentas que se generen. 5) La sociedad en general podrá ejecutar todas las materias señaladas y todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con estas actividades y cualquier otro negocio que los socios acuerden, tanto en Chile como en el extranjero. Para su cumplimiento la sociedad podrá ejecutar todos los actos, contratos y negocios encaminados a la realización del objeto, por sí misma o en conjunto con otras personas naturales o jurídicas, sean chilenas o extranjeras.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

100

Socios (1)

NombreParticipación

Yulian Cristopher Jorquera Castillo

Accionista

16.xxx.xxx-5

100%

Administradores (1)

Yulian Cristopher Jorquera Castillo

16.xxx.xxx-5Administrador

Texto oficial del extracto

RAUL UNDURRAGA LASO, abogado y Notario Público de Santiago, Titular de la Notaria Vigésima Novena de Santiago, de este domicilio, calle Mac-Iver número doscientos veinticinco, oficina numero trescientos dos, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 23 de julio del año 2018, ante mi, bajo el repertorio numero 4424-18, Don Yulian Cristopher Jorquera Castillo, chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de Identidad número dieciseises millones seiscientos treinta mil seiscientos noventa y seis guión cinco, treinta y un años de edad, domiciliado en la comuna de San Joaquín, calle Diego de Meza número cuatro mil novecientos cuarenta, mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula antes referida constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “MULTI STYLE SpA.”. Domicilio ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer otras agencias o sucursales. Objeto: El objeto de la sociedad será el 1) de comercializar y distribuir bienes muebles e inmuebles, artículos de vestuario, productos textiles, calzados, accesorios de vestuario y calzado, así como la importación y exportación de otros bienes. 2) La representación y distribución, tanto en Chile como en el extranjero, de toda clase de bienes y servicios. 3) La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales; raíces o muebles, pudiendo asimismo comprar o vender acciones, bonos, debentures, títulos de créditos, planes y depósitos de ahorro, cuotas, acciones y derechos en todo tipo de sociedades, sean civiles, comerciales o mineras, la adquisición de efectos de comercio y/o cualquier otro título representativo de inversiones. 4) La adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obteniendo las rentas que se generen. 5) La sociedad en general podrá ejecutar todas las materias señaladas y todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con estas actividades y cualquier otro negocio que los socios acuerden, tanto en Chile como en el extranjero. Para su cumplimiento la sociedad podrá ejecutar todos los actos, contratos y negocios encaminados a la realización del objeto, por sí misma o en conjunto con otras personas naturales o jurídicas, sean chilenas o extranjeras. Capital: $1.000.000.-, de un millón de pesos dividido y representado en cien acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, que quedó totalmente suscrito, enteramente pagado en caja al 24 de Julio del año 2018. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Duración: comenzará a regir desde esta fecha y tendrá una duración de tres años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo período. Administración: La administración corresponderá al constituyente don Yulian Cristopher Jorquera Castillo, quien anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla a toda clase de actos, sin que la enumeración sea taxativa.- Santiago, 14 de agosto del 2018.

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