Société par actions

Muebles Y Maderas Río Claro SpA

CONSTITUCIÓN — 7 déc. 2018

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2018-12-07Voir le PDF (CVE 1508089)

Informations sociétaires

SpA
Quintero, Valparaíso

Texte officiel de l’extrait

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad Antonio Varas Nº 976, certifico: por escritura de fecha 30 de noviembre de 2018, ante mí, OSVALDO ANDRÉS LAMOZA MELACHO, chileno, casado, factor de comercio, cédula de identidad número siete millones quinientos cincuenta y siete mil doscientos setenta y seis guión K, domiciliado en calle Galpón número doscientos dos, Labranza, comuna de Temuco, expuso: Que por escritura pública de fecha ocho de enero del año dos mil quince, repertorio ciento cincuenta y seis guion dos mil quince, ante don Jorge Elías Tadres Hales, Notario Público de Temuco, constituyó una sociedad por acciones denominada “MUEBLES Y MADERAS RÍO CLARO SpA”, cuyo nombre de fantasía es MADERAS RÍO CLARO SpA, rol único tributario setenta y seis millones cuatrocientos cincuenta y seis mil quince guión nueve, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial, edición número cuarenta y un mil cincuenta y cuatro de fecha doce de enero del año dos mil quince, inscrita a fojas veintidós número quince del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quintero correspondiente al año dos mil quince. Por escritura pública de rectificación de fecha veintitrés de enero del año dos mil quince, repertorio quinientos setenta y nueve guión dos mil quince, otorgada ante don Jorge Elías Tadres Hales, Notario Público de Temuco, publicada en el Diario Oficial edición cuarenta y un mil setenta y cuatro de fecha cuatro de febrero del año dos mil quince, se rectificó el domicilio de la sociedad, toda vez que en la escritura social constitutiva se mencionó la ciudad de Gorbea debiendo decir la ciudad de Quintero. Con fecha trece de febrero del año dos mil quince, se otorga escritura pública de saneamiento, repertorio mil ciento sesenta y tres guion dos mil quince, otorgada ante don Jorge Elías Tadres Hales, Notario Público de Temuco, extracto publicado en el Diario Oficial edición número cuarenta y un mil ochenta y siete de fecha diecinueve de febrero del año dos mil quince. El saneamiento se encuentra inscrito a fojas veintitrés vuelta número diecisiete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quintero correspondiente al año dos mil quince. Que la sociedad está afectada por vicios formales de nulidad, a saber: A) Existir contradicción entre la disposición de la cláusula segunda de la escritura pública de saneamiento de fecha trece de febrero del año dos mil quince, Repertorio mil ciento sesenta y tres guion dos mil quince, otorgada ante don Jorge Elías Tadres Hales, Notario Público de Temuco -que dispone que sanea sólo el vicio por falta de inscripción en el Registro Conservatorio de Comercio de Quintero del extracto de la escritura de Constitución de la Sociedad por acciones denominada MUEBLES Y MADERAS RÍO CLARO SpA, nombre de fantasía MADERAS RÍO CLARO SpA- y el texto del extracto publicado en el Diario Oficial edición número cuarenta y un mil ochenta y siete de fecha diecinueve de febrero del año dos mil quince -ya que señala que sanea el vicio por falta de inscripción en el Registro Conservatorio de Comercio de Quintero del extracto de Constitución de Sociedad por acciones denominada MUEBLES Y MADERAS RÍO CLARO SpA y además señala que sanea la falta inscripción de la escritura pública de rectificación suscrita con fecha veintitrés de enero del año dos mil quince, repertorio número quinientos setenta y nueve del año dos mil quince otorgada ante el Notario Público de Temuco Jorge Tadres Hales publicado en el Diario Oficial de la República edición cuarenta y un mil setenta y cuatro de fecha cuatro de febrero del año dos mil quince- Y, B) No ser inscrito dentro del plazo establecido en el artículo cuatrocientos veintiséis del Código de Comercio en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Quintero el extracto de la escritura pública de rectificación de fecha veintitrés de enero del año dos mil quince, Repertorio quinientos setenta y nueve guión dos mil quince, otorgada ante don Jorge Elías Tadres Hales, Notario Público de Temuco, publicada en el Diario Oficial edición cuarenta y un mil setenta y cuatro de fecha cuatro de febrero del año dos mil quince, que rectifica el domicilio de la sociedad de la ciudad de Gorbea a la ciudad de Quintero. PRESENTE SANEAMIENTO. Que por acto escritura e instrumento extractado, el compareciente viene en sanear la sociedad “MUEBLES Y MADERAS RÍO CLARO SpA”, nombre de fantasía MADERAS RÍO CLARO SpA, señalando que: A) Por un error involuntario se produjo una contradicción entre la cláusula segunda de la escritura pública de saneamiento de fecha trece de febrero del año dos mil quince, Repertorio mil ciento sesenta y tres guion dos mil quince, otorgada ante don Jorge Elías Tadres Hales, Notario Público de Temuco -que dispone que sanea sólo el vicio por falta de inscripción en el Registro Conservatorio de Comercio de Quintero del extracto de la escritura de Constitución de la Sociedad por acciones denominada MUEBLES Y MADERAS RÍO CLARO SpA, nombre de fantasía MADERAS RÍO CLARO SpA- y el texto del extracto publicado en el Diario Oficial edición número cuarenta y un mil ochenta y siete de fecha diecinueve de febrero del año dos mil quince -que señala que sanea el vicio por falta de inscripción en el Registro Conservatorio de Comercio de Quintero del extracto de Constitución de Sociedad por acciones denominada MUEBLES Y MADERAS RÍO CLARO SpA y además señala que sanea la falta inscripción de la escritura pública de rectificación suscrita con fecha veintitrés de enero del año dos mil quince, repertorio número quinientos setenta y nueve del año dos mil quince otorgada ante el Notario Público de Temuco Jorge Tadres Hales publicado en el Diario Oficial de la República edición cuarenta y un mil setenta y cuatro de fecha cuatro de febrero del año dos mil quince. En virtud de lo prescrito en el artículo seis de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve que establece que vencido el plazo de dos años contados desde la fecha del otorgamiento de la escritura, existiendo contradicción entre las disposiciones de la escritura y el extracto publicado o inscrito, prevalecerán las disposiciones de la escritura por sobre las del extracto, quedando saneado, mediante el otorgamiento de esta escritura pública, el vicio formal que le afectaba en cuanto que la escritura pública de saneamiento de fecha trece de febrero del año dos mil quince, Repertorio mil ciento sesenta y tres guion dos mil quince, otorgada ante don Jorge Elías Tadres Hales, Notario Público de Temuco sólo saneaba el vicio por falta de inscripción oportuna en el Registro Conservatorio de Comercio de Quintero del extracto de la escritura de constitución de la sociedad por acciones denominada MUEBLES Y MADERAS RÍO CLARO SpA, nombre de fantasía MADERAS RÍO CLARO SpA. Y, B) Por un error involuntario no se practicó dentro del plazo establecido en el artículo cuatrocientos veintiséis del Código de Comercio la inscripción del extracto de la escritura pública de rectificación de fecha veintitrés de enero del año dos mil quince, Repertorio quinientos setenta y nueve guión dos mil quince, otorgada ante don Jorge Elías Tadres Hales, Notario Público de Temuco, publicada en el Diario Oficial edición cuarenta y un mil setenta y cuatro de fecha cuatro de febrero del año dos mil quince, quedando saneado, mediante el otorgamiento de esta escritura pública de saneamiento, el vicio formal que le afectaba. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 04 de Diciembre de 2018.

Actes récents

  1. CONSTITUCIÓN

    MUEBLES Y MADERAS RÍO CLARO SpA

    CVE 1508089

Relations sociétaires

MUEBLES Y MADERAS RÍO CLARO SpA

Aucune relation sociétaire liée pour le moment