Sociedad de Responsabilidad Limitada

MR Cobranzas Limitada

CONSTITUCIÓN — 22 mar 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-03-22Ver PDF (CVE 1195605)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: tres años a contar de la fecha de su constitución, con prórroga tácita y sucesiva por periodos de tres años
Administración: Corresponderá a cualquiera de los socios indistintamente, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, representarán y বাধarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente.

Objeto social

La prestación de servicios jurídicos y legales, en cualesquiera de sus especialidades y áreas, por la vía de asesorías, consultoría, representación y capacitación en todos sus ámbitos de ejercicio y especialidades; como asimismo la realización de las demás actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados.

Capital

Capital total

$1.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

PAOLA CECILIA MIRANDA URZUA

Socio

-

MAXIMILIANO RIVEROS ESPINOZA

Socio

-

Texto oficial del extracto

Raúl Undurraga Laso, Notario Público Titular de la 29ª Notaría de Santiago, Mac-Iver 225, Of. 302, certifica: Por escritura pública de fecha 8 de Febrero de 2017, ante el Notario suplente Enrique Mira Gazmuri, doña PAOLA CECILIA MIRANDA URZUA, con domicilio Matías Cousiño 3983, Peñalolén y don MAXIMILIANO RIVEROS ESPINOZA, domiciliado en Suecia 1640, departamento 1002, Providencia, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, con las siguientes estipulaciones: 1) Razón Social: “MR Cobranzas Limitada” pudiendo usar como nombre de fantasía “MR Cobro Ltda.”. 2) Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios jurídicos y legales, en cualesquiera de sus especialidades y áreas, por la vía de asesorías, consultoría, representación y capacitación en todos sus ámbitos de ejercicio y especialidades; como asimismo la realización de las demás actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados. 3) Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir en otros puntos del país o del extranjero. 4) Duración: El plazo de duración de la sociedad será de tres años a contar de la fecha de su constitución. La vigencia de la sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por periodos de tres años, salvo que alguno de los socios de aviso de su intención de ponerle término mediante la declaración que efectuará por escritura pública debidamente anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del periodo inicial o la prorroga correspondiente. 5) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.- que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) Doña PAOLA CECILIA MIRANDA URZUA, aporta la suma de $500.000.- y b) don MAXIMILIANO RIVEROS ESPINOZA, aporta la suma de $500.000.- Los socios enteran sus aportes en dinero efectivo dentro del plazo de tres años y a medida que lo requieran las necesidades de la Compañía. 6) La Administración y Uso Razón Social: Corresponderá a cualquiera de los socios indistintamente, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, representarán y obligarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las facultades señaladas en escritura extractada. 7) Responsabilidad de los Socios: Limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 1 de Marzo de 2017.

Actuaciones recientes

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