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Sociedad de Responsabilidad Limitada

Mondo Oasi Limitada

CONSTITUCIÓN — 9 ene 2023

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2023-01-09Ver PDF (CVE 2249602)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Hasta el 31 de diciembre de 2027, renovable sucesiva y tácitamente por períodos de tres años cada uno
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden indistintamente a doña MARÍA VICTORIA RIOSECO ORELLANA, y a don ALEJANDRO IVÁN MARÍN PÉREZ-COTAPOS, quienes anteponiendo a su nombre y firma la razón social, representarán a la sociedad con todas y cada una de las facultades referidas en el artículo Décimo Primero de los estatutos sociales.

Objeto social

La prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesionales relacionados a la peluquería, cosmética, belleza y estética integral, y en general todos los servicios profesionales relacionados al bienestar humano.

Capital

Capital total

$1.00.000

Capital pagado

$1.00.000

Socios (2)

NombreParticipación

MARÍA VICTORIA RIOSECO ORELLANA

Socio

8.xxx.xxx-0

90%

FRANCISCA JAVIERA FERNANDA SILVA FUENZALIDA

Socio

19.xxx.xxx-0

10%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, abogado, Notario Público Titular de la 16° Notaría y Conservador de Minas de Santiago, con oficio en calle San Sebastián N°2750, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha 29 de diciembre del año 2022, repertorio N° 6491/2022, ante mi suplente Gonzalo Sergio Mendoza Guiñez, compareció doña MARÍA VICTORIA RIOSECO ORELLANA, cédula de identidad N° 8.852.657-0, domiciliada en calle Centauro N° 122, comuna de Colina, Región Metropolitana, y doña FRANCISCA JAVIERA FERNANDA SILVA FUENZALIDA, cédula de identidad N° 19.928.866-0, domiciliada en Toledo 0584, Parque Central, comuna de Quilicura, Región Metropolitana, quienes constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: /i/ NOMBRE: “MONDO OASI LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía para efectos de publicidad, propaganda u operaciones de banco la frase “OASI LIMITADA” y “OASI DI BELLEZZA LIMITADA”. /ii/ OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesionales relacionados a la peluquería, cosmética, belleza y estética integral, y en general todos los servicios profesionales relacionados al bienestar humano. /iii/ CAPITAL: $1.00.000, aportado y pagado por los socios en este acto, en dinero efectivo, y que le corresponde como sigue: a) a doña MARÍA VICTORIA RIOSECO ORELLANA, en la suma de novecientos mil pesos; y b) a doña FRANCISCA JAVIERA FERNANDA SILVA FUENZALIDA, en la suma de cien mil pesos. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. /iv/ DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los establecimientos, agencias y sucursales que pueda constituir en otros lugares, dentro del país o en el exterior. /v/ DURACIÓN: La sociedad rige desde la fecha de la constitución societaria y durará hasta el 31 de diciembre del año 2027, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de tres años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que se deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. /vi/ ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden indistintamente a doña MARÍA VICTORIA RIOSECO ORELLANA, y a don ALEJANDRO IVÁN MARÍN PÉREZ-COTAPOS, quienes anteponiendo a su nombre y firma la razón social, representarán a la sociedad con todas y cada una de las facultades referidas en el artículo Décimo Primero de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de Enero de 2023.

ConstituciónDiario Oficial · 2023-01-09Ver PDF (CVE 2249945)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Desde la fecha de la constitución societaria y hasta el 31 de diciembre del año 2027, renovable sucesiva y tácitamente por períodos de tres años
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden indistintamente a María Victoria Rioseco Orellana y a Alejandro Iván Marín Pérez-Cotapos, quienes anteponiendo a su nombre y firma la razón social representarán a la sociedad con todas y cada una de las facultades referidas en el artículo Décimo Primero de los estatutos sociales.

Objeto social

La prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesionales relacionados a la peluquería, cosmética, belleza y estética integral, y en general todos los servicios profesionales relacionados al bienestar humano.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

MARÍA VICTORIA RIOSECO ORELLANA

Socio

8.xxx.xxx-0

90%

FRANCISCA JAVIERA FERNANDA SILVA FUENZALIDA

Socio

19.xxx.xxx-0

10%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, abogado, Notario Público Titular de la 16° Notaría y Conservador de Minas de Santiago, con oficio en calle San Sebastián N°2750, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha 29 de diciembre del año 2022, repertorio N° 6491/2022, ante mi suplente Gonzalo Sergio Mendoza Guiñez, compareció doña MARÍA VICTORIA RIOSECO ORELLANA, cédula de identidad N° 8.852.657-0, domiciliada en calle Centauro N° 122, comuna de Colina, Región Metropolitana, y doña FRANCISCA JAVIERA FERNANDA SILVA FUENZALIDA, cédula de identidad N° 19.928.866-0, domiciliada en Toledo 0584, Parque Central, comuna de Quilicura, Región Metropolitana, quienes constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: /i/ NOMBRE: “MONDO OASI LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía para efectos de publicidad, propaganda u operaciones de banco la frase “OASI LIMITADA” y “OASI DI BELLEZZA LIMITADA”. /ii/ OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesionales relacionados a la peluquería, cosmética, belleza y estética integral, y en general todos los servicios profesionales relacionados al bienestar humano. /iii/ CAPITAL: $1.000.000, aportado y pagado por los socios en este acto, en dinero efectivo, y que le corresponde como sigue: a) a doña MARÍA VICTORIA RIOSECO ORELLANA, en la suma de novecientos mil pesos; y b) a doña FRANCISCA JAVIERA FERNANDA SILVA FUENZALIDA, en la suma de cien mil pesos. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. /iv/ DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los establecimientos, agencias y sucursales que pueda constituir en otros lugares, dentro del país o en el exterior. /v/ DURACIÓN: La sociedad rige desde la fecha de la constitución societaria y durará hasta el 31 de diciembre del año 2027, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de tres años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que se deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. /vi/ ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden indistintamente a doña MARÍA VICTORIA RIOSECO ORELLANA, y a don ALEJANDRO IVÁN MARÍN PÉREZ-COTAPOS, quienes anteponiendo a su nombre y firma la razón social, representarán a la sociedad con todas y cada una de las facultades referidas en el artículo Décimo Primero de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de Enero de 2023.

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