Société par actions

M&H Baguales SpA

CONSTITUCIÓN — 6 avr. 2024

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2024-04-06Voir le PDF (CVE 2476380)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administration: La administración será ejercida por y corresponderá a (A) uno o más administradores Clase A, quienes podrán actuar individual e indistintamente y sin ninguna limitación, en los términos que se prevén en el estatuto de La Sociedad; y/o, (B) dos o más administradores Clase B, debiendo actuar conjuntamente dos cualesquiera administradores clase B, para celebrar actos o contratos que /i/ individualmente considerados o en su conjunto, involucren montos que no excedan al equivalente en pesos o en cualquier otra moneda, de la suma de $50.000 dólares estadounidenses, y /ii/ que dichos actos no involucren la compra y venta de inmuebles ni alguna de las facultades indicadas en los números seis, siete, ocho y treinta y dos del artículo undécimo del estatuto de La Sociedad; y en los términos que allí se prevén.

Objet social

La Sociedad tendrá por objeto: a) la creación, desarrollo y participación de proyectos de energía tanto en Chile como en el extranjero; b) la prestación de servicios de ingeniería en todas sus áreas; c) el desarrollo de tecnología, representaciones y licenciamientos; d) la inversión, adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, en territorio nacional o en el extranjero, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma; administrar las inversiones anteriores y percibir sus frutos y rentas; e) ejecutar todo tipo de actos y contratos tendientes a estos fines; y f) inversiones y rentas mobiliarias e inmobiliarias.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

12 000

Associés (1)

NomParticipation

M&H SpA

Accionista

77.184.648-3

100%

Texte officiel de l’extrait

PATRICIO RABY BENAVENTE, Abogado, Notario Público, Titular de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en calle Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, Santiago; certifico: Por escritura pública de 26 de marzo de 2024, ante mí: JULIO RICARDO HASCHE TAGLE, cédula de identidad número 9.664.027-7, en representación de M&H SpA, R.U.T. 77.184.648-3, ambos domiciliados para estos efectos en Lonquén Sur, Condominio El Parrón, parcela N°14-D, comuna de Calera de Tango, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones (La “Sociedad”) cuyos estatutos son los siguientes. Nombre: M&H BAGUALES SpA. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda constituir agencias, oficinas y representaciones en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) la creación, desarrollo y participación de proyectos de energía tanto en Chile como en el extranjero; b) la prestación de servicios de ingeniería en todas sus áreas; c) el desarrollo de tecnología, representaciones y licenciamientos; d) la inversión, adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, en territorio nacional o en el extranjero, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma; administrar las inversiones anteriores y percibir sus frutos y rentas; e) ejecutar todo tipo de actos y contratos tendientes a estos fines; y f) inversiones y rentas mobiliarias e inmobiliarias. Capital: $2.000.000 dividido en doce mil acciones de una misma serie, todas nominativas, sin valor nominal y de igual valor, íntegramente suscritas y pagadas por M&H SpA en el mismo acto, en dinero efectivo. Administración: La administración será ejercida por y corresponderá a (A) uno o más administradores Clase A, quienes podrán actuar individual e indistintamente y sin ninguna limitación, en los términos que se prevén en el estatuto de La Sociedad; y/o, (B) dos o más administradores Clase B, debiendo actuar conjuntamente dos cualesquiera administradores clase B, para celebrar actos o contratos que /i/ individualmente considerados o en su conjunto, involucren montos que no excedan al equivalente en pesos o en cualquier otra moneda, de la suma de $50.000 dólares estadounidenses, y /ii/ que dichos actos no involucren la compra y venta de inmuebles ni alguna de las facultades indicadas en los números seis, siete, ocho y treinta y dos del artículo undécimo del estatuto de La Sociedad; y en los términos que allí se prevén. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 2 de abril de 2024. P. Raby B. N. P.

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