Lizet Camelia Del Carmen Gallegos Orellana Empresa Individual Responsabilidad Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
LIZET CAMELIA DEL CARMEN GALLEGOS ORELLANA Titular 17.xxx.xxx-2 | 17.xxx.xxx-2 | 100% | - |
Texto oficial del extracto
ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público, titular de la tercera notaria de Rancagua, con oficio en calle Campos número trescientos setenta y siete de esta ciudad, certifico que: viene en rectificar el extracto de escritura pública otorgada con fecha dieciocho de abril del año dos mil dieciocho, extracto que se publicó en el Diario Oficial de fecha cuatro de mayo de dos mil dieciocho. En el referido extracto ocurrió un error involuntario, en orden de omitir la edad de la compareciente doña LIZET CAMELIA DEL CARMEN GALLEGOS ORELLANA. Por lo anterior, se rectifica el referido extracto, en el único sentido de agregar a la individualización de la compareciente doña LIZET CAMELIA DEL CARMEN GALLEGOS ORELLANA, su edad, cual es de veintiocho años. En consecuencia la individualización de la compareciente ha quedado en el siguiente tenor: doña LIZET CAMELIA DEL CARMEN GALLEGOS ORELLANA, chilena, soltera, empresaria, cédula nacional de identidad número diecisiete millones quinientos tres mil trescientos noventa y uno guion dos, de veintiocho años de edad, calle Independencia numero cuatrocientos setenta, oficina uno, piso catorce, de ciudad y comuna de Rancagua, Región del Libertador Bernardo O’Higgins, constituye Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, en adelante también denominada “la empresa”, de conformidad a las prescripciones de la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete de once de Febrero del año dos mil tres, teniendo además presente las disposiciones del Código de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiere estipulado en este instrumento. El nombre de la empresa será: LIZET CAMELIA DEL CARMEN GALLEGOS ORELLANA EMPRESA INDIVIDUAL RESPONSABILIDAD LIMITADA” o “LIZET CAMELIA DEL CARMEN GALLEGOS ORELLANA EIRL” pudiendo actuar ante Bancos e Instituciones financieras con el nombre de fantasía: “INVERSIONES E INMOBILIARIA CAMELIA EIRL”. En lo restante permanece inalterado el texto del referido extracto. Rancagua, 15 de mayo de 2018.
Información societaria
Objeto social
efectuar toda clase de inversiones en área mobiliaria e inmobiliaria, efectuar inversiones en mercados de capitales, invertir y participar en todo tipo de sociedades, incorporándose o asociándose con las mismas; en el área inmobiliaria podrá adquirir bienes inmuebles urbanos o rurales, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos, efectuar remodelaciones, ampliaciones y reparaciones, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento u otra cualquiera, plantarlos y sembrarlos; de la misma forma la empresa se encuentra facultada para invertir los fondos sociales en la adquisición, compra, venta y arrendamiento de toda clase de bienes, corporales o incorporales, raíces, muebles, valores y derechos en sociedades y a obtener los beneficios y rentas de dichos bienes, ya sea que estas actividades se realicen directamente o a través de sociedades que para dicho efecto se creen o en que participe. Conjuntamente podrá efectuar atenciones profesionales de asesoría en las áreas inmobiliaria, diseño, construcción, contable, administrativa y gerencial por intermedio del titular de la empresa o de sus empleados y sin perjuicio que la empresa pueda contratar a terceros que coadyuven al cumplimiento del objeto de la empresa.
Capital
Capital total
$28.531.733
Capital pagado
$28.531.733
Capital pendiente
$0
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
LIZET CAMELIA DEL CARMEN GALLEGOS ORELLANA Titular 17.xxx.xxx-2 | 17.xxx.xxx-2 | 100% | $28.531.733 |
Administradores (1)
LIZET CAMELIA DEL CARMEN GALLEGOS ORELLANA
Texto oficial del extracto
ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público, titular de la tercera notaria de esta ciudad, con oficio en calle Campos número trescientos setenta y siete de esta ciudad, certifico que: por escritura pública otorgada hoy, ante mí, doña LIZET CAMELIA DEL CARMEN GALLEGOS ORELLANA, chilena, soltera, empresaria, cédula nacional de identidad número diecisiete millones quinientos tres mil trescientos noventa y uno guion dos, calle Independencia numero cuatrocientos setenta, oficina uno, piso catorce, de ciudad y comuna de Rancagua, Región del Libertador Bernardo O’Higgins, constituye Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, en adelante también denominada “la empresa”, de conformidad a las prescripciones de la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete de once de Febrero del año dos mil tres, teniendo además presente las disposiciones del Código de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiere estipulado en este instrumento. El nombre de la empresa será: LIZET CAMELIA DEL CARMEN GALLEGOS ORELLANA EMPRESA INDIVIDUAL RESPONSABILIDAD LIMITADA” o “LIZET CAMELIA DEL CARMEN GALLEGOS ORELLANA EIRL” pudiendo actuar ante Bancos e Instituciones financieras con el nombre de fantasía: “INVERSIONES E INMOBILIARIA CAMELIA EIRL”. Objeto de la empresa. - El giro u objeto de la empresa será efectuar toda clase de inversiones en área mobiliaria e inmobiliaria, efectuar inversiones en mercados de capitales, invertir y participar en todo tipo de sociedades, incorporándose o asociándose con las mismas; en el área inmobiliaria podrá adquirir bienes inmuebles urbanos o rurales, urbanizarlos, lotearlos, construir en ellos, efectuar remodelaciones, ampliaciones y reparaciones, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento u otra cualquiera, plantarlos y sembrarlos; de la misma forma la empresa se encuentra facultada para invertir los fondos sociales en la adquisición, compra, venta y arrendamiento de toda clase de bienes, corporales o incorporales, raíces, muebles, valores y derechos en sociedades y a obtener los beneficios y rentas de dichos bienes, ya sea que estas actividades se realicen directamente o a través de sociedades que para dicho efecto se creen o en que participe. Conjuntamente podrá efectuar atenciones profesionales de asesoría en las áreas inmobiliaria, diseño, construcción, contable, administrativa y gerencial por intermedio del titular de la empresa o de sus empleados y sin perjuicio que la empresa pueda contratar a terceros que coadyuven al cumplimiento del objeto de la empresa. Capital de la empresa. El capital de la empresa individual de responsabilidad limitada es la suma total veintiocho millones quinientos treinta y un mil setecientos treinta y tres pesos que la compareciente aporta al patrimonio de la empresa de la siguiente forma: a) Aporte en dominio del Departamento número tres mil quinientos seis del quinto piso, Acceso tres, y el derecho de uso y goce exclusivo del Estacionamiento número nueve del Condominio acogido a la Ley diecinueve mil quinientos treinta y siete, denominado Brisas de Kennedy I, ubicado en calle Samuel Román Rojas, numero ochocientos cincuenta, comuna de Rancagua y que tiene los siguientes deslindes del Lote “A”, Uno donde se encuentra emplazado el condominio; NORTE, en una parte en veintiuno coma doce metros con Lote A- nueve de la misma subdivisión; y en otra parte en sesenta coma treinta y seis metros con calle Samuel Román Rojas; SUR, en tramo veintiocho coma cuarenta y tres metros con Lote A- cuatro del mismo plano; y en tramo cincuenta y dos coma noventa y seis metros en parte con Lote A- cuatro del mismo plano y en parte con Lote A-tres del mismo plano; ORIENTE, en cuatro coma treinta metros con lote A- cuatro del mismo plano; en cincuenta y dos coma cero seis metros con Lote B de otros propietarios; y en dieciocho coma noventa y cuatro metros con Lote A- nueve del mismo plano; PONIENTE, en setenta y cinco coma treinta metros con Lote A-dos del mismo plano y subdivisión.- Lo anterior inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua a fojas dos vuelta, número tres del año dos mil once. El Rol de Avaluo de esta propiedad corresponde al número doce mil novecientos treinta y uno guion setenta y cuatro de la comuna de Rancagua. Este inmueble -Departamento número tres mil quinientos seis del quinto piso, Acceso tres, y el derecho de uso y goce exclusivo del Estacionamiento número nueve se valoriza en la suma total de dieciséis millones novecientos once mil novecientos cincuenta y tres pesos, correspondiendo al derecho indicado respecto del estacionamiento señalado a la suma de novecientos once mil novecienos cincuenta y tres pesos. b) Aporte en dominio del Lote Uno A, de la subdivisión de la propiedad ubicada en calle Santa Julia, numero doscientos cuarenta y cinco de la Comuna de San Francisco de Mostazal, y que deslinda; NORTE, en ocho metros con propiedad de señora Marta Pavez ANTES Carlos Reyes y sucesión Zamorano; y en dos metros con lote uno; SUR, en diez metros con calle Santa Julia; ORIENTE, en treinta y cuatro coma cuarenta y siete metros con lote uno y en ocho metros con lote uno; y PONIENTE, en cuarenta y dos coma treinta metros con propiedad hoy señor Miguel Reyes Zúñiga, antes Carlos Reyes.- Lo anterior inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua a fojas cinco mil trescientos cincuenta vuelta, número cinco mil trescientos cuarenta y nueve del año dos mil nueve. El Rol de Avaluo de esta propiedad corresponde al número cuarenta y cuatro guion veintisiete de la comuna de San Francisco de Mostazal. Este inmueble y aporte se valoriza en la suma de diez millones ochocientos sesenta y nueve mil setecientos ochenta pesos.- c) Aporte en dominio del Lote treinta y siete-cuarenta y cuatro de la subdivisión del Lote Treinta y Siete del Lote A del predio denominado Chacayes sector Uno, ubicado en la comuna de Machalí y cuyos deslindes son: NORTE, tramo CX-DB, en ciento tres coma doce metros con lote treinta y siete guion cuarenta y tres; SUR, tramo DC-CV, en ciento veinticinco coma treinta y ocho metros con lote treinta y siete guion cuarenta y cinco; ORIENTE, tramo DB-DC, en cuarenta y nueve coma once metros con camino de acceso; y PONIENTE, tramo CV-CX, en sesenta coma diecisiete metros con lote treinta y siete guion cuarenta y dos.- Lo anterior inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua a fojas tres mil ochocientos setenta y cinco número cinco mil doscientos sesenta, del año mil novecientos noventa y dos. El Rol de Avaluo de este inmueble corresponde al cuatrocientos cuarenta y nueve guion seis de la comuna de Machalí. Este inmueble y aporte se valoriza o avalua en la suma de setecientos cincuenta mil pesos. Se hace presente que la constituyente limita su responsabilidad hasta el monto de sus aportes. Administración de la empresa. – La administración de la empresa y el uso su nombre, corresponderá a su titular, doña LIZET CAMELIA DEL CARMEN GALLEGOS ORELLANA, quien anteponiendo el nombre de la empresa a su firma, la representará con las más amplias facultades. Domicilio: la empresa tendrá su domicilio en la ciudad de Rancagua, calle Independencia numero cuatrocientos setenta, oficina uno, piso catorce, de ciudad y comuna de Rancagua, Región del Libertador Bernardo O’Higgins sin perjuicio de establecer otros domicilios en el país. Duración: la empresa empezará a regir a contar de la presente escritura y tendrá una duración indefinida. Mandato. - se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura para requerir las anotaciones, publicaciones, inscripciones y subinscripciones que correspondan para la debida legalización de este instrumento. La compareciente a esta escritura confiere poder especial al abogado Walter Enrique Droguett Pino, y a la abogado Daniela Alejandra Arancibia Arancibia, para que actuando en forma conjunta o separada puedan aclarar, complementar, corregir, agregar, señalar deslindes, fijar precios o valores respecto de los bienes que se aportan, o definirlos, redefinirlos o asignarlos de otra manera a la aquí presentada, subsanar puntos obscuros o dudosos, salvar las omisiones y rectificar los errores de copia, de referencia o de cálculos numéricos que aparezcan en la misma escritura, en relación por ejemplo, con la correcta individualización de los comparecientes y la propiedad objeto de este contrato, sus deslindes o cualquier otro requisito que fuera necesario a juicio del Conservador de Bienes Raíces o del Registrador de Comercio para inscribir adecuadamente la presente escritura. El mandatario queda especialmente facultado para suscribir todos los instrumentos públicos y privados necesarios para el cumplimiento de su cometido, pudiendo solicitar las anotaciones, inscripciones y subinscripciones a que hubiere lugar, en la matriz de la misma y en los Registros Públicos correspondientes. Rancagua, 18 de Abril de 2018.
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