Límite Del Bosque SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital libéré
$5.000.000
Actions
500
Texte officiel de l’extrait
. JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, rectifica extracto escritura constitución sociedad "LÍMITE DEL BOSQUE SpA" otorgada ante mí con fecha doce de julio del año dos mil veintitrés, publicado en la edición Nº 43.609 del Diario Oficial con fecha Lunes 24 de Julio de 2023 siguiente sentido: en la mención del capital letra a) donde dice: “Con la suma de cinco millones de pesos al contado y en dinero en efectivo en acto escriturap, equivalentes a quinientas acciones, enterándolo en caja social”, debe decir: “Con la suma de cinco millones de pesos al contado y en dinero en efectivo en acto escritura, equivalentes a quinientas acciones, enterándolo en caja social”.- Temuco, 24 de julio de 2023.
Informations sociétaires
Objet social
El objeto de la sociedad será: Uno. Productora de eventos. El estudio, creación, organización, administración, difusión, producción, realización y venta de todo tipo de eventos comerciales, culturales, musicales, artísticos, deportivos y cualquiera otro de carácter masivos, abiertos o no al público, en territorio nacional o extranjero, por cuenta propia o por encargo de terceros y la asesoría en la producción de los eventos señalados anteriormente, la contratación de toda clase de artistas, deportistas y otros personajes, la contratación de locales, teatros, restaurantes, hoteles, reservas de espectáculos y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de esta actividad, la complemente o sea una consecuencia de la misma y que los socios acuerden. Dos. Estación de servicios. Explotación de estaciones de servicio y/o bombas de bencina; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de combustibles, aceites lubricantes, accesorios, repuestos, baterías, cámaras y neumáticos, ruedas o llantas para vehículos motorizados, de cualquier especie; prestación de servicios múltiples de mecánica, recauchaje, vulcanización, lavado, engrase y demás de toda clase de móviles y servicio de venta de alimentos, productos de consumo, cafetería y varios; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de esta actividad, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Tres. Casa de cambio y operadores de divisas. Realización habitual y profesional de operaciones de compra- venta y cambio de divisas, billetes y piezas metálicas nacionales o extranjeras, que no sean de curso legal en el país, tales como: billetes y piezas en metales comunes, extranjeros, con curso legal en el país de emisión, como asimismo envíos o recepción de dinero desde o hacia el extranjero y transferencias bancarias. Cuatro. Exportadora e importadora. La compraventa, exportación, importación, intermediación y transporte, en vehículos propios o ajenos, distribución y representación de firmas nacionales o extranjeras; comercialización, compraventa, con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles por destinación, como casas prefabricadas y las por armar; la prestación de asesorías en tales materias; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Cinco. Servicio de arrendamiento de automóviles, camiones, camionetas, furgones, acoplados, carros, motores, motocicletas, cuadriciclos, vehículos todo terreno y toda clase de vehículos terrestres, eléctricos o acuáticos, maquinaria, máquinas, herramientas y móviles, ya sean nuevos o usados; repuestos y accesorios de todos ellos, en la más completa gama y todo lo relacionado con los vehículos existentes en la actualidad y los que existan en el futuro. Seis. Joyas, artesanía y relojería. La confección, compraventa, importación, exportación, arrendamiento, permuta, arreglo, transformación y otros trabajos de toda clase de joyería con metales preciosos, piedras finas y semipreciosas y fantasías; la venta por cuenta de terceros, en consignación o intermediación de relojes y lo propio, en artesanía; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.- Siete: La instalación, explotación y el desarrollo de actividades, de cafetería, confiterías, minimarket, bazar, juegos de azar; la distribución y venta al por mayor o por menor de bebidas alcohólicas y no alcohólicas; la distribución y venta al por mayor y por menor de tabaco, productos de tabaco y cigarrillos; el comercio al por mayor y por menor de productos de alimentación en general, utensilios del hogar, perfumería y objetos para el uso personal y todas las actividades propias del negocio de supermercado, minimarket o almacén.- Ocho: En general cualquier otra actividad que los socios determinen estén o no relacionadas directamente con los giros principales de la sociedad.
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital libéré
$5.000.000
Capital restant dû
$5.000.000
Actions
1 000
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista 10.xxx.xxx-7 | 10.xxx.xxx-7 | 100% | $10.000.000 |
Administrateurs (1)
Texte officiel de l’extrait
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública de fecha doce de julio del año dos mil veintitrés, ante mí, IRMA RITA OYANGUREN SALGADO, chilena, casada, comerciante, cédula nacional de identidad número diez millones trescientos ochenta y nueve mil novecientos cincuenta y seis guión siete, domiciliada en callejón Massmann número cuatrocientos setenta y cuatro, departamento novecientos dos, de la comuna de Temuco. Constituyó Sociedad por Acciones. NOMBRE: "LÍMITE DEL BOSQUE SpA". CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS, dividido en MIL ACCIONES, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que la accionista doña Irma Rita Oyanguren Salgado suscribió en acto de escritura, las que pagará de la siguiente manera: a) Con la suma de cinco millones de pesos al contado y en dinero en efectivo en acto escriturap, equivalentes a quinientas acciones, enterándolo en caja social, y b) El resto, es decir cinco millones de pesos, equivalentes a quinientas acciones, se enterarán, sin reajustes ni intereses, dentro del plazo de un año a contar de esta fecha.- ADMINISTRACION: La sociedad será administrada y representada por un Administrador elegido por la Junta de accionistas, pudiendo el Administrador ser o no accionista, en el articulo segundo transitorio establece que el administrador sera: doña IRMA RITA OYANGUREN SALGADO. OBJETO: El objeto de la sociedad será: Uno. Productora de eventos. El estudio, creación, organización, administración, difusión, producción, realización y venta de todo tipo de eventos comerciales, culturales, musicales, artísticos, deportivos y cualquiera otro de carácter masivos, abiertos o no al público, en territorio nacional o extranjero, por cuenta propia o por encargo de terceros y la asesoría en la producción de los eventos señalados anteriormente, la contratación de toda clase de artistas, deportistas y otros personajes, la contratación de locales, teatros, restaurantes, hoteles, reservas de espectáculos y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de esta actividad, la complemente o sea una consecuencia de la misma y que los socios acuerden. Dos. Estación de servicios. Explotación de estaciones de servicio y/o bombas de bencina; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de combustibles, aceites lubricantes, accesorios, repuestos, baterías, cámaras y neumáticos, ruedas o llantas para vehículos motorizados, de cualquier especie; prestación de servicios múltiples de mecánica, recauchaje, vulcanización, lavado, engrase y demás de toda clase de móviles y servicio de venta de alimentos, productos de consumo, cafetería y varios; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de esta actividad, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Tres. Casa de cambio y operadores de divisas. Realización habitual y profesional de operaciones de compra- venta y cambio de divisas, billetes y piezas metálicas nacionales o extranjeras, que no sean de curso legal en el país, tales como: billetes y piezas en metales comunes, extranjeros, con curso legal en el país de emisión, como asimismo envíos o recepción de dinero desde o hacia el extranjero y transferencias bancarias. Cuatro. Exportadora e importadora. La compraventa, exportación, importación, intermediación y transporte, en vehículos propios o ajenos, distribución y representación de firmas nacionales o extranjeras; comercialización, compraventa, con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles por destinación, como casas prefabricadas y las por armar; la prestación de asesorías en tales materias; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Cinco. Servicio de arrendamiento de automóviles, camiones, camionetas, furgones, acoplados, carros, motores, motocicletas, cuadriciclos, vehículos todo terreno y toda clase de vehículos terrestres, eléctricos o acuáticos, maquinaria, máquinas, herramientas y móviles, ya sean nuevos o usados; repuestos y accesorios de todos ellos, en la más completa gama y todo lo relacionado con los vehículos existentes en la actualidad y los que existan en el futuro. Seis. Joyas, artesanía y relojería. La confección, compraventa, importación, exportación, arrendamiento, permuta, arreglo, transformación y otros trabajos de toda clase de joyería con metales preciosos, piedras finas y semipreciosas y fantasías; la venta por cuenta de terceros, en consignación o intermediación de relojes y lo propio, en artesanía; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.- Siete: La instalación, explotación y el desarrollo de actividades, de cafetería, confiterías, minimarket, bazar, juegos de azar; la distribución y venta al por mayor o por menor de bebidas alcohólicas y no alcohólicas; la distribución y venta al por mayor y por menor de tabaco, productos de tabaco y cigarrillos; el comercio al por mayor y por menor de productos de alimentación en general, utensilios del hogar, perfumería y objetos para el uso personal y todas las actividades propias del negocio de supermercado, minimarket o almacén.- Ocho: En general cualquier otra actividad que los socios determinen estén o no relacionadas directamente con los giros principales de la sociedad. DURACION: La sociedad tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que la Ley y estos estatutos establecen. DOMICILIO: El domicilio legal de la sociedad será la ciudad y comuna de Temuco, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que el o los socios acuerden establecer, en el país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 21 de julio de 2023.-
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