La Cumbre SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
a) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración u otra forma de explotación, de inmuebles amoblados o sin amoblar, destinados a la explotación de servicios hoteleros, turísticos y gastronómicos, sean estos hoteles, cabañas, residenciales y restaurantes, por cuenta propia o ajena, y en general, el desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios turísticos y ecoturístico; b) El arrendamiento en todas sus formas de bienes corporales muebles; c) La ejecución de toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las indicaciones y que los socios acuerden, y en general ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad.
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital integralizado
$10.000.000
Capital pendente
$0
Ações
100
Sócios (1)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 10.xxx.xxx-9 | 10.xxx.xxx-9 | 100% | $10.000.000 |
Administradores (1)
Representantes perante o SII (1)
Texto oficial do extrato
HUGO MONROY FOIX, Abogado, Notario Público Titular de Quillota, con oficio en calle O’Higgins número 414, comuna de Quillota, certifico: por escritura pública de hoy, ante mí, repertorio N° 2911-2023 Doña ROSA MYRIAM CASTRO FAJARDO, cédula de identidad Nº 10.358.320-9, domiciliada en Ruta F guión veinte, kilometro diez, comuna de Nogales, constituyó una Sociedad por Acciones. Razón social: LA CUMBRE SpA. Domicilio: Comuna de Nogales. Objeto:a) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración u otra forma de explotación, de inmuebles amoblados o sin amoblar, destinados a la explotación de servicios hoteleros, turísticos y gastronómicos, sean estos hoteles, cabañas, residenciales y restaurantes, por cuenta propia o ajena, y en general, el desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios turísticos y ecoturístico; b) El arrendamiento en todas sus formas de bienes corporales muebles; c) La ejecución de toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las indicaciones y que los socios acuerden, y en general ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad. Administración: Gerente General. La Sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo éste ser o no accionista, designado y esencialmente revocable, por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta. Sin embargo, no será necesaria la celebración de Junta de Accionistas para efectos de la designación o revocación del Gerente General en caso que tal designación o revocación conste por escritura pública firmada por el único accionista o por todos los accionistas de la Sociedad. Para todos los efectos, el Gerente General tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley 18.046 correspondan al gerente general de una sociedad anónima. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la Sociedad que el único accionista o todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública. Capital: El capital de la Sociedad será la cantidad de DIEZ MILLONES DE PESOS, dividido y representado en CIEN acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal.- Las acciones podrán ser emitidas sin necesidad de imprimir láminas físicas que representen dichos títulos, a menos que se solicite expresamente por el accionista, en cuyo caso, la forma, emisión, entrega, reemplazo, canje, transferencia e inutilización de tales títulos de acciones se sujetarán a las disposiciones legales y reglamentarias que les sean aplicables.- Responsabilidad: Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad.- Duración: La Sociedad tendrá una duración de veinte años, renovables de manera tácita y sucesivamente por iguales periodos si los accionistas no deciden poner término a la sociedad, mediante la celebración de una junta extraordinaria citada especialmente para tales efectos.- Artículos Transitorios. Artículo Primero.- El capital de la Sociedad asciende a DIEZ MILLONES DE PESOS, dividido y representado en CIEN acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, las cuales son suscritas en su totalidad en este acto por doña ROSA MYRIAM CASTRO FAJARDO, y que se paga de la siguiente forma: En este acto se pagan CIEN acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, equivalente a DIEZ MILLONES DE PESOS, los cuales paga en este acto, en dinero efectivo, los que ingresan a la caja social. Artículo Segundo.- A contar de la fecha de la presente escritura pública extractada se nombra a doña ROSA MYRIAM CASTRO FAJARDO, como Gerente General de la Sociedad, quien actuando individualmente, y anteponiendo su firma al nombre de la mandante, podrá representar a la Sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en los artículos Décimo Cuarto y Décimo Quinto de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Quillota, 20 de diciembre de 2023.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
La Cumbre SpA
CVE 2430595
