Sociedade de Responsabilidade Limitada

JyS Abogados Limitada

CONSTITUCIÓN — 23 de jun. de 2022

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2022-06-23Ver PDF (CVE 2146375)

Informações societárias

Ltda
Gertrudis Echenique 30 Of 32
Duração: cinco años, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno
Administração: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Cristián Felipe Jara Brito y Jorge Antonio Schleyer Alt, quienes, actuando conjuntamente, y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes.

Objeto social

la prestación de servicios y asesoría profesional a empresas y personas en materias jurídicas, comerciales, económicas, laborales y tributarias

Capital

Capital total

$100.000

Capital integralizado

$100.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

Cristián Felipe Jara Brito

Socio

50%

Jorge Antonio Schleyer Alt

Socio

50%

Administradores (2)

Cristián Felipe Jara Brito

Administrador

Jorge Antonio Schleyer Alt

Administrador

Texto oficial do extrato

MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, abogado, Notario Público, suplente del titular don Patricio Raby Benavente, domicilio Gertrudis Echenique 30 Of 32 comuna Las Condes, Santiago, CERTIFICA: por escritura pública de fecha 13 de Junio de 2022, repertorio 6106-2022, ante mí: Cristián Felipe Jara Brito y Jorge Antonio Schleyer Alt constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre socios: Cristián Felipe Jara Brito y Jorge Antonio Schleyer Alt Razón Social: El nombre de la sociedad es JyS Abogados Limitada, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente expresiones tales como: “JyS y Cía.”; “JyS”; “J&S Cía. Abogados”; “J&S Cía.”. Administración y uso de la razón social: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Cristián Felipe Jara Brito y Jorge Antonio Schleyer Alt, quienes, actuando conjuntamente, y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de cien mil pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don Cristián Felipe Jara Brito aporta la suma de cincuenta mil pesos, que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo, equivalente al cincuenta por ciento del capital y derechos sociales; y b) don Jorge Antonio Schleyer Alt aporta la suma de cincuenta mil pesos, al contado y en dinero efectivo, equivalente al cincuenta por ciento del capital y derechos sociales. Giro de la sociedad: El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios y asesoría profesional a empresas y personas en materias jurídicas, comerciales, económicas, laborales y tributarias. Duración: La Sociedad comienza a regir con esta misma fecha y tendrá una duración de cinco años, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de Junio 2022.- Maria Virginia Wielandt Covarrubias.- Notario Suplente.

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