Entreprise individuelle à responsabilité limitée

José Manuel Pavez Ahumada Empresa Individual De Responsabilidad Limitada

CONSTITUCIÓN — 23 oct. 2020

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2020-10-23Voir le PDF (CVE 1834873)

Informations sociétaires

E.I.R.L.
Rengo, O'Higgins
Durée: 10 años renovable automática y sucesivamente por períodos de cinco años
Administration: Administración y razón social corresponde a José Manuel Pavez Ahumada

Objet social

la explotación de los predios agrícolas, que se adquieran o se detenten a cualquier título durante la vigencia de la sociedad, o –en general- cualquier otra actividad relacionada con el giro de la empresa

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Associés (1)

NomParticipation

José Manuel Pavez Ahumada

Titular

4.xxx.xxx-5

100%

Administrateurs (1)

José Manuel Pavez Ahumada

4.xxx.xxx-5Titular

Texte officiel de l’extrait

EDMUNDO ANTONIO FIGUEROA ALVAREZ, Abogado, Notario Público titular de la Notaría de Rengo, con oficio en calle Diego Portales 102 B, certifico: Que por escritura pública de hoy ante mí: don JOSÉ MANUEL PAVEZ AHUMADA, C.I.R.U.T N 4.726.714-5, de setenta y ocho años de edad, domiciliado en Villa del Cobil, Rengo, constituyó Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, razón social: “JOSÉ MANUEL PAVEZ AHUMADA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, nombre de fantasía “JOSÉ PAVEZ AHUMADA E.I.R.L.”.- Objeto: será la explotación de los predios agrícolas, que se adquieran o se detenten a cualquier título durante la vigencia de la sociedad, o –en general- cualquier otra actividad relacionada con el giro de la empresa.- Domicilio: Rengo.- Administración y razón social corresponde a José Manuel Pavez Ahumada.- Capital: $2.000.000, que se entera con el aporte del derecho de usufructo vitalicio del Lote A Uno, resultante de la subdivisión del Lote A o una propiedad agrícola ubicada en Villa del Cobil, el cual se encuentra inscrito a fojas 1527, N 556 del Registro de Hipotecas del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Rengo.- La responsabilidad del constituyente queda limitada al monto del aporte, sobre todas las obligaciones contraídas dentro de su giro.- Duración: 10 años renovable automática y sucesivamente por períodos de cinco años. Demás estipulaciones constan sociedad extractada. Rengo, 19 de octubre de 2020.

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