Sociedad de Responsabilidad Limitada

Jose Luis Del Valle E Hijos Limitada

CONSTITUCIÓN — 6 dic 2023

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2023-12-06Ver PDF (CVE 2417263)

Información societaria

Ltda
Guaitecas, Aysén
Duración: Diez años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad.
Administración: Representación, administración y uso de la razón social, así como uso y administración del nombre y giro, le corresponderá a JOSE LUIS DEL VALLE ESPINDOLA.

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Actividades relacionadas con la Pesca Artesanal.; Extracción de Recursos Acuáticos en general; Recolección de Productos Marinos, como Perlas Naturales, Esponjas, Corales y Algas. Servicios Relacionados con la Pesca, se incluyen servicios profesionales; Venta y compra al por menor y mayor de pescados, mariscos y productos conexos; Transporte Marítimo y de Cabotaje de Pasajeros y transporte Marítimo y de Cabotaje de Carga; Transporte de pasajeros por vías de navegación interior y Transporte de Carga por esas vías de Navegación y Transporte de carga por carretera; b) la compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; c) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; d) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; e) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, y f) cualquier otra actividad que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$100.000.000

Socios (3)

NombreParticipación

JOSE LUIS DEL VALLE ESPINDOLA

Socio

11.xxx.xxx-2

40%

JOSE LUIS DEL VALLE COLI

Socio

18.xxx.xxx-7

30%

GONZALO JAVIER DEL VALLE COLI

Socio

19.xxx.xxx-7

30%

Administradores (1)

JOSE LUIS DEL VALLE ESPINDOLA

11.xxx.xxx-2Administrador

Representantes ante el SII (1)

JOSE LUIS DEL VALLE ESPINDOLA

11.xxx.xxx-2Representante

Texto oficial del extracto

FERNANDO CRISTIAN ARANCIBIA MEZA, Notario, Conservador y Archivero Judicial de Cisnes, Las Guaitecas y Lago Verde, oficio ubicado en calle Santiago Amengual N° 135, Puerto Cisnes, certifica: Por escritura hoy, ante mí, comparecieron don JOSE LUIS DEL VALLE ESPINDOLA, chileno, casado, pequeño empresario, cédula de nacional de identidad número once millones trescientos catorce mil ciento noventa y siete guion dos, don JOSE LUIS DEL VALLE COLI, chileno, soltero, pequeño empresario, cedula nacional de identidad número dieciocho millones quinientos cuarenta y siete mil ochenta y cinco guion siete, y don GONZALO JAVIER DEL VALLE COLI, chileno, pequeño empresario, soltero, cedula nacional de identidad número diecinueve millones trescientos sesenta y cinco mil novecientos treinta y cinco guion siete, todos domiciliados en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, ciudad de Melinka, comuna de Guaitecas, calle Tocopilla sin número, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “JOSE LUIS DEL VALLE E HIJOS LIMITADA", como indistintamente podrá usar como nombre de fantasía “ JVC Limitada”, en todos los documentos que se suscriban por la sociedad. Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Actividades relacionadas con la Pesca Artesanal.; Extracción de Recursos Acuáticos en general; Recolección de Productos Marinos, como Perlas Naturales, Esponjas, Corales y Algas. Servicios Relacionados con la Pesca, se incluyen servicios profesionales; Venta y compra al por menor y mayor de pescados, mariscos y productos conexos; Transporte Marítimo y de Cabotaje de Pasajeros y transporte Marítimo y de Cabotaje de Carga; Transporte de pasajeros por vías de navegación interior y Transporte de Carga por esas vías de Navegación y Transporte de carga por carretera; b) la compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; c) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; d) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; e) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, y f) cualquier otra actividad que acuerden los socios. Domicilio: Comuna de Guaitecas y ciudad de Melinka, Región de Aysén, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. - Duración: Diez años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad. Capital: Cien Millones de pesos, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) Don JOSE LUIS DEL VALLE ESPINDOLA, ya individualizado, se obliga a enterar el equivalente al cuarenta por ciento del capital social, mediante el aporte de Cuarenta Millones de pesos, que se enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; B) don JOSE LUIS DEL VALLE COLI, ya individualizado, se obliga a enterar el equivalente al treinta por ciento del capital social, mediante el aporte de Treinta Millones de pesos, que se enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales, y C) don GONZALO JAVIER DEL VALLE COLI, ya individualizado, se obliga a enterar el equivalente al treinta por ciento del capital social, mediante el aporte de Treinta Millones de pesos, que se enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requieran las necesidades sociales. Representación, administración y uso de la razón social, así como uso y administración del nombre y giro, le corresponderá a JOSE LUIS DEL VALLE ESPINDOLA. Demás estipulaciones escritura extractada. - Puerto Cisnes, 04 de diciembre de 2023.-

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