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Sociedad por Acciones

Josa SpA

CONSTITUCIÓN — 7 dic 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-12-07Ver PDF (CVE 1315694)

Información societaria

SpA
San Pedro, Región Metropolitana
Administración: Gerente General

Objeto social

A.- Vigilancia y protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones. B.- La protección de personas determinadas, previa la autorización correspondiente. C.- Seguridad vial y escolta o seguimiento de vehículos de transporte y cargas sobredimensionadas o sobrepesos, los que cuenten con todas las autorizaciones establecidas y exigidas por la regulación vigente para transitar por carreteras o vías públicas, todo ello con la finalidad de arribar a destino sin perjuicios a la carga o terceros. D.- El depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas y billetes, títulos, valores y demás objetos que, por su valor económico y expectativas que generen, o por su peligrosidad, puedan requerir protección especial, sin perjuicio de las actividades propias de las entidades financieras. E.- El transporte y distribución de los objetos a que se refiere el apartado anterior a través de los distintos medios, realizándolos, en su caso, mediante vehículos cuyas características sean determinadas por el ministerio del interior, de forma que no puedan confundirse con los de las Fuerzas Armadas ni con los de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad. F.- Instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad. G.- Explotación de centrales para la recepción, verificación y transmisión de las señales de alarmas y su comunicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como prestación de servicios de respuesta cuya realización no sea de la competencia de dichas Fuerzas y Cuerpos. H.- Planificación y asesoramiento de las actividades propias de las empresas de seguridad. I.- Prestación de servicios de vigilancia y protección de la propiedad rural mediante guardas particulares del campo. J.- Protección y custodia de vehículos de transporte y carga, en recintos cerrados, carreteras o vías públicas. K.- Además, otros giros que en el futuro guarden relación directa o indirectamente y que los accionistas o socios puedan acordar.

Capital

Capital total

$15.000.000

Capital pagado

$15.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

15.000

Socios (2)

NombreParticipación

JORGE PATRICIO SALAS ELJATIB

Accionista

-

IGNACIA BELEN SALAS BAÑADOS

Accionista

-

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

HECTOR SEPULVEDA QUINTANA, Notario Público de Concepción, Interino por vacancia, Los Canelos Nº105, San Pedro de la Paz, Certifico: Por escritura pública de fecha 29 de Noviembre de 2017, otorgada ante mí, Repertorio Nº1435/2017, JORGE PATRICIO SALAS ELJATIB y IGNACIA BELEN SALAS BAÑADOS, ambos San Pedro La Paz, Concepción, constituyeron Sociedad por Acciones, cuyos estatutos son del tenor siguiente, 1.- NOMBRE o RAZON SOCIAL: “JOSA SpA”, pudiendo usar para fines comerciales, publicitarios, de propaganda o bancarios, “ROAD SAFETY SpA”; 2.- DOMICILIO: Comuna San Pedro La paz, sin perjuicio de otros que se acuerden.; 3.- OBJETO SOCIAL: A.- Vigilancia y protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones. B.- La protección de personas determinadas, previa la autorización correspondiente. C.- Seguridad vial y escolta o seguimiento de vehículos de transporte y cargas sobredimensionadas o sobrepesos, los que cuenten con todas las autorizaciones establecidas y exigidas por la regulación vigente para transitar por carreteras o vías públicas, todo ello con la finalidad de arribar a destino sin perjuicios a la carga o terceros. D.- El depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas y billetes, títulos, valores y demás objetos que, por su valor económico y expectativas que generen, o por su peligrosidad, puedan requerir protección especial, sin perjuicio de las actividades propias de las entidades financieras. E.- El transporte y distribución de los objetos a que se refiere el apartado anterior a través de los distintos medios, realizándolos, en su caso, mediante vehículos cuyas características sean determinadas por el ministerio del interior, de forma que no puedan confundirse con los de las Fuerzas Armadas ni con los de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad. F.- Instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad. G.- Explotación de centrales para la recepción, verificación y transmisión de las señales de alarmas y su comunicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como prestación de servicios de respuesta cuya realización no sea de la competencia de dichas Fuerzas y Cuerpos. H.- Planificación y asesoramiento de las actividades propias de las empresas de seguridad. I.- Prestación de servicios de vigilancia y protección de la propiedad rural mediante guardas particulares del campo. J.- Protección y custodia de vehículos de transporte y carga, en recintos cerrados, carreteras o vías públicas; K.- Además, otros giros que en el futuro guarden relación directa o indirectamente y que los accionistas o socios puedan acordar; Quedan expresamente excluidas del objeto social todas aquellas actividades para cuyo ejercicio de la Ley exija requisitos especiales que no cumpla la Sociedad y en especial las actividades de intermediación financiera reservadas por la legislación de las instituciones de inversión colectiva de carácter financiero, y por la Ley de Mercado de Valores y disposiciones complementarias, a las Instituciones de Inversiones Colectivas; Las actividades que integran el objeto social podrán ser desarrolladas así mismo de modo indirecto por la Sociedad, mediante la participación en cualesquiera otras sociedades o empresas de objeto idéntico o análogo; 4.- CAPITAL SOCIAL: $15.000.000. dividido 15.000. acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, totalmente suscritas y pagadas, en dinero efectivo ingresado caja social. 5.- ADMINISTRACIÓN: La administración en calidad de Gerente General la tendrá y ejercerá don JORGE PATRICIO SALAS ELJATIB, quien asume dicho cargo en calidad de permanente y se encuentra premunido de todas las facultades indicadas en el artículo décimo tercero del estatuto social. Este nombramiento será válido mientras no sean revocados por la Junta de Accionistas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Pedro de la Paz, 5 de Diciembre de 2017.

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