Jorge Galaz Y Cia. Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
El ejercicio de la actividad comercial; la compraventa, distribución, importación, exportación, de todo tipo de productos relacionados con el agro; la compra, venta, de frutas y verduras; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales.
Capital
Capital total
$25.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 95% | $23.750.000 |
Socio | - | 5% | $1.250.000 |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
JAIME BERNALES VALENZUELA, Notario Público, Titular 2ª Notaria Rancagua, con oficio en Bueras Nº 359, Of. 102, CERTIFICA: Por escritura pública, fecha de hoy, ante mi, Repertorio Nº 5403-2016, JORGE ARMANDO GALAZ VERGARA, y ADALGISA SILVERIO MELO, ambos domiciliados en Las Méndez sin número, Olivar Bajo, comuna de Olivar; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: “JORGE GALAZ Y CIA. LIMITADA”. Nombre de fantasía: “GALAZ Y GALAZ LTDA.”.- DOMICILIO: Comuna de OLIVAR, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. OBJETO SOCIAL: Será: El ejercicio de la actividad comercial; la compraventa, distribución, importación, exportación, de todo tipo de productos relacionados con el agro; la compra, venta, de frutas y verduras; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales. CAPITAL SOCIAL: $25.000.000, que se aportarán y enterarán en arcas sociales de la siguiente forma: a) JORGE ARMANDO GALAZ VERGARA, aporta $23.750.000, equivalentes al 95% del capital social, en este acto, al contado y en dinero efectivo; y b) ADALGISA SILVERIO MELO, aporta $1.250.000, equivalentes al 5% del capital social, en este acto, al contado y en dinero efectivo. Responsabilidad de socios queda limitada hasta monto de sus respectivos aportes.- ADMINISTRACION Y USO DE RAZON SOCIAL: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a JORGE ARMANDO GALAZ VERGARA, quien actuando individualmente y, anteponiendo la razón social a su firma, obligará y representará a la sociedad, judicial y extrajudicialmente, con las más amplias y completas facultades y derechos, indicadas en escritura extractada. DURACION: 60 años que empezará a regir a contar de esta fecha y se entenderá renovado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 2 años cada uno, mientras ninguno de los socios exprese su voluntad de ponerle término en forma señalada escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rancagua, 21 de Noviembre de 2016.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
JORGE GALAZ Y CIA. LIMITADA
CVE 1140065
