Sociedad de Responsabilidad Limitada

Jardin Infantil Luques Limitada

CONSTITUCIÓN — 9 ago 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-08-09Ver PDF (CVE 1253750)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: CINCO AÑOS, a contar desde la fecha de éste instrumento y se prorrogará tácitamente, por periodos iguales y sucesivos de CINCO AÑOS cada vez
Administración: la representación y el uso de la razón social estará a cargo de ambos socios, quienes podrán actuar indistintamente

Objeto social

La prestación de servicios educacionales de todo tipo, ya sea en educación parvulario y pre básica; b) La consultoría en el campo de la administración y gestión de servicios educacionales de todo tipo; c) La instalación, equipamiento, explotación, administración, el tomar y dar en arrendamiento y dar franquicias de jardines infantiles. Y cualquier otro negocio que los socios acuerden en el futuro relacionado con el objeto social, tanto en el país como en el extranjero.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital pagado

$5.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

JHOSDERLIS MARAI LUQUES BARROETA

Socio

40%

JORGE EDUARDO GÓMEZ LIZANA

Socio

60%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

JUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS, Abogado, Notario Público, Titular de la Primera Notaria de la comuna de Ñuñoa, Santiago, Irarrázaval 1745 local B, comuna de Ñuñoa, certifica: Por escritura pública, de hoy ante mí JHOSDERLIS MARAI LUQUES BARROETA, Jorge Washington número cuatrocientos cuarenta y uno departamento setecientos cuatro, Comuna Ñuñoa, Región Metropolitana, JORGE EDUARDO GÓMEZ LIZANA, Rosas numero dos mil ochocientos noventa y ocho, loft mil ciento nueve, Comuna Santiago, vienen en constituir SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, Razón Social de la Sociedad será “JARDIN INFANTIL LUQUES LIMITADA” nombre de fantasía de “ANGELUZ LIMITADA” el que podrá usar para todos los efectos legales, fines publicitarios e incluso con los Bancos, Instituciones Financieras o cualquier organismo público o privado. Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que puedan establecerse sucursales en otras ciudades del país o en el extranjero. OBJETO: será La prestación de servicios educacionales de todo tipo, ya sea en educación parvulario y pre básica; b) La consultoría en el campo de la administración y gestión de servicios educacionales de todo tipo; c) La instalación, equipamiento, explotación, administración, el tomar y dar en arrendamiento y dar franquicias de jardines infantiles. Y cualquier otro negocio que los socios acuerden en el futuro relacionado con el objeto social, tanto en el país como en el extranjero. ADMINISTRACION: la representación y el uso de la razón social estará a cargo de ambos socios doña JHOSDERLIS MARAI LUQUES BARROETA, y don JORGE EDUARDO GÓMEZ LIZANA, quienes podrán actuar indistintamente, en nombre de la sociedad, anteponiendo la razón social a su firma, con amplias facultades en escritura extractada. capital de la sociedad es $5.000.000, que los socios enteran de la siguiente forma: doña JHOSDERLIS MARAI LUQUES BARROETA, aporta dos millones de pesos, en este acto y en dinero efectivo, equivalentes al cuarenta por ciento de los derechos sociales, y don JORGE EDUARDO GÓMEZ LIZANA, aporta tres millones de pesos, en este acto y en dinero efectivo, equivalentes al sesenta por ciento de los derechos sociales.- DURACION: sociedad se pacta por un plazo de CINCO AÑOS, a contar desde la fecha de éste instrumento y se prorrogará tácitamente, por periodos iguales y sucesivos de CINCO AÑOS cada vez. DOMICILIO: en la ciudad de Santiago, pudiendo tener oficinas y sucursales en cualquier localidad o ciudad del país, e incluso en el extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago a 21 de Julio 2017.-

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