Jana Veth Servicios Jurídicos Jv Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales de asesoramiento y representación jurídica en todas las áreas del derecho, a personas naturales y jurídicas, sean privadas o públicas.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $500.000 |
Socio | - | 50% | $500.000 |
管理人(2)
摘要官方正文
Ministerio del Interior RODRIGO ANDRÉS PINARES ALVARADO, Notario Suplente del Titular de la 2° Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 26 de Agosto de 2025, Repertorio N°82.768-2025, ante Notario Titular Francisco Javier Leiva Carvajal, ÁLVARO JAVIER JANA LINETZKY y DANIELA VETH RAFFO, domiciliados en Cerro El Plomo N°5420, Oficina 402, Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron la siguiente Sociedad de Responsabilidad Limitada: Nombre o razón social: “JANA VETH SERVICIOS JURÍDICOS JV LIMITADA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales de asesoramiento y representación jurídica en todas las áreas del derecho, a personas naturales y jurídicas, sean privadas o públicas. Administración y uso de razón social: Corresponderá indistintamente a ÁLVARO JAVIER JANA LINETZKY y a DANIELA VETH RAFFO. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, que se aporta, entera y paga como se indica a continuación: a) ÁLVARO JAVIER JANA LINETZKY, aporta la suma de $500.000.- equivalentes al 50% del capital social, los que entera y paga en el acto, en dinero efectivo, ingresando a la caja social; y b) DANIELA VETH RAFFO, aporta la suma de $500.000.-, equivalentes al 50% del capital social, los que entera y paga en el acto, en dinero efectivo, ingresando a la caja social. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezcan en el resto del país o en el extranjero. Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la escritura social y tendrá una duración de 30 años, prorrogables automática y sucesivamente por periodos iguales, a menos que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración hecha por escritura pública anotada al margen de la inscripción social efectuada con anticipación no menor a 6 meses a la expiración del plazo o prorroga que estuviere vigente. Limitación de responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan de escritura extractada.- Santiago, 04 de Septiembre de 2025.
最近登記事項
- CONSTITUCIÓN
JANA VETH SERVICIOS JURÍDICOS JV LIMITADA
CVE 2699794
