J&r Prado SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La Sociedad tendrá por objeto la inversión, utilizando recursos propios o de terceros, en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios y de derechos sociales; y la participación, promoción y desarrollo de actividades inmobiliarias y, en general, la ejecución de todas las actividades conducentes a la realización de los fines antes mencionados. Para estos efectos, podrá comprar, administrar y vender toda clase de bienes raíces y muebles, explotarlos, remodelarlos, constituir gravámenes y derechos sobre ellos, ampliarlos, mejorarlos, decorarlos y modificarlos o alterarlos de cualquier otra forma en su estructura o estado; inversión de capitales, en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles; inversión nacional o extranjera; constituir sociedades de cualquier clase, naturaleza, objeto o nacionalidad, comunidades, administradoras de fondos y otros vehículos de inversión y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; comprar, vender y comercializar derechos en sociedades, acciones, efectos de comercio, valores negociables y todo tipo de instrumentos financieros, monedas, divisas e invertir en otras operaciones de crédito de dinero, así como en instrumentos derivados que no tuvieren el anterior carácter; dar en cesión temporal a cualquier título los bienes muebles o raíces que posea; prestar toda clase de asesorías financieras, comerciales, jurídicas, contables, de inversión y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ámbito financiero y legal, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; administrar los fondos de la operación del giro y de las inversiones y asesorías realizadas y distribuir los frutos obtenidos con tal que sea necesario para el perfeccionamiento de los objetivos precedentemente indicados; percibir las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración, así como la promoción, organización, construcción, desarrollo y participación de todo tipo de negocios inmobiliarios; y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad sin limitaciones de especie alguna.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
股份
1,000,000
管理人(2)
SII 代表(2)
摘要官方正文
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifico que, ante mí: Por escritura pública de fecha 06-10-2023, RPA SpA, debidamente representada por don ABRAHAM RODRIGO PRADO ARAVENA, y JPC SpA, debidamente representada por don JAVIER OSCAR PRADO CERONI, todos domiciliados para estos efectos en Av. La Dehesa N°1939, oficina 207, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones: Razón Social: El nombre o razón social es J&R PRADO SpA. Domicilio: Su domicilio legal será la comuna y ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de las agencias o sucursales que el administrador de la Sociedad decida establecer en otros lugares, dentro o fuera del país. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la inversión, utilizando recursos propios o de terceros, en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios y de derechos sociales; y la participación, promoción y desarrollo de actividades inmobiliarias y, en general, la ejecución de todas las actividades conducentes a la realización de los fines antes mencionados. Para estos efectos, podrá /a/ Comprar, administrar y vender toda clase de bienes raíces y muebles, explotarlos, remodelarlos, constituir gravámenes y derechos sobre ellos, ampliarlos, mejorarlos, decorarlos y modificarlos o alterarlos de cualquier otra forma en su estructura o estado; /b/ Inversión de capitales, en toda clase de bienes corporales o incorporales, sean estos muebles o inmuebles; Inversión nacional o extranjera /c/ Constituir sociedades de cualquier clase, naturaleza, objeto o nacionalidad, comunidades, administradoras de fondos y otros vehículos de inversión y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; /d/ Comprar, vender y comercializar derechos en sociedades, acciones, efectos de comercio, valores negociables y todo tipo de instrumentos financieros, monedas, divisas e invertir en otras operaciones de crédito de dinero, así como en instrumentos derivados que no tuvieren el anterior carácter; /e/ Dar en cesión temporal a cualquier título los bienes muebles o raíces que posea; /f/ Prestar toda clase de asesorías financieras, comerciales, jurídicas, contables, de inversión y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ámbito financiero y legal, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad; /g/ Administrar los fondos de la operación del giro y de las inversiones y asesorías realizadas y distribuir los frutos obtenidos con tal que sea necesario para el perfeccionamiento de los objetivos precedentemente indicados; /h/ Percibir las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración, así como la promoción, organización, construcción, desarrollo y participación de todo tipo de negocios inmobiliarios; e /i/ En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad sin limitaciones de especie alguna. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente en forma conjunta o separada a don ABRAHAM RODRIGO PRADO ARAVENA y don JAVIER OSCAR PRADO CERONI, quién tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el Artículo Cuarenta de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis otorga al Directorio de una sociedad anónima y las ejercerá personalmente, a través de sus mandatarios habituales o a través de aquellos mandatarios que designe especialmente para tal efecto, y/o en caso de que la Junta de Accionistas lo determine en sesión especialmente convocada al efecto, con el voto favorable de la mayoría absoluta de las acciones válidamente emitidas con derecho a voto, por un Directorio. Capital: El capital de la Sociedad es de $1.000.000.-, dividido en 1.000.000.- de acciones, todas nominativas, de igual valor y sin valor nominal, que se suscribe, entera y paga de la siguiente forma: a) RPA SpA, suscribe y paga 850.000.- acciones, lo que corresponde al 85% de las mismas, y entera y paga en este acto, en dinero en efectivo, la suma de $850.000.- pesos, declarando la sociedad J&R PRADO SpA, recibir dicha cantidad a su entera, completa y total satisfacción; y b) JPC SpA, suscribe y paga 150.000.- acciones, lo que corresponde al 15% de las mismas y entera y paga en este acto, en dinero en efectivo, la suma de $150.000.- pesos, declarando la sociedad J&R PRADO SpA, recibir dicha cantidad a su entera completa y total satisfacción. De conformidad con lo anterior, el capital social de $1.000.000.- de pesos, dividido en 1.000.000.- de acciones, todas nominativas de igual valor y sin valor nominal, ha quedado íntegramente suscrito y pagado. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 6 de octubre del 2023.
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CVE 2400237
