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Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inversiones y Asesorías Ruddel Limitada

CONSTITUCIÓN — 10 de jul. de 2026

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2026-07-10Ver PDF (CVE 2836972)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: quince años, contados desde la fecha de la escritura extractada, y se prorrogará en forma automática y sucesiva por períodos de cinco años cada uno, a menos de que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período
Administração: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña Rocío Amneris Rudloff Del Villar y a don Ignacio Waldemar Rudloff Del Villar quienes, actuando individual, separada e indistintamente, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad con amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto de la sociedad.

Objeto social

La sociedad tiene por objeto: (a) la prestación de servicios de consultorías y asesorías técnicas, de ingeniería, financieras, contables, administrativas, y de análisis integral o de aspectos técnicos de empresas o proyectos; (b) efectuar inversiones en todo tipo de sociedades, fondos de inversión, en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas, comandita por acciones o simplemente en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, de responsabilidad limitada o por acciones, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; y, (c) la celebración de todos los demás actos y contratos tendientes al cumplimiento del giro social señalado.

Capital

Capital total

$500.000

Capital integralizado

$500.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

Rocío Amneris Rudloff Del Villar

Socio

50%

Ignacio Waldemar Rudloff Del Villar

Socio

50%

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 30 de junio de 2026, repertorio 14.066/2026, ante mi Suplente doña Mariam Salua Buale Novoa, doña Rocío Amneris Rudloff Del Villar, domiciliada en Mar del Plata 2060, departamento 706, comuna de Providencia, Región Metropolitana, y don Ignacio Waldemar Rudloff Del Villar, domiciliado en Avenida Parque los Castaños 1670, casa 12, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: 1. Razón Social: “Inversiones y Asesorías Ruddel Limitada”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “Ruddel Ltda.” (en adelante, la “Sociedad”). 2. Objeto: La sociedad tiene por objeto: (a) la prestación de servicios de consultorías y asesorías técnicas, de ingeniería, financieras, contables, administrativas, y de análisis integral o de aspectos técnicos de empresas o proyectos; (b) efectuar inversiones en todo tipo de sociedades, fondos de inversión, en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas, comandita por acciones o simplemente en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, de responsabilidad limitada o por acciones, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; y, (c) la celebración de todos los demás actos y contratos tendientes al cumplimiento del giro social señalado. 3. Administración y uso de la razón social: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña Rocío Amneris Rudloff Del Villar y a don Ignacio Waldemar Rudloff Del Villar quienes, actuando individual, separada e indistintamente, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad con amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto de la sociedad. 4. Capital: El capital social asciende a la suma de $500.000, que se entera y aporta íntegramente por los socios constituyentes en la fecha de la escritura extractada, según se indica a continuación: a) Doña Rocío Amneris Rudloff Del Villar, entera la suma de $250.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales; y, b) Don Ignacio Waldemar Rudloff Del Villar, entera la suma de $250.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales. 5. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio que los socios acuerden establecer oficinas, agencias o sucursales en otras comunas o ciudades del país o del extranjero. 6. Duración: La Sociedad tendrá una duración de quince años, contados desde la fecha de la escritura extractada, y se prorrogará en forma automática y sucesiva por períodos de cinco años cada uno, a menos de que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período. 7. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de julio de 2026.

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