有限責任公司

Inversiones Y Asesorías Río Negro Limitada

CONSTITUCIÓN — 2022年9月17日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2022-09-17查看 PDF(CVE 2189034)

公司資料

Ltda
Los Ángeles, Biobío
期限: 10 años, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en la forma indicada en la escritura que se extracta
管理方式: La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a doña MARÍA JOSEFINA GUZMÁN ECHAZARRETA o a don PEDRO PABLO AXEL LARRAÍN GUZMÁN, indistintamente, y se acuerda suplencia para el caso de ausencia o impedimento de la administradora MARÍA JOSEFINA GUZMÁN ECHAZARRETA.

公司目的

Consistirá en la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y valores mobiliarios, en títulos y acciones, en bonos y debentures, en créditos de cualquier especie y demás efectos de comercio, en patentes, marcas, licencias y concesiones de cualquier naturaleza, en todas sus formas y estructuras jurídicas; administrar dichas inversiones y percibir e invertir sus frutos o rentas. Asimismo, podrá participar como socia en toda clase de sociedades, de personas o de capitales o de cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas o integrarse a ellas, como también, administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza, e igualmente administrar y explotar bienes muebles e inmuebles de personas, comunidades, sociedades, corporaciones y fundaciones. Podrá también emitir y hacer oferta pública de todo tipo de valores, prestar servicios de asesoría a terceros en materias financieras, agrícolas, inmobiliarias y de negocios y, en general la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atingente a los fines sociales.

資本

總資本

$2.499.000.000

實繳資本

$2.499.000.000

股東(4)

姓名持股比例

MARÍA JOSEFINA GUZMÁN ECHAZARRETA

Socio

18.97%

MARÍA JOSEFINA LARRAÍN GUZMÁN

Socio

27.01%

PEDRO PABLO AXEL LARRAÍN GUZMÁN

Socio

27.01%

FRANCISCO JOSÉ LARRAÍN GUZMÁN

Socio

27.01%

摘要官方正文

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público, titular de la 41° Notaría de Santiago, con oficio en calle Paseo Huérfanos número 1.160, subsuelo, Santiago, certifica que por escritura pública de hoy ante mí comparecieron : doña MARÍA JOSEFINA GUZMÁN ECHAZARRETA, domiciliada en calle Juan Antonio Coloma, número 202, Los Ángeles, Octava Región, y de paso en esta, don PEDRO PABLO AXEL LARRAÍN GUZMÁN, con domicilio en avenida Américo Vespucio Norte 2.939, departamento 302, comuna de Vitacura, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, doña MARÍA JOSEFINA LARRAÍN GUZMÁN, con domicilio en Avenida Kennedy interior número 5428, departamento 34, comuna de Vitacura, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y don FRANCISCO JOSÉ LARRAÍN GUZMÁN, con domicilio en Avenida Luis Carrera 2331, Departamento 154, comuna de Vitacura, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana; y todos los anteriores además en su calidad de socios de “AGRÍCOLA Y FORESTAL EL RINCÓN LIMITADA”, sociedad del giro de su denominación, con domicilio en calle Juan Antonio Coloma, número 202, ciudad de Los Ángeles, Octava Región. Los precedentemente individualizados MARÍA JOSEFINA GUZMÁN ECHAZARRETA, don PEDRO PABLO AXEL LARRAÍN GUZMÁN, doña MARÍA JOSEFINA LARRAÍN GUZMÁN, y don FRANCISCO JOSÉ LARRAÍN GUZMÁN constituyeron sociedad civil de responsabilidad limitada, en conformidad a las prescripciones de la Ley N° 3.918. Con domicilio en la ciudad de LOS ANGELES. RAZÓN SOCIAL: "INVERSIONES Y ASESORÍAS RÍO NEGRO LIMITADA" la que podrá actuar y funcionar para fines de publicidad, con el nombre de fantasía "Río Negro Ltda.” OBJETO SOCIAL: Consistirá en la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales y valores mobiliarios, en títulos y acciones, en bonos y debentures, en créditos de cualquier especie y demás efectos de comercio, en patentes, marcas, licencias y concesiones de cualquier naturaleza, en todas sus formas y estructuras jurídicas; administrar dichas inversiones y percibir e invertir sus frutos o rentas. Asimismo, podrá participar como socia en toda clase de sociedades, de personas o de capitales o de cuentas en participación, pudiendo organizarlas, constituirlas o integrarse a ellas, como también, administrar o tomar parte de la administración de sociedades de cualquier naturaleza, e igualmente administrar y explotar bienes muebles e inmuebles de personas, comunidades, sociedades, corporaciones y fundaciones. Podrá también emitir y hacer oferta pública de todo tipo de valores, prestar servicios de asesoría a terceros en materias financieras, agrícolas, inmobiliarias y de negocios y, en general la ejecución de cualquier acto y la celebración de todo contrato civil o comercial atingente a los fines sociales. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a doña MARÍA JOSEFINA GUZMÁN ECHAZARRETA o a don PEDRO PABLO AXEL LARRAÍN GUZMÁN, indistintamente, y se acuerda suplencia para el caso de ausencia o impedimento de la administradora MARÍA JOSEFINA GUZMÁN ECHAZARRETA. CAPITAL SOCIAL: $2.499.000.000, que se aportan por los socios, en la siguiente forma y proporción: A.- doña MARÍA JOSEFINA GUZMÁN ECHAZARRETA aporta la suma de $474.000.000, equivalentes al 18,97% del capital social, cantidad que es enterada en este acto: a) Con el aporte de sus derechos sociales, en la sociedad “AGRÍCOLA Y FORESTAL EL RINCÓN LIMITADA”, sociedad singularizada en la comparecencia, que equivalen a un 99,4% de participación en la sociedad, avaluados de común acuerdo por las partes en la suma de $473.838.797 ; y b) Con el aporte en dinero efectivo de $161.203 . El aporte señalado precedentemente, a la sociedad “INVERSIONES y ASESORÍAS RÍO NEGRO LIMITADA”, es aceptado por los actuales y únicos socios de la sociedad “AGRÍCOLA Y FORESTAL EL RINCÓN LIMITADA” comparecientes al acto. B.- doña MARÍA JOSEFINA LARRAÍN GUZMÁN, don PEDRO PABLO AXEL LARRAÍN GUZMÁN, y don FRANCISCO JOSÉ LARRAÍN GUZMÁN, aportan la suma total de $2.025.000.000, efectuando cada uno de ellos, un aporte de $675.000.000, que representa el 27,01% de participación social para cada uno de ellos, monto que se entera en este acto con el aporte de la nuda propiedad de los inmuebles que adquirieron por partes iguales y de que da cuenta escritura extractada. DURACIÓN: La sociedad empezará a regir desde la fecha de la escritura de que da cuenta este extracto, y tendrá una duración de 10 años, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en la forma indicada en la escritura que se extracta. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Stgo 22-08-2022. Félix Jara Cadot-NT.

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