Inversiones Y Asesorias Ernesto Alejandro Espinoza Navarrete E.I.R.L..
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$90.000.000
Capital libéré
$90.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (1)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
ERNESTO ALEJANDRO ESPINOZA NAVARRETE Titular 13.xxx.xxx-7 | 13.xxx.xxx-7 | 100% | $90.000.000 |
Texte officiel de l’extrait
CARLOS ALARCON RAMIREZ, Notario Público Titular, domiciliado Bello 911, Temuco, certifica: por escritura pública otorgada ante el Titular Carlos Alarcón Ramírez, con fecha 07/12/2017, Repertorio Nº 9017-2017, ERNESTO ALEJANDRO ESPINOZA NAVARRETE; chileno, casado en régimen de separación total de bienes, Ingeniero, domiciliado en calle Valle Aconcagua número mil cincuenta de la comuna y ciudad de Temuco, de treinta y ocho años de edad, cédula de identidad número trece millones setecientos treinta y un mil ochocientos treinta y siete guión siete; RECTIFICA Y SANEA: escritura pública de constitución de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, otorgada ante Notario público ciudad de Temuco Carlos Alarcón Ramírez, anotada en Repertorio de dicha notaría, con el número cuatro mil setenta y cuatro guión dos mil diecisiete. Su extracto fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición número cuarenta y un mil setecientos noventa y tres de fecha veintisiete de Junio del año dos mil diecisiete; escritura de rectificación y saneamiento, otorgada ante el Notario Público de la ciudad de Temuco, don Carlos Alarcón Ramírez, anotada en el Repertorio de dicha notaría con el número cuatro mil seiscientos treinta y ocho guión dos mil diecisiete y cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición de fecha veintidós de Julio del año dos mil diecisiete, número cuarenta y un mil ochocientos quince y escritura pública de rectificación y saneamiento, otorgada ante el Notario Público de la ciudad de Temuco, don Carlos Alarcón Ramírez anotada en el Repertorio de dicha notaría, con el número seis mil setecientos sesenta y dos guión dos mil diecisiete; debiendo tenerse como texto único de la escritura pública de fecha quince de septiembre del año dos mil diecisiete citada para todos los efectos legales el siguiente: PRIMERO: Que por escritura pública de fecha dieciséis de Junio del año dos mil diecisiete, Repertorio número cuatro mil setenta y cuatro guión dos mil diecisiete, otorgada ante el Notario Público de la ciudad de Temuco don Carlos Alarcón Ramírez, don ERNESTO ALEJANDRO ESPINOZA NAVARRETE ya individualizado; constituyó una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada que se regiría por las disposiciones de la Ley número diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, por las normas pertinentes del Código Comercio y supletoriamente del Código Civil, por las disposiciones legales, tributarias y contables aplicables a las sociedades comerciales de responsabilidad limitada, incluyendo las establecidas en la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, y en especial, por las disposiciones del estatuto consignado en dicha escritura. SEGUNDO: En la Cláusula Segunda de la señalada escritura, por un error involuntario, se indicó que el nombre de la sociedad sería “ERNESTO ALEJANDRO ESPINOZA NAVARRETE E.I.R.L", pudiendo actuar en la vida jurídica, incluso ante los bancos, instituciones financieras, y cualquiera otra institución privada o pública, con el nombre de fantasía de “INVERSIONES CURIMANQUE E.I.R.L”. TERCERO: En la cláusula sexta de la señalada escritura se indicó que el capital de la empresa ascendía a la suma de NOVENTA MILLONES DE PESOS, que el titular enteró en ese acto, mediante el aporte de los siguientes bienes raíces de su propiedad, individualizados bajo las letras A) y B) de dicha cláusula, indicándose erradamente, que el rol de avalúos de la propiedad individualizada en la letra B); era el número cuatro mil cinco guión cuarenta y seis de la comuna de Temuco. CUARTO: En la Cláusula Octava de dicha escritura de constitución, se estableció que la empresa tendría una duración de Treinta Años, publicándose en su extracto con fecha veintisiete de Junio del año en curso que, la duración de la empresa individual será indefinida. QUINTO: En el extracto correspondiente de la aludida empresa individual, publicado en el Diario Oficial de fecha veintisiete de Junio del año en curso, se omitió indicar el estado civil y la nacionalidad del constituyente, siendo éste Chileno, y casado en régimen de separación total de bienes. SEXTO: SANEAMIENTO Y RECTIFICACIONES: Por este instrumento, el compareciente, viene en rectificar la escritura pública señalada y en sanear para todos los efectos legales los errores de la citada escritura pública de constitución, así como de su respectivo extracto según se indicará: Primero) Se rectifica la Cláusula Segunda de la señalada escritura, en el sentido que el nombre de la empresa individual de responsabilidad limitada es “INVERSIONES Y ASESORIAS ERNESTO ALEJANDRO ESPINOZA NAVARRETE E.I.R.L", pudiendo actuar en la vida jurídica, incluso ante los bancos, instituciones financieras, y cualquiera otra institución privada o pública, con el nombre de fantasía de “INVERSIONES CURIMANQUE E.I.R.L”. Segundo) Se rectifica la letra B) de la cláusula sexta de la señalada escritura en el sentido que, el Rol de avalúos de la propiedad individualizada en dicha letra, es el número novecientos treinta y uno guión sesenta y seis; de la comuna de Temuco. Tercero) Se rectifica el extracto publicado en el Diario Oficial de fecha veintisiete de Junio del año dos mil diecisiete en el sentido que; el constituyente, tiene nacionalidad Chilena, y esta casado en régimen de separación total de bienes. Rija en todo lo demás la escritura rectificada para todos los efectos legales. QUINTO: Téngase en consecuencia como texto único de la escritura pública de rectificación y saneamiento de fecha quince de septiembre del año dos mil diecisiete, el transcrito en la cláusula cuarta precedente de este instrumento. Rija en todo lo demás, la escritura pública de fecha quince de septiembre del año dos mil diecisiete, repertorio número seis mil setecientos sesenta y dos guión dos mil diecisiete, así como la escritura pública de constitución de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada de fecha dieciséis de Junio del año dos mil diecisiete, Repertorio número cuatro mil setenta y cuatro guión dos mil diecisiete, ambas de la Notaría de la ciudad de Temuco de don Carlos Alarcón Ramírez. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco 20 de Diciembre de 2017.- Doy Fé.-
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- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES Y ASESORIAS ERNESTO ALEJANDRO ESPINOZA NAVARRETE E.I.R.L.
CVE 1324447
