Inversiones Sg Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) efectuar toda clase de inversiones, adquirir y enajenar acciones, bonos, debentures, pagarés, títulos de crédito, derechos en cualquier tipo de sociedades civiles, comerciales y mineras, y otros valores mobiliarios, bienes raíces o muebles; b) formar parte de toda clase de sociedades civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, adquirir acciones o derechos en ellas, modificar los estatutos de las que pase a ser socia o accionista y tomar parte en su administración y ser gestora de sociedades en comandita por acciones; y c) cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los socios pudieren acordar en el futuro.
Capital
Capital total
$439.713.939
Capital pagado
$439.713.939
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
JAVIER FERNANDO CONTESSE NOVOA Socio 15.xxx.xxx-7 | 15.xxx.xxx-7 | 1% | $4.397.139 |
SHARON GAIL ENGLANDER CHAMUDES Socio 9.xxx.xxx-9 | 9.xxx.xxx-9 | 99% | $435.316.800 |
Administradores (1)
SHARON GAIL ENGLANDER CHAMUDES
Texto oficial del extracto
EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Luis Thayer Ojeda N°359, Providencia, Santiago, certifica que por escritura pública otorgada con fecha 20 de Enero de 2025, ante mí, Repertorio N°1.155, JAVIER FERNANDO CONTESSE NOVOA, chileno, casado, empresario, cédula de identidad número 15.331.130-7, y doña SHARON GAIL ENGLANDER CHAMUDES, chilena, casada, empresaria, cédula de identidad número 9.619.099-9, ambos domiciliados en calle Nibaldo Correa N°685, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad Limitada: “INVERSIONES SG LIMITADA”. Domicilio: Santiago, comuna de Las Condes. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) efectuar toda clase de inversiones, adquirir y enajenar acciones, bonos, debentures, pagarés, títulos de crédito, derechos en cualquier tipo de sociedades civiles, comerciales y mineras, y otros valores mobiliarios, bienes raíces o muebles; b) formar parte de toda clase de sociedades civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, adquirir acciones o derechos en ellas, modificar los estatutos de las que pase a ser socia o accionista y tomar parte en su administración y ser gestora de sociedades en comandita por acciones; y c) cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los socios pudieren acordar en el futuro. Capital: El capital social será la suma de cuatrocientos treinta y nueve millones setecientos trece mil novecientos treinta y nueve pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: a) Don Javier Fernando Contesse Novoa, con la suma de cuatro millones trescientos noventa y siete mil ciento treinta y nueve pesos, que entera y paga al contado y en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social, aporte que en suma equivale al uno por ciento del capital social. y b) Doña Sharon Gail Englander Chamudes, con la suma de cuatrocientos treinta y cinco millones trescientos dieciséis mil ochocientos pesos, que entera y paga con el aporte de: A) Todos los derechos que tiene del inmueble ubicado en calle Nibaldo Correa número seiscientos ochenta y cinco, que corresponde al sitio número nueve de la manzana O, del Fundo San Pascual, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, que deslinda: Norte, en veinticinco metros con sitio ocho; Sur, en veinticinco metros con sitio diez; Oriente, en dieciséis metros con calle Nueva número cuatro, hoy Nibaldo Correa; Poniente, en dieciséis metros con sitio número veinte. Este inmueble rola inscrito a fojas noventa y cinco mil ochocientos dos, número ciento treinta y cinco mil seiscientos cuarenta y dos del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil dieciocho. Inmueble que se avalúa en la suma de diez mil cuatrocientas cincuenta unidades de fomento, que a la fecha de suscripción de la presente escritura pública equivalen a cuatrocientos un millon quinientos treinta mil ochocientos pesos. B) Todos los derechos que tiene respecto del inmueble ubicado en el lugar La Vega de Pupuya, comuna de Navidad, Provincia Cardenal Caro, Sexta Región, que deslinda: Este, Antonio Monasterio en línea recta de setenta y dos metros y servidumbre de tránsito; Sur, Gabriel Prado en línea recta de setenta y dos metros, separado por cerco; Noroeste, Mar chileno en línea recta de cien metros con sesenta centímetros, separado por cerco. Este inmueble rola inscrito a fojas tres mil trescientos noventa y dos, número dos mil novecientos veinticuatro del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Litueche correspondiente al año dos mil diecinueve. Inmueble que se avalúa en la suma de treinta y tres millones setecientos ochenta y seis mil pesos. Aportes que en suma equivalen al noventa y nueve por ciento del capital social. Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de tres años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término al final del período en que estuviera en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, y se notificará al otro socio, en forma personal o por avisos o en la forma especial del artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil, si procediere, o mediante carta certificada enviada por Notario Público al domicilio del otro socio, todo con una anticipación de a lo menos de seis meses antes del término del período que estuviere en curso.. Administración: La administración y uso de la razón social corresponderá a doña SHARON GAIL ENGLANDER CHAMUDES, quien podra actuar por la Sociedad según facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 21 de Enero de 2025.
Información societaria
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
The Lucky Few Inversiones Limitada Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Asesorías e Inversiones Paso Tioga Limitada Socio | - | - | - |
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, chileno, Abogado, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, de la comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha tres de enero de 2024, bajo el Repertorio N°163-2024, otorgada ante el Notario Titular de la 43° Notaría de Santiago, don Juan Ricardo San Martín Urrejola, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, comparecieron don The Lucky Few Inversiones Limitada; don Juan Pablo Cuevas Dauvin; y Asesorías e Inversiones Paso Tioga Limitada, todos domiciliados en Avenida Vitacura Nº 3565, oficina 602, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, quienes, en sus calidades de socios de la sociedad “Inversiones SG Limitada” (en adelante la “Sociedad”), que se encuentra inscrita a fojas 108.120, número 46.205 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2023, procedieron a sanear la escritura pública de constitución de sociedad otorgada con fecha 7 de diciembre de 2023 en la misma Notaría y ante el mismo Notario antes indicados, bajo el Repertorio N°37.719-2023 (en adelante la “Escritura de Constitución”), en el sentido que sanearon el vicio formal en que incurrieron al individualizar ciertos aportes de capital, señalando en definitiva que (i) los aportes referidos en los acápites (a.i), (b.i) y (c.i), de los literales /A/, /B/ y /C/, respectivamente, de la cláusula quinta de la Escritura de Constitución, sobre el capital, no corresponden a la totalidad de los derechos de que cada uno de los Socios es titular en la sociedad denominada “Inmobiliaria e Inversiones Soul Glo Limitada”, RUT 77.359.595-k, sino que al 99% de los derechos que cada uno de ellos es titular en tal sociedad; y que (ii) los aportes referidos en los acápites (a punto dos), (b.ii) y (c.ii), de los literales /A/, /B/ y /C/, respectivamente, de la cláusula quinta de la Escritura de Constitución, sobre el capital, no corresponden a la totalidad de los derechos de que cada uno de los Socios es titular en la sociedad denominada “Agrícola SG del Sur Limitada”, RUT 77.173.574-6, sino que al 99% de los derechos de que cada uno de ellos es titular en tal sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de enero de 2024.
Información societaria
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto: /UNO/ Efectuar y administrar, por cuenta propia o ajena, todo y cualquier tipo de inversiones, mobiliarias e inmobiliarias, en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo transacciones e inversiones en acciones, derechos, créditos, participaciones sociales, bonos y debentures, efectos de comercio, valores mobiliarios e instrumentos de inversión, y cualesquiera otros; /DOS/ Prestar, por cuenta propia o ajena, servicios de administración de todo tipo de empresas y sociedades, entendiendo por estos, en su más amplia acepción, los relacionados a su formación, gestión, operación, y funcionamiento; generación, desarrollo y ejecución de negocios; administración de recursos humanos y finanzas; y cualesquiera otras labores que se relacionen directa o indirectamente con la administración de empresas y; /TRES/ En general, realizar toda otra actividad lícita afín o relacionada, directa o indirectamente, con las antes señaladas.
Capital
Capital total
$5.209.551
Capital pagado
$5.209.551
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
The Lucky Few Inversiones Limitada Socio 77.350.609-4 | 77.350.609-4 | - | $1.729.153 |
Socio 13.xxx.xxx-k | 13.xxx.xxx-k | - | $1.751.245 |
Asesorías e Inversiones Paso Tioga Limitada Socio 77.684.623-6 | 77.684.623-6 | - | $1.729.153 |
Administradores (3)
Texto oficial del extracto
Juan Ricardo San Martín Urrejola, chileno, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº835, piso 18, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 7 de diciembre de 2023, bajo el Repertorio N°37719-2023, otorgada ante mí, comparecieron: /A/ The Lucky Few Inversiones Limitada, RUT N°77.350.609-4, domiciliada en calle Loma La Cruz Sur número trescientos, casa quince, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; /B/ don Juan Pablo Cuevas Dauvin, cédula de identidad número 13.971.122-K, domiciliado en calle Ascencio de Zavala dos mil trescientos cinco, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y /C/ Asesorías e Inversiones Paso Tioga Limitada, RUT N°77.684.623-6, domiciliada en Pasaje Crepúsculo nueve mil setecientos cuarenta y ocho, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; quienes constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón Social: INVERSIONES SG LIMITADA. Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don Pablo Andrés Martínez Ferrer, a don Juan Pablo Cuevas Dauvin, y a don Juan Pablo Gutiérrez Silva, quienes, actuando individual e indistintamente, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición. Capital: El capital social asciende a la suma de cinco millones doscientos nueve mil quinientos cincuenta y un pesos, el cual se aporta, entera y paga de la siguiente manera: /A/ THE LUCKY FEW INVERSIONES LIMITADA aporta, en este acto, (a.i) la totalidad de los derechos sociales de que es titular en la sociedad denominada “Inmobiliaria e Inversiones Soul Glo Limitada”, rol único tributario número setenta y siete millones trescientos cincuenta y nueve mil quinientos noventa y cinco guion k, los cuales son valorizados en la suma de trescientos noventa y seis mil ciento cincuenta y tres pesos; (a.ii) la totalidad de los derechos sociales de que es titular en la sociedad denominada “Agrícola SG del Sur Limitada”, rol único tributario número setenta y siete millones ciento setenta y tres mil quinientos setenta y cuatro guion seis, los cuales son valorizados en la suma de trescientos treinta y tres mil pesos; y (a.iii) con la suma, en dinero efectivo, de un millón de pesos. /B/ don JUAN PABLO CUEVAS DAUVIN aporta, en este acto, (b.i) la totalidad de los derechos sociales de que es titular en la sociedad denominada “Inmobiliaria e Inversiones Soul Glo Limitada”, rol único tributario número setenta y siete millones trescientos cincuenta y nueve mil quinientos noventa y cinco guion k, los cuales son valorizados en la suma de cuatrocientos trece mil doscientos treinta y siete pesos; (b.ii) la totalidad de los derechos sociales de que es titular en la sociedad denominada “Agrícola SG del Sur Limitada”, rol único tributario número setenta y siete millones ciento setenta y tres mil quinientos setenta y cuatro guion seis, los cuales son valorizados en la suma de trescientos treinta y ocho mil ocho pesos y; (b.iii) con la suma, en dinero efectivo, de un millón de pesos; y, /C/ ASESORIAS E INVERSIONES PASO TIOGA LIMITADA aporta, en este acto, (c.i) la totalidad de los derechos sociales de que es titular en la sociedad denominada “Inmobiliaria e Inversiones Soul Glo Limitada”, rol único tributario número setenta y siete millones trescientos cincuenta y nueve mil quinientos noventa y cinco guion k, los cuales son valorizados en la suma de trescientos noventa y seis mil ciento cincuenta y tres pesos; (c.ii) la totalidad de los derechos sociales de que es titular en la sociedad denominada “Agrícola SG del Sur Limitada”, rol único tributario número setenta y siete millones ciento setenta y tres mil quinientos setenta y cuatro guion seis, los cuales son valorizados en la suma de trescientos treinta y tres mil pesos; y (c.iii) con la suma, en dinero efectivo, de un millón de pesos. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: /UNO/ Efectuar y administrar, por cuenta propia o ajena, todo y cualquier tipo de inversiones, mobiliarias e inmobiliarias, en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo transacciones e inversiones en acciones, derechos, créditos, participaciones sociales, bonos y debentures, efectos de comercio, valores mobiliarios e instrumentos de inversión, y cualesquiera otros; /DOS/ Prestar, por cuenta propia o ajena, servicios de administración de todo tipo de empresas y sociedades, entendiendo por estos, en su más amplia acepción, los relacionados a su formación, gestión, operación, y funcionamiento; generación, desarrollo y ejecución de negocios; administración de recursos humanos y finanzas; y cualesquiera otras labores que se relacionen directa o indirectamente con la administración de empresas y; /TRES/ En general, realizar toda otra actividad lícita afín o relacionada, directa o indirectamente, con las antes señaladas. Duración: La sociedad tendrá una duración de cinco años contados desde la fecha de escritura extractada, plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por nuevos períodos de tres años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su intención de poner término a la sociedad a la expiración de cualquiera de esos períodos, manifestación que deberá constar por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación no inferior a seis meses al término del período correspondiente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de diciembre de 2023.
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