Inversiones Río Puelo Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los socios.
Capital
Capital total
$14.500.000
Capital libéré
$14.500.000
Capital restant dû
$0
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio 15.xxx.xxx-2 | 15.xxx.xxx-2 | 70% | $10.150.000 |
Socio 15.xxx.xxx-0 | 15.xxx.xxx-0 | 10% | $1.450.000 |
Tomás Felipe Rodríguez Sepúlveda Socio | - | 10% | $1.450.000 |
Simón Nahuel Rodríguez Sepúlveda Socio | - | 10% | $1.450.000 |
Administrateurs (2)
Texte officiel de l’extrait
JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Notario Público, Titular de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, con oficio ubicado en Caupolicán 355, comuna de Los Ángeles, certifico: Que, por escritura pública de fecha 29 de noviembre del año 2022, Repertorio N°6193-2022, otorgada ante el Suplente don CESAR HUMBERTO ESPINOZA GUTIERREZ; comparecieron, don HUGO FELIPE RODRÍGUEZ AHUMADA, cédula de identidad N°15.591.720-2 y doña CARLA DANIELA EPÚLVEDA DÍAZ, cédula de identidad N°15.626.094-0, ambos compareciendo por sí y en representación legal de sus hijos menores de edad don TOMÁS FELIPE RODRÍGUEZ SEPÚLVEDA, y de don SIMÓN NAHUEL RODRÍGUEZ SEPÚLVEDA, todos los domiciliados para estos efectos en calle Gabriela Mistral N°1.296, casa B 16, comuna de Los Ángeles, Región del Bio Bio y de paso en ésta, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “INVERSIONES RÍO PUELO LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “RÍO PUELO LTDA.”. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes, en el país o en el extranjero, sean estos muebles o inmuebles, valores mobiliarios, intangibles, acciones o derechos, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan. En cumplimiento de este objeto la Sociedad podrá invertir capitales en forma directa o indirecta, pudiendo al respecto constituir o formar parte de todo tipo de sociedades o entidades nacionales o extranjeras, como así mismo, desarrollar en general cualquier actividad directa o indirectamente relacionadas con las anteriores que acuerden los socios. Administración, Representación y Uso Razón Social: 1) La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social será ejercida por don Hugo Felipe Rodríguez Ahumada, quién anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada unas de las facultades señaladas en la escritura extractada que se dan por reproducidas una a una. 2. En caso de fallecimiento de don Hugo Felipe Rodríguez Ahumada, la administración y representación de la sociedad, y el uso de la razón social quedará radicada sin necesidad de acreditarla frente terceros en doña Carla Daniela Sepúlveda Díaz, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en el numeral uno anterior, las cuales se dan por reproducidas de manera expresa. No obstante, lo establecido precedentemente, la administradora señalada siempre deberá obrar de acuerdo con la forma señalada en escritura extractada para realizar o celebrar aquellos actos indicados en escritura extractada que se dan por reproducidos. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de $14.500.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don Hugo Felipe Rodríguez Ahumada, aporta en su calidad de empresario individual sujeto a contabilidad completa, la suma de $10.150.000, equivalentes al 70% del capital social, que entera en su totalidad en este mismo acto en la caja social; b) doña Carla Daniela Sepúlveda Díaz aporta la suma de $1.450.000, equivalentes al 10% del capital social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo en este mismo acto en la caja social; c) don Tomás Felipe Rodríguez Sepúlveda aporta la suma de $1.450.000, equivalentes al 10% del capital social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo en este mismo acto en la caja social; y d) don Simón Nahuel Rodríguez Sepúlveda aporta la suma de $1.450.000, equivalentes al 10% del capital social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo en este mismo acto en la caja social. El capital se suscribe y paga por cada uno de los socios en la forma que se expresa en el artículo primero transitorio de la escritura extractada. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad rige desde fecha escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2030, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Domicilio: Su domicilio será la comuna de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Los Ángeles, 12 de diciembre del año 2022.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES RÍO PUELO LIMITADA
CVE 2233964
