Société par actions

Inversiones Quilahue SpA

CONSTITUCIÓN — 18 déc. 2024

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2024-12-18Voir le PDF (CVE 2585315)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Indefinida
Administration: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponde a don RODRIGO ANDRÉS SANHUEZA SÁNCHEZ, a doña JAVIERA PAZ SANHUEZA SÁNCHEZ, y a doña PAULA XIMENA SANHUEZA SÁNCHEZ, quienes deberán actuar conjuntamente dos cualesquiera de ellos, con las facultades descritas en la escritura extractada.

Objet social

La sociedad tendrá por objeto efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades y percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$0

Capital restant dû

$1.000.000

Actions

1 000

Associés (3)

NomParticipation

RODRIGO ANDRÉS SANHUEZA SÁNCHEZ

Accionista

-

JAVIERA PAZ SANHUEZA SÁNCHEZ

Accionista

-

PAULA XIMENA SANHUEZA SÁNCHEZ

Accionista

-

Représentants auprès du SII (3)

Texte officiel de l’extrait

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Cédula de Identidad Número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guión dos, Notario Público Titular, de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Comuna Las Condes, Certifico: Ante mí, con esta fecha, don RODRIGO ANDRÉS SANHUEZA SÁNCHEZ, doña JAVIERA PAZ SANHUEZA SÁNCHEZ, y doña PAULA XIMENA SANHUEZA SÁNCHEZ, constituyen una Sociedad por Acciones, de cuyo texto extracto lo siguiente: Nombre: INVERSIONES QUILAHUE SpA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades y percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Capital: El capital social es la suma de 1.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente suscrito en el acto de constitución y pendiente de pago. El capital social deberá quedar totalmente pagado en el plazo de tres años contados de la fecha de la escritura extractada. Administración: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponde a don RODRIGO ANDRÉS SANHUEZA SÁNCHEZ, a doña JAVIERA PAZ SANHUEZA SÁNCHEZ, y a doña PAULA XIMENA SANHUEZA SÁNCHEZ, quienes deberán actuar conjuntamente dos cualesquiera de ellos, con las facultades descritas en la escritura extractada. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago 11 de Diciembre de 2024. Autorizo conforme al Art. 402. C.O.T.

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