Sociedad por Acciones

Inversiones Punta Larga SpA

CONSTITUCIÓN — 19 abr 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-04-19Ver PDF (CVE 1385216)

Información societaria

SpA
Avda. Apoquindo N° 3076, ofic.601, 6° piso

Objeto social

la asesoría y consultoría en materias y temas informáticos (software), procesamiento de datos y actividades relacionadas con bases de datos, servicios integrales de informática, actividades de investigación, compra, venta y arriendo de inmuebles propios o arrendados, inversiones de capitales mobiliarios en general. Asimismo, para el cumplimiento de los fines sociales la sociedad podrá, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que se estimen necesarios o conducentes al cumplimiento de los fines sociales, sin limitación alguna.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital pagado

$5.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

100

Socios (2)

NombreParticipación

SEBASTIAN ANDRES LEMBACH MUÑOZ

Accionista

-

ALEJANDRA HERNANDEZ RIOS

Accionista

-

Texto oficial del extracto

GUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Suplente del titular 48ª Notaría Santiago, don Roberto Antonio Cifuentes Allel, Avda. Apoquindo N° 3076, ofic.601, 6° piso Comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, Repertorio N°2.241/2018, don SEBASTIAN ANDRES LEMBACH MUÑOZ y doña ALEJANDRA HERNANDEZ RIOS constituyeron sociedad por acciones de nombre “INVERSIONES PUNTA LARGA SpA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “Punta Larga SpA”. Objeto. La sociedad tendrá por objeto, la asesoría y consultoría en materias y temas informáticos (software), procesamiento de datos y actividades relacionadas con bases de datos, servicios integrales de informática, actividades de investigación, compra, venta y arriendo de inmuebles propios o arrendados, inversiones de capitales mobiliarios en general. Asimismo, para el cumplimiento de los fines sociales la sociedad podrá, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que se estimen necesarios o conducentes al cumplimiento de los fines sociales, sin limitación alguna. Capital social. El capital de la sociedad será la suma de cinco millones de pesos dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, todas de una misma serie, que se suscriben, enteran y pagan en este acto, en la forma establecida en las disposiciones transitorias. El capital podrá pagarse en dinero u otros bienes. Los accionistas serán responsables sólo hasta el monto de sus respectivos aportes a la sociedad, todo ello de acuerdo con el Artículo cuatrocientos veintinueve del Código de Comercio. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago 20 de marzo de 2018.

Actuaciones recientes

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