Inversiones Myc SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La Sociedad tiene por objeto: /a/ Efectuar inversiones en Chile y/o en el extranjero, ya sea de carácter permanente o de renta, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales. Para estos efectos la Sociedad podrá adquirir, conservar, vender, enajenar y negociar en cualquier forma y a cualquier título, toda clase de bienes, valores y títulos situados o emitidos en el extranjero y percibir sus frutos y rentas; /b/ Constituir y participar en todo tipo de sociedades constituidas en Chile o en el extranjero, sean estas civiles o mercantiles; /c/ Celebrar por cuenta propia o ajena todo tipos de actos o contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social; y /d/ En general, celebrar todos los actos o negocios que directa o indirectamente se relacionen con el objeto social y todos los que acuerden sus socios.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
1 000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista 13.xxx.xxx-4 | 13.xxx.xxx-4 | 50% | $500.000 |
Claudio Andrés Alvarez Morales Accionista 15.xxx.xxx-9 | 15.xxx.xxx-9 | 50% | $500.000 |
Administrateurs (2)
Claudio Andrés Alvarez Morales
Texte officiel de l’extrait
ANDRÉS CARLOS ZAVALA COURRIOL, abogado y Notario Público Interino de la Notaría número veintinueve de Santiago, de este domicilio, calle Mac-Iver número doscientos veinticinco, oficina trescientos dos, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2022, Repertorio N° 6539 – 2022, ante mí, Marko Antonio Alvarez Morales, C.I. N° 13.851.650-4 y Claudio Andrés Alvarez Morales, C.I. N° 15.096.033-9, constituyeron una sociedad por acciones que se regirá preferentemente por sus estatutos, y en su silencio, por las disposiciones del Libro Segundo, Título Séptimo, Párrafo Octavo del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas y demás que le sean aplicables: 1. Nombre: INVERSIONES MYC SpA (en adelante, la “Sociedad”). 2. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: /a/ Efectuar inversiones en Chile y/o en el extranjero, ya sea de carácter permanente o de renta, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales. Para estos efectos la Sociedad podrá adquirir, conservar, vender, enajenar y negociar en cualquier forma y a cualquier título, toda clase de bienes, valores y títulos situados o emitidos en el extranjero y percibir sus frutos y rentas; /b/ Constituir y participar en todo tipo de sociedades constituidas en Chile o en el extranjero, sean estas civiles o mercantiles; /c/ Celebrar por cuenta propia o ajena todo tipos de actos o contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social; y /d/ En general, celebrar todos los actos o negocios que directa o indirectamente se relacionen con el objeto social y todos los que acuerden sus socios. 3. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una, de una sola serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga íntegramente de la siguiente manera: /a/ Marko Antonio Alvarez Morales, suscribe y paga, en este acto, en dinero efectivo 500 acciones, equivalentes a $500.000; y, /b/ Claudio Andrés Alvarez Morales, suscribe y paga, en este acto, en dinero efectivo 500 acciones, equivalentes a $500.000. 4. Administración: El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá individual e indistintamente a Marko Antonio Alvarez Morales y a Claudio Andrés Alvarez Morales, quienes anteponiendo su firma a la razón social, administrarán la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, sin perjuicio de las limitaciones señaladas en la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de enero de 2023.
Informations sociétaires
Objet social
El objeto de la Sociedad será: (a) la comercialización al por mayor y menor de insumos, productos y equipamiento quirúrgicos, médicos e industriales; y (b) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital restant dû
$1.000.000
Actions
1 000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista 13.xxx.xxx-7 | 13.xxx.xxx-7 | 50% | $500.000 |
Accionista 10.xxx.xxx-1 | 10.xxx.xxx-1 | 50% | $500.000 |
Texte officiel de l’extrait
Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaria de Santiago, con oficio en Huérfanos 941, local 302, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 17 de septiembre de 2019 ante mí, Repertorio 7113-2019, ROBERTO DAVID ARAYA ZAVALA, chileno, casado, Ingeniero Civil Industrial, cédula nacional de identidad número 13.689.203-7 y doña PAMELA MARCELA SEGUEL LABRA, chilena, casada, diseñadora, cédula nacional de identidad número 10.092.321-1, ambos con domicilio en Robles N° 12977, departamento 109B, comuna de Lo Barnechea, Santiago; los comparecientes mayores de edad constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre de la sociedad: “Inversiones MYC SpA”. Domicilio social: Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o el extranjero. Objeto social: El objeto de la Sociedad será: (a) la comercialización al por mayor y menor de insumos, productos y equipamiento quirúrgicos, médicos e industriales; y (b) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma y sin valor nominal, el que será suscrito y pagado dentro del plazo de 5 años desde la escritura de constitución social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de septiembre de 2019.
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