Inversiones Mediterráneo Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La sociedad tiene por objeto la realización de inversiones directas e indirectas en toda clase de bienes muebles e inmuebles, tanto en Chile como en el extranjero, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derechos, debentures, bonos, pagarés, letras de cambio, certificados de depósitos, documentos negociables, títulos de crédito y toda clase de efectos de comercio, valores mobiliarios e instrumentos de inversión, y la administración de esas inversiones y sus frutos; la realización de toda clase de actividades o servicios que acuerden los socios; la administración, explotación y arrendamiento de todo tipo de bienes, sean estos corporales o incorporales, muebles o inmuebles. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, pudiendo participar en toda clase de entidades y/o sociedades, tanto nacionales como extranjeras, cualquiera que sea su objeto o naturaleza jurídica, pudiendo concurrir como socio o accionista de cualquier tipo, aportante o mantener cualquier tipo de derechos o intereses en éstas. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios.
Capital
Capital total
$7.166.438.484
Capital pagado
$7.166.438.484
Capital pendiente
$0
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 0.099999% | $7.166.367 |
Socio | - | 99.899001% | $7.159.200.453 |
Socio | - | 0.001% | $71.664 |
Administradores (2)
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 13 de agosto de 2024, repertorio N°24.482/2024, ante mí, doña Loreto Said Somavía, don Guillermo Andrés Ovalle Said y don Pedro Álvarez Said, todos domiciliados en Av. Andrés Bello N°2.687, piso 20, comuna de Las Condes, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada en los siguientes términos y condiciones: (a) Razón social: “Inversiones Mediterráneo Limitada”. (b) Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. (c) Objeto: La sociedad tiene por objeto: /i/ la realización de inversiones directas e indirectas en toda clase de bienes muebles e inmuebles, tanto en Chile como en el extranjero, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derechos, debentures, bonos, pagarés, letras de cambio, certificados de depósitos, documentos negociables, títulos de crédito y toda clase de efectos de comercio, valores mobiliarios e instrumentos de inversión, y la administración de esas inversiones y sus frutos; /ii/ la realización de toda clase de actividades o servicios que acuerden los socios; /iii/ la administración, explotación y arrendamiento de todo tipo de bienes, sean estos corporales o incorporales, muebles o inmuebles. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos os contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, pudiendo participar en toda clase de entidades y/o sociedades, tanto nacionales como extranjeras, cualquiera que sea su objeto o naturaleza jurídica, pudiendo concurrir como socio o accionista de cualquier tipo, aportante o mantener cualquier tipo de derechos o intereses en éstas. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios. (d) Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña Loreto Said Somavía (en adelante la “Administradora”), quien, actuando individualmente, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, podrá representarla con las más amplias facultades. En caso de fallecimiento de la Administradora o de impedimento físico o mental para ejercer las funciones como tal, la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad será ejercida por don Guillermo Andrés Ovalle Said, quien actuando individualmente podrá representar a la sociedad con las más mismas facultades que la Administradora. Para efectos de acreditar el fallecimiento o impedimento ante terceros, don Guillermo Andrés Ovalle Said deberá otorgar una escritura pública en que deberá declarar la ocurrencia de las circunstancias anteriores y deberá insertar, según sea el caso, el respectivo certificado de defunción o, un certificado emitido por un médico especialista que constate el respectivo impedimento físico o mental. De dicha escritura se deberá tomar debida nota al margen de la inscripción social. Por su parte, en el caso que la Administradora decida renunciar a su cargo, deberá manifestarlo de manera expresa por escritura pública, de la cual también deberá tomarse debida nota al margen de la inscripción social. En todos los casos antes señalados, don Guillermo Andrés Ovalle Said, podrá ejercer las funciones como administrador solo una vez que se hubiere efectuado la correspondiente anotación marginal. (e) Capital: $7.166.438.484, que los socios aportan de la siguiente forma: /a/ doña Loreto Said Somavía aportó y pagó la suma de $7.166.367, equivalentes al 0,099999% del capital y derechos sociales; /b/don Guillermo Andrés Ovalle Said aportó y pagó el capital, mediante el aporte en dominio de 1.495.242 acciones de Inversiones Caburga SpA, valorizadas por los socios en la suma de $7.159.200.453, equivalente al 99,899001% del capital y derechos sociales; y /c/ don Pedro Álvarez Said aportó y pagó la suma de $71.664, equivalente al 0,001% del capital y derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. (f) Duración: La sociedad durará hasta el 31 de diciembre del año 2050. Vencido este plazo, la sociedad se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años, salvo que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término mediante aviso dado por escritura pública, de la cual se toma nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento respectivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 27 de septiembre de 2024.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
Inversiones Mediterráneo Limitada
CVE 2552006
