Inversiones Marte Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
Invertir en bienes raíces, muebles y valores, rentabilizar las inversiones, la intermediación de bienes y todas las que digan relación con las anteriores.
资本
总资本
$90.000.000
实缴资本
$86.000.000
待缴资本
$4.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 13.xxx.xxx-k | 13.xxx.xxx-k | - | $7.000.000 |
Iluminación y Obras Menores en Construcción Juan Hernán Barriga Núñez SpA Socio 76.068.476-7 | 76.068.476-7 | - | $83.000.000 |
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法定代理(1)
摘要官方正文
JOAQUÍN LABBÉ DONOSO, abogado, Notario Suplente del Titular de la cuadragésima quinta notaria de Santiago de René Benavente Cash, con domicilio en calle Huérfanos 979 piso 7°, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 1° de julio del 2020, repertorio 21.676-2020, ante mí: don Juan Hernán Barriga Núñez, empresario, cédula de identidad número 13.137.951-K, por sí y en representación de la sociedad Iluminación y Obras Menores en Construcción Juan Hernán Barriga Núñez SpA, Rol Único Tributario número 76.068.476-7, ambos domiciliados en calle Venezuela 26, Puente Alto, Santiago, y constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, al monto de sus respectivos aportes, la que se regirá por las reglas de la Ley 3.918, de 14 de Marzo de 1923 y sus modificaciones, y especialmente por las contenidas en el presente estatuto, y a falta de ellos, por las prescritas en los Códigos de Comercio y Civil, las que serán aplicables en el orden indicado. RAZON SOCIAL: Será INVERSIONES MARTE LIMITADA, pudiendo actuar ante Bancos, instituciones financieras, públicas y privadas, incluso ante el Servicio de Impuestos Internos y Tesorerías del país, con el nombre de fantasía de Inversiones Juan Barriga Ltda. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: Invertir en bienes raíces, muebles y valores, rentabilizar las inversiones, la intermediación de bienes y todas las que digan relación con las anteriores. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $90.000.000.-, aportados por don Juan Hernán Barriga Núñez, con $7.000.000.-, de los cuales entera y paga en este acto la suma de $3.000.000.- y el saldo en el plazo de un año a contar de la fecha de esta escritura, y la sociedad Iluminación y Obras Menores en Construcción Juan Hernan Barriga Núñez SpA., con la suma de $83.000.000.-, al contado, en este acto mediante el aporte en dominio que hace de dos propiedades, que corresponden a un inmueble ubicado en la comuna de Puente Alto, Provincia Cordillera, consistente en el Sitio número 5, de la parcela 14, de la parcelación de parte del Fundo San Pedro, y su inscripción de dominio rola a fojas 11.086 número 7983 del Registro de Propiedad, del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, del año 2009, y que las partes de común acuerdo han tasado en $69.000.000.-, y a la propiedad inscrita a fojas 3858 vuelta número 4004 del Registro de Propiedad, del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca, del año 2012, y que corresponde al Sitio número 14, del plano de asignación del Predio del Proyecto de Parcelación "La Gloria y Santa Rita", ubicado en la comuna de Curacaví, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, y a los derechos de agua que ascienden a 0,040 acciones del Canal Santa Rita, del predio del Proyecto de Parcelación La Gloria y Santa Rita, ubicado en la comuna de Curacaví, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, inscritos a fojas 103 número 109 del Registro de Propiedad de Aguas, del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca, del año 2012, que las partes de común acuerdo han tasado la propiedad en $10.000.000.-, y los derechos de agua en $4.000.000.-, lo que hace un total de $14.000.000.-, de esta manera queda enterado el capital social de $83.000.000.-, al contado, por parte de la socia Iluminación y Obras Menores en Construcción Juan Hernán Barriga Núñez SpA. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZON SOCIAL: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Juan Hernán Barriga Núñez, quien anteponiendo a su firma la razón social, la obligará en la forma más amplia posible, y sin que le enunciación sea taxativa, la representará según cláusula quinta del pacto. DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración de 10 años a contar de la fecha de la presente escritura, renovable a su vencimiento en forma automática, tácita y sucesiva, y por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos 6 meses al final del período respectivo. Además, deberá despachar con la misma anticipación una carta certificada al otro socio, comunicándole haber procedido a dar el aviso de término. La fecha de esta carta será de su despacho. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, a 13 de Julio de 2020. Joaquín Labbe Donoso. N.S.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES MARTE LIMITADA
CVE 1785457
