Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Maka Limitada

CONSTITUCIÓN — 24 nov 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-11-24Ver PDF (CVE 1499980)

Información societaria

Ltda
La Serena, Coquimbo
Duración: diez años a contar de la fecha de la presente escritura, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años
Administración: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá en forma exclusiva a ambas socias conjuntamente

Objeto social

a) inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, letras de crédito, debentures, cuotas, derechos reales y/o personales, valores mobiliarios, efectos de comercio y en cualquier otro título de crédito o de inversión, comprendiéndose su adquisición, enajenación, administración, y la percepción de sus frutos y rentas; b) la adquisición, enajenación, arrendamiento concesión, administración y explotación, a cualquier título de todo tipo de inmuebles, urbanos, mineros y/o agrícolas; c) la compra, venta importación, exportación, producción, elaboración, fabricación, manufacturación, comercialización, distribución, explotación en cualquier forma de toda clase de productos, subproductos, e insumos y sus derivados, ya sean de naturaleza agrícola, ganadera, forestal, pesquera y/o minera; d) la prestación de toda clase de servicios, especialmente servicios de administración, informática, computación y procesamiento automático de datos, ya sea por cuenta propia o ajena; el estudio, planificación, proyección, gestión, ejecución, coordinación, supervisión y asesoría técnica y profesional, comercial y financiera, en todo tipo de negocios y proyectos obras materiales e inmateriales; e) la formación y/o incorporación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones de todo tipo o naturaleza; f) la representación o agencia de toda clase de empresas o sociedades nacionales o extranjeras. La sociedad podrá desarrollar las actividades antes indicadas actuando por cuenta propia o ajena, y cualquier otra actividad que acuerden los socios

Capital

Capital total

$90.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Capital pendiente

$80.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

MARIANITA JAVIERA MATTHEWS KARSULOVIC

Socio

15.xxx.xxx-k

50%

DINKA STEPHANIE MATTHEWS KARSULOVIC

Socio

15.xxx.xxx-8

50%

Administradores (2)

MARIANITA JAVIERA MATTHEWS KARSULOVIC

15.xxx.xxx-kAdministrador

DINKA STEPHANIE MATTHEWS KARSULOVIC

15.xxx.xxx-8Administrador

Texto oficial del extracto

JOHN GALLARDO GÓMEZ, Abogado, Notario Público Suplente Segunda Notaría La Serena, Cordovez 588, local 108, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de Octubre del 2018, otorgada ante el Notario Titular don Oscar Fernández Mora, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada regida por las disposiciones de la Ley 3.918 y sus modificaciones doña MARIANITA JAVIERA MATTHEWS KARSULOVIC, chilena, diseñadora, Cédula Nacional de Identidad Nro.15.038.866-K y doña DINKA STEPHANIE MATTHEWS KARSULOVIC, chilena, Educadora de Párvulos, Cédula Nacional de Identidad Nro. 15.038.867-8, ambas domiciliadas en La Serena, calle Los Perales 1121, La Serena, Razón social: “INVERSIONES MAKA LIMITADA”, pudiendo actuar inclusive con los bancos con el nombre de “MAKA LTDA.” Objeto y giro: a) inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, letras de crédito, debentures, cuotas, derechos reales y/o personales, valores mobiliarios, efectos de comercio y en cualquier otro título de crédito o de inversión, comprendiéndose su adquisición, enajenación, administración, y la percepción de sus frutos y rentas; b) la adquisición, enajenación, arrendamiento concesión, administración y explotación, a cualquier título de todo tipo de inmuebles, urbanos, mineros y/o agrícolas; c) la compra, venta importación, exportación, producción, elaboración, fabricación, manufacturación, comercialización, distribución, explotación en cualquier forma de toda clase de productos, subproductos, e insumos y sus derivados, ya sean de naturaleza agrícola, ganadera, forestal, pesquera y/o minera; d) la prestación de toda clase de servicios, especialmente servicios de administración, informática, computación y procesamiento automático de datos , ya sea por cuenta propia o ajena; el estudio, planificación, proyección, gestión, ejecución, coordinación, supervisión y asesoría técnica y profesional, comercial y financiera, en todo tipo de negocios y proyectos obras materiales e inmateriales; e) la formación y/o incorporación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones de todo tipo o naturaleza; f) la representación o agencia de toda clase de empresas o sociedades nacionales o extranjeras. La sociedad podrá desarrollar las actividades antes indicadas actuando por cuenta propia o ajena, y cualquier otra actividad que acuerden los socios.Administración, representación u uso razón social: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá en forma exclusiva a ambas socias conjuntamente. Las socias administradoras, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición. Capital: noventa millones de pesos, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) Doña MARIANITA JAVIERA MATTHEWS KARSULOVIC, se obliga a enterar el equivalente al cincuenta por ciento del total del capital social ascendente a cuarenta y cinco millones de pesos, mediante el aporte de cinco millones de pesos de contado y en dinero efectivo que han ingresado a la caja social, y el saldo de cuarenta millones de pesos, lo enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, mediante el aporte de cuatro millones de pesos mensuales, por el lapso de diez meses. B) Doña DINKA STEPHANIE MATTHEWS KARSULOVIC, se obliga a enterar el equivalente al cincuenta por ciento del total del capital social ascendente a cuarenta y cinco millones de pesos, mediante el aporte de cinco millones de pesos de contado y en dinero efectivo que han ingresado a la caja social, y el saldo de cuarenta millones de pesos, lo enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, mediante el aporte de cuatro millones de pesos mensuales, por el lapso de diez meses.-De esta manera se entera y paga completamente el capital social de la totalidad de los socios de esta sociedad ; Limitación: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes; Utilidades y eventuales pérdidas: Las utilidades y pérdidas de la Sociedad se repartirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes, con la expresa limitación de responsabilidad estipulada en la cláusula Sexta; Duración: diez años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente Fallecimiento: La Sociedad no se disolverá como consecuencia del fallecimiento de alguno de los socios, continuando con los socios sobrevivientes y los sucesores del socio fallecido. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de La Serena, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. La Serena, 19 de Noviembre de 2018.

ConstituciónDiario Oficial · 2018-10-29Ver PDF (CVE 1487451)

Información societaria

Ltda
La Serena, Coquimbo
Duración: diez años a contar de la fecha de la presente escritura, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años
Administración: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá en forma exclusiva a ambas socias conjuntamente. Las socias administradoras, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición.

Objeto social

inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, letras de crédito, debentures, cuotas, derechos reales y/o personales, valores mobiliarios, efectos de comercio y en cualquier otro título de crédito o de inversión, comprendiéndose su adquisición, enajenación, administración, y la percepción de sus frutos y rentas; la adquisición, enajenación, arrendamiento concesión, administración y explotación, a cualquier título de todo tipo de inmuebles, urbanos, mineros y/o agrícolas; la compra, venta importación, exportación, producción, elaboración, fabricación, manufacturación, comercialización, distribución, explotación en cualquier forma de toda clase de productos, subproductos, e insumos y sus derivados, ya sean de naturaleza agrícola, ganadera, forestal, pesquera y/o minera; la prestación de toda clase de servicios, especialmente servicios de administración, informática, computación y procesamiento automático de datos, ya sea por cuenta propia o ajena; el estudio, planificación, proyección, gestión, ejecución, coordinación, supervisión y asesoría técnica y profesional, comercial y financiera, en todo tipo de negocios y proyectos obras materiales e inmateriales; la formación y/o incorporación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones de todo tipo o naturaleza; la representación o agencia de toda clase de empresas o sociedades nacionales o extranjeras; y cualquier otra actividad que acuerden los socios

Capital

Capital total

$90.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Capital pendiente

$80.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

MARIANITA JAVIERA MATTHEWS KARSULOVIC

Socio

15.xxx.xxx-k

50%

DINKA STEPHANIE MATTHEWS KARSULOVIC

Socio

15.xxx.xxx-8

50%

Administradores (2)

MARIANITA JAVIERA MATTHEWS KARSULOVIC

15.xxx.xxx-kAdministrador

DINKA STEPHANIE MATTHEWS KARSULOVIC

15.xxx.xxx-8Administrador

Texto oficial del extracto

OSCAR FERNÁNDEZ MORA, Abogado, Notario Público, Titular Segunda Notaría La Serena, Cordovez 588, local 108, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de Octubre del 2018, otorgada ante mí, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada regida por las disposiciones de la Ley 3.918 y sus modificaciones doña MARIANITA JAVIERA MATTHEWS KARSULOVIC, chilena, diseñadora, Cédula Nacional de Identidad Nro.15.038.866-K y doña DINKA STEPHANIE MATTHEWS KARSULOVIC, chilena, Educadora de Párvulos, Cédula Nacional de Identidad Nro. 15.038.867-8, Razón social: “INVERSIONES MAKA LIMITADA”, pudiendo actuar inclusive con los bancos con el nombre de “MAKA LTDA.” Objeto y giro: a) inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones, bonos, letras de crédito, debentures, cuotas, derechos reales y/o personales, valores mobiliarios, efectos de comercio y en cualquier otro título de crédito o de inversión, comprendiéndose su adquisición, enajenación, administración, y la percepción de sus frutos y rentas; b) la adquisición, enajenación, arrendamiento concesión, administración y explotación, a cualquier título de todo tipo de inmuebles, urbanos, mineros y/o agrícolas; c) la compra, venta importación, exportación, producción, elaboración, fabricación, manufacturación, comercialización, distribución, explotación en cualquier forma de toda clase de productos, subproductos, e insumos y sus derivados, ya sean de naturaleza agrícola, ganadera, forestal, pesquera y/o minera; d) la prestación de toda clase de servicios, especialmente servicios de administración, informática, computación y procesamiento automático de datos , ya sea por cuenta propia o ajena; el estudio, planificación, proyección, gestión, ejecución, coordinación, supervisión y asesoría técnica y profesional, comercial y financiera, en todo tipo de negocios y proyectos obras materiales e inmateriales; e) la formación y/o incorporación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones de todo tipo o naturaleza; f) la representación o agencia de toda clase de empresas o sociedades nacionales o extranjeras. La sociedad podrá desarrollar las actividades antes indicadas actuando por cuenta propia o ajena, y cualquier otra actividad que acuerden los socios.Administración, representación u uso razón social: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá en forma exclusiva a ambas socias conjuntamente. Las socias administradoras, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición. Capital: noventa millones de pesos, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) Doña MARIANITA JAVIERA MATTHEWS KARSULOVIC, se obliga a enterar el equivalente al cincuenta por ciento del total del capital social ascendente a cuarenta y cinco millones de pesos, mediante el aporte de cinco millones de pesos de contado y en dinero efectivo que han ingresado a la caja social, y el saldo de cuarenta millones de pesos, lo enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, mediante el aporte de cuatro millones de pesos mensuales, por el lapso de diez meses. B) Doña DINKA STEPHANIE MATTHEWS KARSULOVIC, se obliga a enterar el equivalente al cincuenta por ciento del total del capital social ascendente a cuarenta y cinco millones de pesos, mediante el aporte de cinco millones de pesos de contado y en dinero efectivo que han ingresado a la caja social, y el saldo de cuarenta millones de pesos, lo enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, mediante el aporte de cuatro millones de pesos mensuales, por el lapso de diez meses.-De esta manera se entera y paga completamente el capital social de la totalidad de los socios de esta sociedad ; Limitación: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes; Utilidades y eventuales pérdidas: Las utilidades y pérdidas de la Sociedad se repartirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes, con la expresa limitación de responsabilidad estipulada en la cláusula Sexta; Duración: diez años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigenteFallecimiento: La Sociedad no se disolverá como consecuencia del fallecimiento de alguno de los socios, continuando con los socios sobrevivientes y los sucesores del socio fallecido. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de La Serena, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. La Serena, 25 de octubre de 2018.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES MAKA LIMITADA

    CVE 1499980

  2. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES MAKA LIMITADA

    CVE 1487451

Relaciones societarias

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