Sociedad por Acciones

Inversiones Lilium SpA

CONSTITUCIÓN — 10 feb 2021

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2021-02-10Ver PDF (CVE 1893555)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto la formación y participación en sociedades, comunidades, asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza y giro; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, construcción y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces en el país o en el extranjero; la inversión en efectos de comercio, títulos y valores mobiliarios en el país o en el extranjero; y cualquier actividad de inversión relacionada con las anteriores tanto en el país como en el extranjero. Para el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá constituir, formar parte, ingresar, participar o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

1000

Socios (1)

NombreParticipación

Francisca Ignacia Pizarro Meza

Accionista

100%

Representación legal (1)

Texto oficial del extracto

JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4.886, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 26 de enero de 2021, ante mí, Francisca Ignacia Pizarro Meza, domiciliado para estos efectos en Isidora Goyenechea N°2800, piso 29, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y de paso en ésta, constituye una sociedad por acciones, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “INVERSIONES LILIUM SpA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, oficinas o sucursales en el resto del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la formación y participación en sociedades, comunidades, asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza y giro; la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, construcción y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces en el país o en el extranjero; la inversión en efectos de comercio, títulos y valores mobiliarios en el país o en el extranjero; y cualquier actividad de inversión relacionada con las anteriores tanto en el país como en el extranjero. Para el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá constituir, formar parte, ingresar, participar o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, las cuales se suscriben, enteran y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Artículo Primero Transitorio. Suscripción y Pago del Capital: El capital de la Sociedad, ascendente a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas sin valor nominal, cada una de igual valor, a las que se hace referencia en el Artículo Quinto de los Estatutos, las cuales son suscritas, enteradas y pagadas en su totalidad en este acto, por la accionista Francisca Ignacia Pizarro Meza, al contado y en dinero efectivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de enero de 2021.

ConstituciónDiario Oficial · 2017-06-02Ver PDF (CVE 1223160)

Información societaria

SpA
Concepción, Biobío
Duración: Indefinida
Administración: Administración y representación exclusiva por una persona natural, con uso de la razón social.

Objeto social

La adquisición, enajenación, división, urbanización, transformación, construcción, arrendamiento y explotación, en cualquier forma y por cuenta propia o ajena, de bienes raíces. La realización de inversiones físicas o financieras en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como, por ejemplo: predios, vehículos, maquinarias, acciones, bonos, debentures, títulos de crédito y valores mobiliarios en general. La administración, disposición y explotación, en cualquier forma, de inversiones propias o de terceros. La obtención de toda clase de beneficios, frutos y rentas a través de: a) La promoción, gestión y realización de negocios y empresas agrarias, industriales, mineras, comerciales, inmobiliarias, de construcción, de servicios, de exportaciones e importaciones y, en general, de cualquiera otra naturaleza; b) La administración, representación y gerenciamiento de personas naturales o jurídicas, comunidades o asociaciones, nacionales o extranjeras, así como la ejecución de mandatos, intermediaciones y comisiones de cualquier naturaleza, y la administración y disposición de toda clase de cosas y bienes ajenos; c) La ejecución de operaciones de crédito de dinero que no estén reservadas por ley a Bancos o sociedades financieras, pudiendo, en consecuencia, comprar, vender, ceder y descontar todo tipo de documentos y títulos de crédito; d) La inversión en la creación de empresas de cualquier naturaleza, objeto y forma jurídica, tales como, por ejemplo: empresas inmobiliarias, constructoras, certificadoras, agrícolas, ganaderas, forestales, industriales, de transporte, comercializadoras, mineras, de servicios, extractivas u otras, así como la participación en la administración de tales empresas; e) La adquisición y enajenación a cualquier título de acciones, derechos y cuotas de interés de empresas ya existentes, cualquiera sea su naturaleza, objeto y forma jurídica, coligadas o no, en los diferentes rubros de la actividad económica y mercantil, tales como las señaladas a vía ejemplar en la letra precedente; f) La creación, formación, administración e integración como asociada o en otra forma, directa o conjuntamente o por intermedio de terceros o sociedades filiales, de empresas que se relacionen en forma directa o indirecta con las anteriores, de manera de reunir y administrar recursos humanos, financieros y materiales, así como la adquisición y enajenación a cualquier título de acciones, derechos y cuotas de interés en las mismas. En el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá en general realizar directa o indirectamente las actividades correspondientes, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios o conducentes al cumplimiento de los objetivos sociales, al desarrollo de la sociedad o a la inversión de los fondos disponibles. Así, en todo caso, podrá realizar por cuenta propia o ajena cualquier trabajo negociación, proyecto, prestación de servicio o asesoría necesaria o conveniente al respecto, sea que se realice directamente o a través de sociedades y/o asociaciones que para dicho efecto se creen o de que forme parte.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

1000

Socios (1)

NombreParticipación

XIMENA ALEJANDRA MARTÍNEZ CIFUENTES

Accionista

13.xxx.xxx-7

100%

Administradores (1)

XIMENA ALEJANDRA MARTÍNEZ CIFUENTES

13.xxx.xxx-7Administrador

Texto oficial del extracto

MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Abogado, NOTARIO PUBLICO TITULAR de la Sexta Notaría de Concepción, con Oficio en calle Colo-Colo Nº304, Concepción, Certifica: Por escritura pública de fecha 19/05/2017, Repertorio N°2.172/2017, ante mí, doña XIMENA ALEJANDRA MARTÍNEZ CIFUENTES, chilena, casada y separada de bienes, nutricionista, C.I. N°13.306.408-7, domiciliada en Calle Ramón Carrasco N°239, casa 26, Concepción, constituyó sociedad por acciones, que se regirá por siguiente estatuto extractado: NOMBRE: “INVERSIONES LILIUM SpA”.- OBJETO: UNO.- La adquisición, enajenación, división, urbanización, transformación, construcción, arrendamiento y explotación, en cualquier forma y por cuenta propia o ajena, de bienes raíces. DOS.- La realización de inversiones físicas o financieras en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como, por ejemplo: predios, vehículos, maquinarias, acciones, bonos, debentures, títulos de crédito y valores mobiliarios en general. TRES.- La administración, disposición y explotación, en cualquier forma, de inversiones propias o de terceros. CUATRO.- La obtención de toda clase de beneficios, frutos y rentas a través de: a) La promoción, gestión y realización de negocios y empresas agrarias, industriales, mineras, comerciales, inmobiliarias, de construcción, de servicios, de exportaciones e importaciones y, en general, de cualquiera otra naturaleza; b) La administración, representación y gerenciamiento de personas naturales o jurídicas, comunidades o asociaciones, nacionales o extranjeras, así como la ejecución de mandatos, intermediaciones y comisiones de cualquier naturaleza, y la administración y disposición de toda clase de cosas y bienes ajenos; c) La ejecución de operaciones de crédito de dinero que no estén reservadas por ley a Bancos o sociedades financieras, pudiendo, en consecuencia, comprar, vender, ceder y descontar todo tipo de documentos y títulos de crédito; d) La inversión en la creación de empresas de cualquier naturaleza, objeto y forma jurídica, tales como, por ejemplo: empresas inmobiliarias, constructoras, certificadoras, agrícolas, ganaderas, forestales, industriales, de transporte, comercializadoras, mineras, de servicios, extractivas u otras, así como la participación en la administración de tales empresas; e) La adquisición y enajenación a cualquier título de acciones, derechos y cuotas de interés de empresas ya existentes, cualquiera sea su naturaleza, objeto y forma jurídica, coligadas o no, en los diferentes rubros de la actividad económica y mercantil, tales como las señaladas a vía ejemplar en la letra precedente; f) La creación, formación, administración e integración como asociada o en otra forma, directa o conjuntamente o por intermedio de terceros o sociedades filiales, de empresas que se relacionen en forma directa o indirecta con las anteriores, de manera de reunir y administrar recursos humanos, financieros y materiales, así como la adquisición y enajenación a cualquier título de acciones, derechos y cuotas de interés en las mismas.- En el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá en general realizar directa o indirectamente las actividades correspondientes, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios o conducentes al cumplimiento de los objetivos sociales, al desarrollo de la sociedad o a la inversión de los fondos disponibles. Así, en todo caso, podrá realizar por cuenta propia o ajena cualquier trabajo negociación, proyecto, prestación de servicio o asesoría necesaria o conveniente al respecto, sea que se realice directamente o a través de sociedades y/o asociaciones que para dicho efecto se creen o de que forme parte.- ADMINISTRACIÓN: Administración y representación de la sociedad, y uso de la razón social, corresponderá en forma exclusiva a doña XIMENA ALEJANDRA MARTÍNEZ CIFUENTES. Facultades en escritura extractada.- CAPITAL: $1.000.000.- dividido en mil acciones, nominativas, sin valor nominal y de igual valor, todas de una misma y única serie, sin privilegio alguno; íntegramente suscrito y pagado por constituyente.- DOMICILIO: Comuna de Concepción, sin perjuicio de poder abrir sucursales o agencias en cualquiera parte del territorio nacional o del extranjero.- DURACIÓN: Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 29 de Mayo de 2017.-apa.

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Relaciones societarias

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