Société à responsabilité limitée

Inversiones Las Totoras Limitada

CONSTITUCIÓN — 23 sept. 2025

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2025-09-23Voir le PDF (CVE 2702640)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 25 años, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años
Administration: La administración y representación de la Sociedad corresponderá a doña María Cecilia Achurra Hernández y a don Hernán Reyes Achurra, quienes actuando de forma separa e indistinta, representarán a la Sociedad.

Objet social

La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena; la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, amoblados o no, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena; y la ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas.

Capital

Capital total

$353.929.074

Capital libéré

$353.929.074

Capital restant dû

$0

Associés (5)

NomParticipation

María Cecilia Achurra Hernández

Socio

99%

Hernán Reyes Achurra

Socio

0.25%

María Ignacia Reyes Achurra

Socio

0.25%

María Cecilia Reyes Achurra

Socio

0.25%

María Pía Reyes Achurra

Socio

0.25%

Administrateurs (2)

Représentants auprès du SII (2)

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifica que: por escritura pública con fecha 7 de agosto del año 2025, bajo el número de repertorio 15575-2025, otorgada ante mí, doña María Cecilia Achurra Hernández, don Hernán Reyes Achurra, doña María Ignacia Reyes Achurra, doña María Cecilia Reyes Achurra, y, doña María Pía Reyes Achurra, todos domiciliados para estos efectos en calle Las Totoras número 8.942, comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: "INVERSIONES LAS TOTORAS LIMITADA" pudiendo utilizar la expresión abreviada de “LAS TOTORAS LTDA.”. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: Uno) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, con la finalidad exclusiva de obtener las rentas que esas inversiones produzcan, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena; Dos) La compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, amoblados o no, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena; y, Tres) La ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. Administración y Uso de la Razón Social: El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a doña María Cecilia Achurra Hernández y a don Hernán Reyes Achurra, quienes actuando de forma separa e indistinta, representarán a la Sociedad, con facultades indicadas en escritura extractada. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $353.929.074, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: Uno) Doña María Cecilia Achurra Hernández aporta la suma de $350.389.786, equivalentes al 99% del capital y derechos sociales, que paga en este acto de acuerdo al siguiente detalle: (i) Mediante la cesión y aporte de la nuda propiedad de las 258.458.818 acciones que posee en Sociedad Agrícola Requingua SpA, Rol Único Tributario número 80.890.600-7, avaluadas en la suma de $261.523.786; (ii) Mediante la cesión y aporte en propiedad del 1/3 de los derechos sociales que posee en la sociedad Agrícola Tres A Limitada, Rol Único Tributario número 76.591.850-2, avaluados en la suma de $72.866.000; y, (iii) Mediante la cesión y aporte en propiedad de las 32 acciones que posee en Sociedad de Inversiones El Cerro SpA, Rol Único Tributario número 77.119.611-K, avaluadas en la suma de $16.000.000. Dos) Don Hernán Reyes Achurra aporta la suma de $884.822, equivalente al 0,25% del capital y derechos sociales, que paga en este acto, al contado, en dinero en efectivo. Tres) Doña María Ignacia Reyes Achurra aporta la suma de $884.822, equivalente al 0,25% del capital y derechos sociales, que paga en este acto, al contado, en dinero en efectivo. Cuatro) Doña María Cecilia Reyes Achurra aporta la suma de $884.822, equivalente al 0,25% del capital y derechos sociales, que paga en este acto, al contado, en dinero en efectivo. Cinco) Doña María Pía Reyes Achurra aporta la suma de $884.822, equivalente al 0,25% del capital y derechos sociales, que paga en este acto, al contado, en dinero en efectivo. Duración: El plazo de duración de la Sociedad será de 25 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se entenderá prorrogado tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término anticipado a la expiración del plazo original o de alguna cualquiera de sus prórrogas, según formalidades que constan en escritura extractada. Sin perjuicio de lo anterior, en cualquier momento y por acuerdo unánime de los socios, se podrá poner término anticipado a la Sociedad. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio que los socios acuerden establecer oficinas, agencias o sucursales en otras comunas o ciudades del país o del extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 11 de septiembre de 2025.

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