Sociedad por Acciones

Inversiones Ikigai Atl SpA

CONSTITUCIÓN — 14 nov 2022

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2022-11-14Ver PDF (CVE 2216725)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: indefinido
Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de dos administradores, quienes podrán actuar y ejercer las facultades propias de la administración de manera conjunta e individualmente, de forma indistinta, pudiendo designar Gerente general y asumir dicho cargo.

Objeto social

El objeto de esta Sociedad, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros a las siguientes actividades, será: a) la producción, almacenamiento, distribución, comercialización, compra, venta directa o intermediada, permuta, consignación, acopio, importación, exportación y leasing de toda clase de bienes y servicios, por mayor o al detalle, aplicables a cualquier tipo de industria, en Chile o en el extranjero, y demás actividades complementarias, sin limitación; b) el desarrollo, explotación, comercialización y administración de toda clase de inversiones o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; c) ejercer todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de sociedades y particulares, nacionales o extranjeros; d) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, la explotación en cualquier forma, la administración y disposición de tales inversiones y la percepción de sus frutos y productos; e) la constitución y participación en sociedades anónimas, sociedad por acciones, sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza y en asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza; f) la realización de toda actividad conexa o conducente a los objetivos señalados u otros negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Acciones

1000

Socios (2)

NombreParticipación

Patricio Alejandro Pinto Salinas

Accionista

90%

Mariana García Obregón

Accionista

10%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia, certifico por escritura de hoy, ante mí, don PATRICIO ALEJANDRO PINTO SALINAS y doña MARIANA GARCÍA OBREGÓN, ambos domiciliados para estos efectos en Emilio Vaisse número quinientos cincuenta y ocho, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, se constituyó una sociedad por acciones en los términos siguientes. Nombre: “INVERSIONES IKIGAI ATL SpA”, pudiendo actuar sin limitación alguna ante todo tipo de personas naturales y jurídicas, sean públicas o privadas, cualquiera sea su naturaleza o denominación, incluso ante bancos e instituciones financieras y organismos fiscales y municipales, la que se sujetará a las disposiciones que versan sobre la materia en el Párrafo octavo del Título VII, del Libro II del Código de Comercio, en todo lo que no se hubiere estipulado en estos estatutos. Objeto: El objeto de esta Sociedad, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros a las siguientes actividades, será: a) la producción, almacenamiento, distribución, comercialización, compra, venta directa o intermediada, permuta, consignación, acopio, importación, exportación y leasing de toda clase de bienes y servicios, por mayor o al detalle, aplicables a cualquier tipo de industria, en Chile o en el extranjero, y demás actividades complementarias, sin limitación; b) el desarrollo, explotación, comercialización y administración de toda clase de inversiones o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; c) ejercer todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de sociedades y particulares, nacionales o extranjeros; d) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, la explotación en cualquier forma, la administración y disposición de tales inversiones y la percepción de sus frutos y productos; e) la constitución y participación en sociedades anónimas, sociedad por acciones, sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza y en asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza; f) la realización de toda actividad conexa o conducente a los objetivos señalados u otros negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de UN MILLÓN DE PESOS y se divide y representa en MIL acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas de la siguiente manera: a) Patricio Alejandro Pinto Salinas, por novecientas acciones, quien paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, la suma total de novecientos mil pesos chilenos, que ingresa a las arcas sociales; y, b) Mariana García Obregón, por cien acciones, quien paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, la suma total de cien mil pesos chilenos, que ingresa a las arcas sociales. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. Duración: El plazo de duración de la sociedad será indefinido. Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de dos administradores, quienes podrán actuar y ejercer las facultades propias de la administración de manera conjunta e individualmente, de forma indistinta, pudiendo designar Gerente general y asumir dicho cargo. Hasta que no se decida su modificación por una Junta de Accionistas, de cuya acta se deberá dejar constancia por escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, la administración de la sociedad estará a cargo de dos administradores, los que se designan en el artículo tercero transitorio de estos estatutos. Los administradores estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o los Estatutos no establezcan como privativas de una Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder especial alguno. Lo anterior es sin perjuicio de la representación legal que compete al Gerente General o de las facultades que la propia administración le otorgue, de conformidad con la ley o estos estatutos. Sin perjuicio de la designación que los administradores hagan de un Gerente General, los administradores podrán delegar parte de sus facultades en otros Gerentes, Sub Gerentes o abogados de la Sociedad y aún para objetos especialmente determinados, en otras personas. Demás menciones constan en escritura extractada. Santiago, 04 de noviembre de 2022.

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